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Lo intercultural en la historia

  • PAULO FREIRE

    PAULO FREIRE
    La sensibilidad intercultural de Paulo Freire es un campo que se abre a la investigación y al debate de la comunidad académica. En este sentido, la galaxia cultural de lo humano lo inundó de sentido y de significación: su curiosidad, su pensamiento crítico, el diálogo de saberes y la preocupación por el otro, fueron un constante desafío en su obra y en su vida.
  • PROPUESTAS PLANTEADAS MANUEL ZAPATA OLIVELLA

    PROPUESTAS PLANTEADAS MANUEL ZAPATA OLIVELLA
    Quien, en el contexto del Primer Congreso de las Culturas Negras de América celebrado en Cali, propuso: que oficialmente se incorpore la enseñanza de la Historia de África en la escuela primaria y secundaria, a la par de que se exija por parte de los profesores un mayor análisis del significado de la presencia negra en nuestra comunidad.
  • PRINCIPIO DE LOS 80

    PRINCIPIO DE LOS 80
    La interculturalidad, más que una realidad tangible, es un horizonte normativo, un ‘deber ser’ que en América Latina fue forjado en buena medida por los movimientos indígenas y afrodescendientes, y sus demandas por una educación que se ajustara a sus necesidades, preservara sus valores culturales y reconociera sus identidades y diferencias como parte de la nación.
  • DÉCADAS DE 1990 Y 2000, COLOMBIA Y OTROS PAÍSES

    DÉCADAS DE 1990 Y 2000, COLOMBIA Y OTROS PAÍSES
    Se dio el reconocimiento de carácter multiétnico, plurilingüe y multicultural todo esto tuvo consecuencias en las reformas educativas que contemplaron de alguna manera la dimensión intercultural
  • PRINCIPIOS FUNDAMENTALES CONSTITUCIÓN POLÍTICA

    PRINCIPIOS FUNDAMENTALES CONSTITUCIÓN POLÍTICA
    ARTICULO 7. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.
    ARTICULO 8. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.
    ARTICULO 10. El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe
  • LOS GRUPOS ÉTNICOS

    LOS GRUPOS ÉTNICOS
    Además del reconocimiento cultural y la identidad de grupo, reclaman derechos político-administrativos (Picó, 1999; Othón, 1992). No obstante la invisibilidad a que
    fueron condenados los afrocolombianos, su resistencia a la esclavitud y a la aniquilación siempre se mantuvo. Colombia mediante la Ley 21 del 4 /05/ 1991 (Convenio 169 OIT: 1992), las comunidades negras lo fueron en 1.993 mediante la Ley 70, reglamentaria del artículo
    Transitorio 55° de la Constitución Política Nacional.
  • LA LAEY 70 DE 1993,FUÉ EÑ SENTIDO DE PERTENENCIA A UNA "COMUNIDAD NEGRA

    LA LAEY 70 DE 1993,FUÉ EÑ SENTIDO DE PERTENENCIA A UNA "COMUNIDAD NEGRA
    (Esta circunstancia, aunada al reciente proceso en ese momento de revitalización cultural, es probable que haya conducido
    a una sub enumeración de este grupo étnico)
    Transitorio “sobre comunidades negras” Ley 70 de 1993 Desarrolla el Art. Trans 55 de la Constitución Política. Reconocimiento de las tierras de comunidades negras, mecanismos de proyección
    de la identidad cultural.
  • EDUCACIÓN DE LOS GRUPOS ÉTNICOS

    EDUCACIÓN DE LOS GRUPOS ÉTNICOS
    Ley 115 de 1994 Ley General de Educación Art. 57 y Decreto 804 de 1995 sobre educación de los grupos étnicos,
    Ministerio de Educación Nacional, propició el diseño y ejecución de programas denominados de Etnoeducación, a partir de las características y necesidades de las poblaciones indígenas.
  • DE ACUERDO AL DECRETO 804 DE 1995

    DE ACUERDO AL DECRETO 804 DE 1995
    En el capítulo 1, articulo 2 se considera como principio de la etnoeducación afrocolombiana en la política pública la interculturalidad, entendida esta como "la capacidad para conocer la cultura propia y desde ella otras culturas, que al interactuar se enriquecen de manera dinámica y recíproca.
  • LEY 324 DE 1996

    LEY 324 DE 1996
    se crean algunas normas a favor de la población sorda
    ya que a estas se les consideraba personas incapaces, inhabilitados para valerse por sí mismos
    Se reemplaza por las expresiones “persona con discapacidad auditiva”
    se implementa Lenguaje de Señas
  • PROTEGER LENGUAS, TRADICIONES, USOS Y COSTUMBRES Y SABERES DE LOS GRUPOS ÉTNICOS

    PROTEGER LENGUAS, TRADICIONES, USOS Y COSTUMBRES Y SABERES DE LOS GRUPOS ÉTNICOS
    Ley 397 de 1997 “derecho de los grupos étnicos a conservar, enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural” “proteger lenguas, tradiciones, usos y costumbres y saberes de los grupos étnicos Por la cual se establecen mecanismos de integración de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones y se reconoce a las personas sus derechos fundamentales.
  • EL DECRETO 1122 DE JUNIO 18 DE 1998

    EL DECRETO 1122 DE JUNIO 18 DE 1998
    Por el cual se expiden normas para el desarrollo de la Cátedra de Estudios Afrocolombianos, en todos los establecimientos de educación formal del país
  • RECONOCIMIENTO DEL PÚEBLO ROM

    RECONOCIMIENTO DEL PÚEBLO ROM
    Resolución 022 del 2 de septiembre de 1999 (Ministerio del Interior y de Justicia) Reconoce el pueblo ROM (gitano) como grupo étnico colombiano.
    El pueblo Gitano o Rom su origen se remonta a más de 1000 años, proviene del norte de la India y conserva un alto bagaje cultural que lo diferencia de otros pueblos y de la sociedad mayoritaria.
    Su idioma: la lengua Romanés.
  • DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LA UNESCO SOBRE LA DIVERSIDAD CULTURAL

    DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LA UNESCO SOBRE LA DIVERSIDAD CULTURAL
    La Declaración, reafirma los derechos humanos y libertades fundamentales de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y afirmando que el respeto de la diversidad de las culturas, la tolerancia, el diálogo y la cooperación, en un clima de confianza y de entendimiento mutuos, son uno de los mejores garantes de la paz y la seguridad internacionales.
  • 2003 LEY GENERAL DE DERECHOS LINGÜÍSTICOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS (LGDLPI)

    2003 LEY GENERAL DE DERECHOS LINGÜÍSTICOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS (LGDLPI)
    Se expide en México la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas (LGDLPI)
  • DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE LA ONU

    DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE LA ONU
    La Declaración enfatiza el derecho de los pueblos indígenas de preservar y fortalecer sus propias instituciones, culturas y tradiciones y de trabajar por su desarrollo de acuerdo a sus aspiraciones y necesidades
  • LEY DE DERECHOS LIGÜISTISCO DE COLOMBIA

    LEY DE DERECHOS LIGÜISTISCO DE COLOMBIA
    Observación General N° 21 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, relativa al derecho de toda persona a participar en la vida cultural.
  • DÍA INTERNACIONAL DE LA DIVERSIDAD CULTURAL PARA EL DIÁLOGO Y EL DESARROLLO

    DÍA INTERNACIONAL DE LA DIVERSIDAD CULTURAL PARA EL DIÁLOGO Y EL DESARROLLO
    Declaración nacional del 21 de mayo como Día Internacional de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo, por parte del Ministerio de cultura.
  • DIVERSIDAD EN ESCUELAS

    DIVERSIDAD EN ESCUELAS
    LGBTI y organizaciones defensoras de derechos humanos iniciaron una batalla jurídica y social para acabar la discriminación de los niños, niñas y adolescentes con orientación sexual e identidad de género diversa en las instituciones educativas, dando como resultado La Sentencia T- 478 de 2015 que busca promover la diversidad en las escuelas y hacer cambios en el manual de convivencia que no son coherentes con el ordenamiento jurídico colombiano