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1700 BCE
Venganza Privada
El poder público era prácticamente inexistente, por lo que también carecía del poder coactivo necesario para llevar a cabo el cumplimiento de sus más elementales fines sociales; la función penal revistió el carácter de venganza. Se trataba de una venganza (ya sea individual, de ofendido a ofensor; ya colectiva, de un grupo familiar contra otro) que no tenía las características de un modo de reacción, donde la sociedad permanecía no sólo alejada, sino indiferente. -
Defensa del Poder Absoluto
En este período, el motivo para prohibir o para castigar no fue ni la ofensa al individuo, ni la ofensa a la divinidad; fue la ofensa a la majestad soberana, y la voluntad soberana, que imponía el castigo, al tornarse autócrata, encontró su razón en sí misma, mediante un círculo vicioso. Las penas no tuvieron otra medida que el capricho o el temor de los gobernantes, o la necesidad de consolidar con sangre un cetro empleado como azote de la nación. -
Periodo Humanitario
Nació como reacción a la excesiva crueldad imperante en la aplicación de penas. Dentro de esta corriente, se pugna por la exclusión de suplicios y crueldades innecesarios, se propone la certeza contra las atrocidades de las penas, se preconiza la peligrosidad del delincuente como punto de mira para la determinación de las sanciones aplicables y se urge por una legalidad de los delitos y de las penas. -
Venganza Divina
Al lado del período conocido como venganza privada, se gestó dentro de organizaciones sociales más cultas, el principio teocrático y éste vino a convertirse en fundamento del derecho penal, pues no se castigaba al culpable para satisfacer al ofendido, sino para que aquél expiase la ofensa causada a Dios con su delito. En general, esta época fue manejada por la clase sacerdotal. -
Venganza Publica
Se empieza a hacer distinción entre delitos privados y públicos, según el hecho lesione de manera directa los intereses de los particulares o el orden público. Es entonces cuando aparece la etapa llamada "venganza pública" o "concepción política"; los tribunales juzgan en nombre de la colectividad. Este fue una inmensa época, de propósitos retributivos y a lo sumo intimidantes, con fines de prevención general, en que se aspiraba a utilizar al delincuente en provecho del Estado (minas, galeras). -
Etapa Científica
El delincuente es el objeto de la máxima preocupación científica de la justicia. El delito es la manifestación de la personalidad del delincuente, hay que readaptar a éste a la sociedad corrigiendo sus inclinaciones viciosas. La pena como sufrimiento carece de sentido, importa su eficacia. Las ciencias criminológicas vinieron a iluminar el problema hasta su fondo y a caracterizar el período de personalidad compleja del sujeto.