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Epoca Moderna

  • Doctrina liberal-individualista

    Doctrina liberal-individualista
    Los principios que regían esta doctrina era la concepción filosófica de la sociedad y del hombre.
  • Escuela Fisiocrática y Liberal

    Escuela Fisiocrática y Liberal
    Adam Smith precursor de esta escuela, sostenía que no había necesidad de que estuviera presente ningún género de voluntad colectiva para organizar el mundo económico y también que el estado marcha por su propio impulso, por lo que lo llamó: “la espontaneidad de las instituciones”.
  • Otros exponentes

    Otros exponentes
    Baptiste Say, Roberto Malthus y David Ricardo
  • Núevo Régimen Francés

    Núevo Régimen Francés
    Se sustento en 3 documentos: La Ley Chapellier, el Código Penal y el Código Civil, ordenamientos que llegaron a tener una importante influencia en la legislación de América.
  • Ley Chapellier

    Ley Chapellier
    Instrumento eficaz para contener las exigencias de los trabajadores en pro de mejores condiciones de trabajo, lucha que pretendían dar de manera organizada.
  • El Código Penal

    El Código Penal
    Medio idóneo para reprimir toda manifestación de descontento en los trabajadores, consideradas atentatorias a la libertad y a la propiedad privada.
  • El Código Civil

    El Código Civil
    Regulaba la contratación de los trabajadores, bajo las normas del contrato de arrendamiento, imponiéndoles condiciones laborales inhumanas (jornadas excesivas, salarios mínimos y crueles castigos) sin hacer distinción de la supuesta igualdad del individuo.
  • Apatzingan

    Apatzingan
    Junto con las declaraciones francesas de 1789 y la mexicana en 1814, se elevo la doctrina liberal a la categoría de derechos universales del individuo.
  • Doctrina liberal

    Doctrina liberal
    Esta corriente pugnaba para que se dejara al hombre al campo totalmente libre, sin trabas, sin sujeciones en el desempeño de sus actividades.
  • Estado-policía

    Estado-policía
    El hombre era un ser por naturaleza libre a decir por sus pensadores y por ende quedando a cargo del Estado como facultad exclusiva, garantizar el ejercicio de aquella libertad.