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La importancia e impacto jurídico de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en México.

  • La Unión Internacional de Republicas Americanas

    La Unión Internacional de Republicas Americanas
    La Organización de los Estados Americanos (OEA) es el organismo regional más antiguo. Creado en la Primera Conferencia Internacional Americana celebrada en ‘’Washington, DC el 2 de Octubre de 1889 al 19 de abril de 1890’’ se constituyó en ese entonces como la Unión Internacional de Republicas Americanas
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    Primera Conferencia Internacional Americana celebrada en ‘’Washington.

    La Unión Internacional de Republicas Americanas se estableció con el propósito de entablar comunicaciones entre los 18 países participantes para la creación de un sistema que pudiera resolver cualquier desacuerdo o cuestión que llegara a suscitarse entre ellos, promoviendo la primicia de evitar la guerra, así como, crear, modificar y pulir tratos comerciales, establecer medios de comunicación directa, entre otros acuerdos.
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    De manera organizada y paulatina se fueron creando instituciones dedicadas a áreas específicas para la consolidación de la OEA.

    Que fueron:
    Panamericana de la Salud (1902) (que luego se transformó en la oficina regional de la futura Organización Mundial de la Salud), el Comité Jurídico Interamericano (1906), el Instituto Interamericano del Niño (1927), la Comisión Interamericana de Mujeres (1928), el Instituto Panamericano de Geografía e Historia (1928), el Instituto Indigenista Interamericano (1940), el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (1942) y la Junta Interamericana de Defensa (1942).
  • Corte Centroamericana de Justicia.

    Corte Centroamericana de Justicia.
    En 1903 se propuso establecer una Corte Interamericana de Justicia. Si bien ésta nunca se materializó, sirvió de precedente para
    la Corte Centroamericana de Justicia, que funcionó desde 1907 hasta 1918.
  • CARTA DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA)

    CARTA DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA)
    Durante la IX edición de la Conferencia Internacional Americana acontecida en 1948 en la ciudad de Bogotá, Colombia en la que se reunieron 21 países (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos de América, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela), se crea la OEA, asentando el sistema interamericano que conocemos hoy en día.
  • Creación De La Convención Americana Sobre Derechos Humanos.

    Creación De La Convención Americana Sobre Derechos Humanos.
    El 22 de noviembre de 1969 en la ciudad de San José Costa Rica se consolida el tratado de La Convención Americana sobre Derechos Humanos que da origen a la Corte más
    importante del continente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Este tratado es uno de los pilares fundamentales del sistema interamericano, conformado por instrumentos internacionales para garantizar la protección y cumplimiento de la Convención.
  • Corte Interamericana de Derechos Humanos.

    Corte Interamericana de Derechos Humanos.
    La Corte Interamericana de Derechos Humanos, ubicada en San José Costa Rica, mismo lugar donde fue concebida la Convención Americana (Pacto de San Jose). Es una institución judicial autónoma cuyo objetivo es aplicar e interpretar la Convención Americana. Sus acciones como corte son: la resolución de casos contenciosos, el mecanismo de supervisión de sentencias; ser órgano consultor con gran importancia moral y jurídicamente entre los Estados; y la función de dictar medidas provisionales.
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    Acontecimientos de importancia en materia de Derechos Humanos en México.

    Si bien, la CIDH es una dependencia de carácter relevante jurídico hoy en día entre los Estados de la OEA que acobijan su competencia contenciosa, en sus inicios, durante muchos años no se le dio este reconocimiento. Tal es el caso de nuestro País México que al principio solo la exploraba como parte consultora en materia de derechos humanos y la corte no formaba parte de la jurisdicción de las leyes mexicanas.
  • Comisión Nacional de Derechos Humanos.

    Comisión Nacional de Derechos Humanos.
    La Comisión Nacional de los Derechos Humanos creada el 6 de junio de 1990, es un organismo público autónomo del Estado mexicano, es decir, no depende de ninguna otra autoridad. Su propósito es la defensa, estudio y divulgación de
    los derechos humanos reconocidos en la Constitución
    Mexicana, los tratados internacionales y las leyes.
  • Reconocimiento de la CIDH en la legislación mexicana.

    Reconocimiento de la CIDH en la legislación mexicana.
    Se reconoció la importancia jurídica de la CIFH a raíz de una serie de casos con motivos de violaciones a los derechos humanos que se contemplan en la Convención Americana de la que México forma parte. Al final México en las riendas del presidente Ernesto Zedillo Ponce de León, se vio obligado implícitamente a reconocer formalmente la competencia obligatoria de la corte el 8 de diciembre de 1998 en una declaración publicada en el DOF,
  • Jorge Castañeda vs México.

    Jorge Castañeda vs México.
    La primera sentencia condenatoria al Estado mexicano recae en el caso de Jorge Castañeda Gutman, quien acudió en defensa de sus derechos político-electorales.
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    SENTENCIAS CONDENATORIAS EMITIDAS POR LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS AL ESTADO MEXICANO.

    La importancia de la CIDH y como ha impactado en materia de derechos humanos en nuestro Estado Mexicano, no está demás mencionar que como país tuvimos una gran reforma en la materia, siendo causa de motivación La Corte Interamericana de Derechos Humanos el 10 de junio del 2011, que ha llevado a un camino más favorable en contra de la impunidad.
  • Caso González y demás afectadas vs Estado Mexicano (Campo Algodonero).

    Caso González y demás afectadas vs Estado Mexicano (Campo Algodonero).
    Se trata del emblemático caso de Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez, más conocido como caso “Campo Algodonero” dando referencia al predio donde fueron hallados los restos humanos de las víctimas, en Ciudad Juárez, Chihuahua.
  • Caso Radilla Pacheco vs. Estados Unidos Mexicanos.

    Caso Radilla Pacheco vs. Estados Unidos Mexicanos.
    Denuncia presentada a causa de la detención, tortura y desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco, se les adjudica a agentes militares del Ejército mexicano, así como la falta de investigación de los hechos, falta de determinación de su paradero y de reparación a sus familiares, además de que el fuero militar tomó conocimiento de los procedimientos respectivos.
  • Gran reforma en materia de Derechos Humanos en México.

    Gran reforma en materia de Derechos Humanos en México.
    Ahora que ya tenemos claro la importancia de la CIDH y como ha impactado en materia de derechos humanos en nuestro Estado Mexicano, no está demás mencionar que como país tuvimos una gran reforma en la materia, siendo causa de motivación La Corte Interamericana de Derechos Humanos el 10 de junio del 2011, que ha llevado a un camino más favorable en contra de la impunidad.