Formación del estado méxicano

La Formación del Estado Mexicano

  • Period: 2016 BCE to 2016 BCE

    Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos 12/jul/1859

    Decreta que entran “al dominio de la nación todos los bienes que el clero secular y regular ha estado administrando con diversos títulos, sea cual fuere la clase de predios, derechos y acciones en que consistan, el nombre y aplicación que hayan tenido”, y declara que habrá “perfecta independencia” entre los negocios del Estado y los negocios puramente eclesiásticos.
    “El gobierno se limitará a proteger con su autoridad el culto público de la religión católica, así como el de cualquiera otra”.
  • Period: 2016 BCE to 2016 BCE

    Ley sobre Libertad de Cultos 4/12/1860

    En su artículo 1 la ley señalaba que “Las leyes protegen el ejercicio del culto católico y de los demás que se establezcan en el país, como la expresión y efecto de la libertad religiosa, que siendo un derecho natural del hombre, no tiene ni puede tener más límites que el derecho de terceros y las exigencias del orden público. En todo lo demás, la independencia entre el Estado por una parte, y las creencias y prácticas religiosas por otra, es y será perfecta e inviolable...”.
  • Period: 2016 BCE to 2016 BCE

    Decreto 3 02/02/1861

    Quedan secularizados los hospitales y establecimientos de beneficencia, que hasta la fecha habían administrado las autoridades y corporaciones eclesiásticas.
  • Period: 2016 BCE to 2016 BCE

    Decreto 4 26/02/1863

    Se extinguen en toda la República las comunidades de religiosas. Este decreto se expide durante la invasión y ocupación del territorio nacional por el ejército francés. Quedan extinguidas “en toda la República las comunidades de señoras religiosas” pero dicha extinción no comprende a las Hermanas de la Caridad, pues, “aparte de no hacer vida en común, están consagradas al servicio de la humanidad doliente”.
  • Period: 2016 BCE to 2016 BCE

    Constitución de 1843

    La Junta Nacional Legislativa aprobó las Bases Orgánicas de la República Mexicana
    *La Nación es independiente, libre y soberana
    *Gobierno interior en la forma de República representativa y popular
    *División política en departamentos
    *Poder público reside en la nación
    *Consolida la división de poderes
    *Profesión católica, apostólica y romana.
    *Continua la abolición de la esclavitud
    *Mexicanos: los nacidos dentro del territorio y los de padres mexicanos-extranjeros nacionalizados.
  • Period: 2016 BCE to 2016 BCE

    Constitución de 1857

    Refleja con claridad la filosofía política del liberalismo mexicano al reconocer los derechos y las libertades públicas de los ciudadanos. La Ley Fundamental limita el ejercicio de los poderes públicos y reconoce la preeminencia del poder del Estado como organización de los ciudadanos sobre cualquier otra corporación.
    Formó parte de la legislación conocida como las Leyes de Reforma, promulgadas por un grupo de liberales (Benito Juárez, Miguel Lerdo de Tejada y Melchor Ocampo)
  • Period: 2016 BCE to 2016 BCE

    Ley de Matrimonio Civil 23/jul/1859

    El artículo 1 de esta Ley declara que “El matrimonio es un contrato civil que se contrae lícita y válidamente ante la autoridad civil. Para su validez bastará que los contrayentes, previas las formalidades que establece esta ley, se presenten ante aquélla y expresen libremente la voluntad que tienen de unirse en matrimonio.”
  • Period: 2016 BCE to 2016 BCE

    Ley Orgánica del Registro Civil o Ley sobre el Estado Civil de las Personas 28/jul/1859

    De acuerdo con el artículo 1 de esta Ley “Se establecen en toda la República funcionarios que se llamarán Jueces del estado civil y que tendrán a su cargo la averiguación y modo de hacer constar el estado civil de todos los mexicanos y extranjeros residentes en el territorio nacional por cuanto concierne a su nacimiento, adopción, arrogación, reconocimiento, matrimonio y fallecimiento”.
  • Period: 2016 BCE to 2016 BCE

    Decreto 1 31/jul/1859

    Cesa toda intervención del clero en los cementerios y camposantos, quedando los lugares respectivos bajo jurisdicción civil
  • Period: 2016 BCE to 2016 BCE

    Decreto 2 11/08/1859

    Declara que días deben tenerse como festivos y prohíbe la asistencia oficial a las funciones de la Iglesia. Declara que dejan de ser días festivos, para el efecto del cierre de tribunales, oficinas y comercios, todos los no comprendidos en los siguientes: los domingos, el día de año nuevo, el jueves y viernes de la Semana Mayor, el jueves de Corpus, el 16 de septiembre, el 1º y 2 de noviembre, y los días 12 y 24 de diciembre (Artículo 1)
  • Period: 2016 BCE to 2016 BCE

    Constitución de 1917 05/02/1917

    Datos generales de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos de 1917
    •Nombre: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    •Fecha de Aprobación: 31 de enero de 1917
    •Fecha de Promulgación: 5 de febrero de 1917
    •Lugar de Promulgación: Ciudad de Querétaro
    •Expidió: Congreso Constituyente
    •Publicación Oficial: Diario Oficial de la Federación
    •Número de artículos: 136
    •Número de modificaciones: 376
  • Period: 1836 BCE to 1836 BCE

    Las 7 leyes constitucionales 1836

    1-15 arts: declaración de derechos humanos
    2-23 arts: Supremo Poder Conservador
    3-58 preceptos: Poder Legislativo en un Congreso integrado por dos Cámaras: diputados y senadores
    4-34 arts: Poder Ejecutivo presidencial; 8 años y puede ser reelecto
    5-51 disposiciones: Poder Judicial con una Corte central y tribunales departamentales
    6-31 arts: departamentos en lugar de los estados a cargo de gobernadores propuestos por las juntas departamentales
    7-6 arts: Congreso, único para resolver dudas
  • Period: to 2016 BCE

    Constitución de 1824 4/oct/1824

    Se estructura siguiendo la sistemática de la Constitución de Cádiz y establece un Estado Federal conforme a los principios constitucionales norteamericanos; se reconoció la religión católica como de Estado y se mantuvieron los fueros militar y eclesiástico. Divide al gobierno de cada estado en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.