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DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
En la declaración se reconocía el derecho a la vida privada de las personas. En el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que: Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques -
LA CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNION EUROPEA
La protección de datos personales es el más nuevo de los derechos del que goza un ciudadano expresado en el artículo 8° de dicha carta.
"Toda persona tiene derecho a la protección de los datos de carácter personal que le conciernan." -
la primera iniciativa de ley en materia de protección datos personales
En nuestro país, el debate alrededor de este tema inició en 2001 cuando se presentó la primera iniciativa de ley en materia de protección datos personales. A lo largo de ese tiempo fueron presentadas 8 iniciativas, cuyas propuestas oscilaron entre el modelo garantista, que entorpece el libre flujo de datos (opt-in), y el modelo liberalizado, que no plantea puntos mínimos regulatorios para dar certeza al ciudadano. Ninguna de ellas prosperó -
LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL
Es publicada en el diario oficial de la federación dicha ley,con la finalidad de regular el derecho del acceso a la información bajo los limites que impone el derecho de acceso a la información. Se expide la ley federal de protección de datos personales en posesión de los particulares y se reforman los artículos 3, fracciones ii y vii, y 33, así como la denominación del capítulo ii, del título segundo, de la ley federal de transparencia y acceso a la información pública gubernamental -
XIII CUMBRE IBEROAMERICANA DE JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO
Por esta cumbre México estuvo en la red iberoamericana de protección de datos. -
Comité de Ministros del Consejo de Europa
el Comité de Ministros del Consejo de Europa resolvió declarar el 28 de enero como el «Día de la Protección de los Datos Personales», con motivo del aniversario de la firma de Convenio No. 108 del Consejo de Europa para la protección de los datos personales en los sistemas automatizados. -
Modificación de legislación Vigente
Se presenta ante el pleno de cámara de diputados el decreto para reformar al artículo 73. -
Se adiciona un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
En materia de protección de datos personales, las fracciones II y III del artículo 6 señalan que la información a que se refiere la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. -
SE PLANTEA UNA REFORMA AL ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL
Su principal objetivo fue que la protección de datos personales quedara establecida en México y así extenderlos a todos los nivelas para proteger los datos del sector privado, quedando aprobada el 4 de diciembre por el senado y el 11 de diciembre por lo diputados. -
El dictamen
El dictamen fue aprobado por 97 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación alguna, turnando la minuta a la Cámara de Diputados para los efectos correspondientes. -
Se reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
El Congreso podrá expedir todas las leyes que sean necesarias, a objeto de hacer efectivas las facultades enunciadas en éste artículo, y para emitir y armonizar el resto de sus potestades y las demás concedidas por la Constitución a los Poderes de la Unión. -
Aprobación del dictamen de la Ley
La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura aprobó un dictamen de la ley, mismo que por razones ajenas al ámbito parlamentario (la epidemia de influenza) no logró ser discutido por el Pleno. Al inicio de los trabajos de la LXI Legislatura, la Comisión de Gobernación reabrió el debate. -
El derecho a la protección de datos se incorporó a la Constitución
Se incorporó en el segundo párrafo del artículo 16, con el que se establece los derechos a la protección, acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de los datos personales, llamados derechos ARCO.
Vease el articulo en el siguiente link: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm -
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
Se publicó la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares,la cual tiene como objetivo proteger los datos personales en posesión de los particulares y regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa
de los individuos. -
EL EJECUTIVO FEDERAL DECRETA LA MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 6, APARTADO A, FRACCIÓN VIII
En ella se establece que la federación contara con un organismo autónomo que sera el encargado de cuidar de los datos personales. -
IFAI se convierte en INAI
El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) se transformó en el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), tras la publicación de la Ley General de Transparencia. -
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
Tiene por objeto establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales, en posesión de sujetos obligados.