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El Derecho de Acceso a la Información (Principios)
El DAI se deriva de las reformas al artículo 6º constitucional, relativas al derecho a la información, que se promulgaron en 1977 y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó, casi cuatro lustros después, a fin de que los mexicanos ejercieran su derecho de conocer la información producida y controlada por los actores públicos -
Rendición de Cuentas
No fue sino a partir de la transición a la democracia en el año 2000, que se han implementado diseños institucionales, políticas y nuevas prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la ciudadanía, es decir, que rinda cuentas. -
Declaración de Oaxaca
Se vivió en el país un impulso sobre la transparencia.El mismo se dio como resultado de dos sucesos fundamentales: un seminario convocado en la ciudad de Oaxaca, donde medios de comunicación y académicos abordaron la exigencia de contar con una ley de acceso a la información.La Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP) en el año 2002. -
Promulgación de Entidades Federativas en Materia de Transparencia.
Por el año 2003 se empezaron a sumar distintas Entidades Federativas a la Ley de Transparencia a nivel Federal, entre ellas Guanajuato, Campeche, Yucatan y Colima. -
Suma de Todos los Actores Políticos por la Ley de Transparencia.
El resto de los Estados se suman para la unificación de las fuerzas políticas en materia de Transparencia -
Reforma Constitucional en Materia de Transparencia
Las diferencias entre los marcos legales estatales y el federal tuvieron como resultado que posteriormente, el 22 de noviembre de 2007, dentro del Primer Congreso Nacional de Transparencia Local, los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaran la Declaración de Guadalajara, promovieran una reforma constitucional en materia de transparencia. -
Régimen de Rendición de Cuentas
Como resultado de estas reformas constitucionales se construyeron las bases para un nuevo régimen de rendición de cuentas; pero, en los estados de Nuevo León, Coahuila y Michoacán no se promulgaron este tipo de normas, sino hasta 2008. Desde entonces, las entidades que más han reformado sus leyes, a partir de su promulgación, son: el Distrito Federal, Morelia, el Estado de México, San Luis Potosí y Jalisco. -
Ley Federal de Protección de Datos Personales
Los estados comenzaron a normar el DAI en sus marcos legales y a hacer institutos de acceso a la información pública estatal. Posteriormente, y tras las regulaciones heterogéneas a nivel estatal, se modificó el artículo 6º constitucional para homologar las leyes sobre la transparencia, dar autonomía a los institutos de acceso a la información -
La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
En 2013 se hicieron reformas al artículo 6º constitucional, las cuales garantizaron, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre acceso a la información plural y oportuna, así́ como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión -
Publicación del Decreto de Ley
Posteriormente, el 7 de febrero de 2014, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación otra reforma al artículo 6º constitucional para renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances de dichos derechos en México -
Promulgación de Ley
Como parte de esta reforma, en mayo de 2015 se promulgó la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.