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Historia del Derecho Romano

  • Period: 753 BCE to 510 BCE

    MONARQUÍA

    Derecho Romano surge con la fundación de Roma el 21 de Abril del 753 A.C, según cuenta la leyenda de Rómulo y Remo, bajo el nombre Roma Cuadrata. Existieron siete reyes:
    Rómulo: Fundador Roma y Senado,
    Numa Pompilo: Introdujo religión,
    Tulio Hostilio y Anco Marcio: Reyes guerreros,
    Tarquino el Antiguo: aumentó senado a 300,
    Servio Tulio: Crea reforma hacendaria,
    Tarquino el soberbio: Con el termina la monarquia.
  • 578 BCE

    Servio Tulio

    Servio Tulio
    Crea la reforma hacendaria.
    Los plebeyos le pidieron voz y voto; y lo hace, a través de las clases sociales, pues creó una pirámide social. Donde por debajo de la pirámide, en las tres primeras partes se encuentran los plebeyos:
    1. 0 a 11 mil ases
    2. 11 a 25 mil ases
    3. 25 a 50 mil ases. En la cima finalmente los patricios:
    4. 75 -100 mil ases
    5. Más de 100 mil ases.
  • 510 BCE

    Organización de la Monarquía

    El Rey: Era jefe de Estado y ejército, sumo sacerdote y derecho a presidir las asambleas de los comicios. Comicios:
    1. Curias; formada por tres tribus: Latinos, sabinos Etruscos, 10 representantes de cada una, con un total de 30 curias,
    2. Centurias. Senado: Órgano de consulta para el Rey, formado solo por patricios mayores de 60 años. Con anterioridad fueron solo 100 patricios y fue aumentado a 300. Fuentes Formales: Costumbre.
  • Period: 510 BCE to 27 BCE

    REPÚBLICA

  • 493 BCE

    Menenio Agripa

    Menenio Agripa
    En la república, persiste gran pugna entre patricios y plebeyos, lo que lleva a los segundos a querer abandonar Roma, la ciudad y fundar una nueva. Sin embargo, esto no ocurre gracias al discurso de Menenio Agripa: el cuerpo humano.
  • 400 BCE

    Magistrados o Cónsules

    Magistrados o Cónsules
    Los plebeyos obtienen derecho a ser representados. Surge la figura de dos Magistrados especiales.
    Uno era nombrado por patricios y otro por plebeyos.
    Tenían el imperum (facultad de mando):
    Coercito, poder disciplinario; Iurisdictio, facultad de administar justicia y el ius agendi cum populo o cum senatu, derecho de convocar asambleas.
    Sufrían limitaciones, "intercessio": veto del tribuno de la plebe y el "provocaio ad populum" recurso ciudadano para rechazar pena de muerte.
  • 400 BCE

    Magistrados menores.

    Magistrados menores.
    Las magistraturas podían ser patricias o plebeyas. Existían:
    Pretores; administraban justicia,
    Censores; censo de la población,
    Curules; policía urbana en los mercados,
    Cuestores;encargados del erario,
    Dictador;surgía en caso de estar en peligro la república.
  • 400 BCE

    Organización de la República

    Organización  de la República
    Comicios:
    •Curias; actos religiosos y derechos privados.
    •Centurias; Funcionan igual que la monarquía.
    •Tribus; creterio territorial. Senado:
    En este periodo adquiere mayor importancia. Está autorizado para decidir asuntos sobre la paz y la guerra, los plebeyos podían formar parte del senado. Los plebiscitos: lo que el pueblo manda teniendo aplicación también para patricios.
    Los senadoconsultos: Medidas legislativas emitidas por el Estado.
    Edictos magistrados.
    La jurisprudencia.
  • 400 BCE

    Fuentes Formales del Derecho en la República.

    Fuentes Formales del Derecho en la República.
    La ley:
    Eran disposiciones dictadas por el pueblo cuando este se reunía en comicios.
    La primera Ley escrita por los romanos fue la ley de las doce tablas.
  • Period: 27 BCE to 284

    PRINCIPADO O DIARQUÍA

    Inicia con el advenimiento de Augusto.
  • 25 BCE

    Organización del Principado

    Organización del Principado
    El poder es compartido entre el senado y el príncipe.
    ❝la función de los comicios es nula❞ . Príncipe o emperador: Príncipe obtiene gradualmente todo el poder.
    Senado: Absorbe funciones de los comicios.
    Comicios: Su labor es nula.
  • Period: 2 to 476

    EL DOMINADO O IMPERIO ABSOLUTO

    Desaparece el imperio romano de occidente.
    En esta época el emperador tiene el poder absoluto, es quien dicta las las llamadas "constituciones imperiales".
  • 3

    Constituciones Imperiales (Medidas legislativas)

    Constituciones Imperiales (Medidas legislativas)
    Existen 4 clases de constituciones imperiales. Edicta: disposiciones parecidas a los edictos de los magistrados.
    Mandata: instrucciones dirigidas a funcionarios principalmente gobernadores.
    Decreta: disposiciones judiciales formadas por el emperador como magistrado supremo.
    Rescripta: respuestas del emperador a un particular.
  • Period: 527 to 565

    GOBIERNO DE JUSTINIANO

    En el Imperio de Oriente, época donde se realiza la compilación Justinianea.
  • 549

    Corpus iuris civilis.

    Corpus iuris civilis.
    Obra compuesta por:
    El código: Se codificaron los códigos gregoriano, emogeniano y teodosiano.
    El digesto: Contenía una colección con citas de los grandes jurisconsultos.
    Instituciones: Obra dirigida a la enseñanza del derecho.
    Novelas: Constituciones imperiales que fueron compiladas desde el principado hasta justiniano.
  • 565

    Justiniano

    Justiniano
    Comenzó a promulgar derechos de las mujeres. Se aplicó con energía a revitalizar el Imperio de Oriente, contando con la inestimable ayuda de su esposa, la emperatriz Teodora (una ex actriz de grandes cualidades intelectuales, que participó en tareas de gobierno hasta que murió en el 548). Una de las principales claves del éxito de Justiniano residía en su capacidad para rodearse de grandes talentos en cada campo. Desde su mujer, Teodora, hasta sus juristas de cabecera.