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8000 BCE
Epoca Arcaica y pastoril
Segùn Morales (2015): En los pequeños grupos familiares de la época arcaica y pastoril, luego en los más evolucionados de Grecia y Roma, hasta llegar a las bases domésticas de las que, con el correr del tiempo, se convertirían en grandes industrias.
Con el vellón de sus ovejas elaboraron primero la fibra y luego las telas y mantas que proporcionaron abrigo a toda la familia, y es gracias a su paciente dedicación que prosperó la repostería, la cerámica, la costura, el arte de hacer dulces (p.131) -
6000 BCE
Familia patriarcal
Aparece la autoridad absoluta del jefe de familia. Practicaban la poligamia. Se fundaba sobre el matrimonio de un varón con varias esposas. Importante desarrollo de la agricultura. Antecedente directo de la familia moderna. El padre de familia se consolida como el presentante en el culto doméstico. -
511 BCE
civilizaciòn clásica.
Morales (2015) refiere que: Entre el hombre y la mujer no existía un vínculo emocional, por el contrario expresaban una sexualidad de manera instintiva. Pese a que la circunstancia de ser portadora de la vida le asignaba una importancia fundamental, tan grande que, en algunas tribus de tiempos y lugares remotos la herencia se transmitía por la línea femenina. (p.130) -
510 BCE
En la civilizaciòn clàsica
Morales (2015) revela que:``se encuentran signos que evidencian que el hermano era más valioso que el esposo. La forma más elemental de la familia estaba representada por la unión de la madre y sus hijos, que continuaban viviendo en su clan de origen.``. (p.130) -
500 BCE
Los indicios mas remotos.
Nos muestran que en el comienzo de los comienzos la mujer desempeñaba el papel más importante en el seno familiar; su rol era fundamental, mientras que el del hombre se presentaba con carácter accidental y transitorio. -
500 BCE
Familia Sindiásmica
El término viene de Syndyaso, parear, syndyasmos, unir a dos juntamente. Se fundaba en el pareo de un varón y una mujer, bajo la forma de matrimonio, pero sin cohabitación exclusiva. El divorcio o separación estaba librado al albedrío del marido tanto como de la mujer. Esta forma de familia no pudo crear un sistema de consanguinidad. -
500 BCE
Los indicios de la familia
Según Morales (2015): La madre en algunos casos ni siquiera se preocupaba por determinar quién era el padre de su criatura, ya que ella misma seguía ligada a su padre y a sus hermanos. Los lazos fraternos eran más afectivos e intensos que los vínculos entre marido y mujer. El hombre por el contrario, continuaba viviendo con su gente y visitaba clandestinamente a su mujer. (p.130) -
499 BCE
Familia consaguinea
Morgan (1971) expresa que es: Matrimonio entre hermanos y hermanas en un grupo. Promiscuidad absoluta. El parentesco es determinado por la línea materna. -
499 BCE
Formas prehistoricas
Morgan (1971), expresa que: en el principio de la humanidad, existió un estado primitivo de comercio sexual sin trabas, que al evolucionar hacia un núcleo de mayor cohesión, tuvo como primera manifestación la familia Consanguínea``. (p.131) -
400 BCE
Familia Punalúa
Los hombres de un grupo son consideradores desde el nacimiento como esposos de las mujeres del otro grupo. Matrimonio de varios hermanos con las esposas de los otros, en grupo y de varias hermanas con los esposos de las otras, en grupo. -
1000
Familia monógama
Fundada en el matrimonio de un hombre con una mujer, con cohabitación exclusiva. Se considera la familia de la sociedad civilizada, por consiguiente, esencialmente moderna. Esta forma de familia, creó un sistema independiente de consanguinidad. -
Constitución Apostólica Fidei Depositum
Fue promulgada y la cual encabeza la publicación del texto del Catecismo universal, ya que surgió 5 años, antes de la la carta apostólica LAETAMUR MAGNOPERE -
La carta apostólica LAETAMUR MAGNOPERE
En esta se recoge la doctrina católica tanto de la fe como de la moral, en ella es posible conocer aquello que la iglesia profesa y celebra en su quehacer diario. -
Derecho penal
Se derivo la importancia de un análisis de la violencia que se gesta al interior de la familia, siendo esta última un bien jurídico tutelado de manera especial a partir de la adición en el Sup. “C” al Periódico Oficial 6329. -
Violencia intrafamiliar.
Este delito se ubicó en el sexto lugar de incidencia en Estados Unidos Mexicanos.