Fuentes visigodas: María Heras, Lorena López, Marilena López y Elisa Martínez

  • 398

    Pacto de Hospitalidad

    Pacto de Hospitalidad
    Es uno de los primeros pactos que firman los visigodos con los emperadores Arcadio (oriente) y Honorio (occidente) en el año 398. Marca los inicios de las federaciones, la idea de ayuda mutua entre romanos y visigodos. El objetivo básico de este pacto fue dividir la casa romana en 2 ⁄ 3, con la finalidad de que un tercio se repartiera al visigodo. Este acuerdo se plantea para alojar tropas, para que el ejército visigodo tenga un lugar donde vivir.
  • 418

    Pacto de Foedus

    Pacto de Foedus
    Pacto entre el Rey visigodo Walia y el emperador Honorio, con el asentamiento en Aquitania y capital en Tolosa de los visigodos. Mientras que los visigodos se asientan en las Galias y expulsaban de la península a los bárbaros, se estableció este pacto que consistió en ayuda militar por parte de los visigodos y lugares con tierras para vivir por parte de los romanos.
  • 438

    Codex Theodosianus

    Codex Theodosianus
    Recopilación de constituciones imperiales con carácter público desde el reinado de Constantino. Cuenta con una división sistemática, es decir, este código estaba organizado por temas. Ha sido muy criticado por la calidad de las recopilaciones, pero ha tenido gran fama. De hecho, se vió en obras posteriores.
  • 476

    Codex Euricianus

    Codex Euricianus
    En el año 476, Eurico fue rey visigodo de la Aquitania mientras la caída de Roma. El código consiste en disposiciones normativas para la resolución de problemas no contemplados por el derecho romano. Era parcialmente conocido, se realizó una reconstrucción por Álvaro D'Ors.
  • 506

    Breviario de Alarico II

    Breviario de Alarico II
    Fue elaborado durante el reinado de Alarico II (fallecido en la Batalla de Vouillé, 507 d. C) y aprobado en una asamblea formada por obispos y representantes provinciales. También conocido como "Lex Romana Visigotorum", pretendía resolver el problema
    jurídico, además, se establece como la única obra aplicable en juicios.
    En su contenido encontramos el conjunto de derecho romano vigente en el reino visigodo de Tolosa. Se trata de una colección de leges (derecho nuevo) y iura (derecho viejo).
  • 568

    Codex Revisus

    Codex Revisus
    Publicado entre 568 y 586. Código realizado por Leovigildo, este revisa el Código de Eurico. Desgraciadamente, el Codex Revisus no se conserva. Todo lo que se expone del Codex se dice porque en el Liber hay una serie de leyes que van precedidas por unas disposiciones con la palabra Antiqua, los autores entienden estas leyes como las pertenecientes al Codex Revisus.
  • 654

    Liber Iudiciorum

    Liber Iudiciorum
    Libro jurídico realizado por Recesvinto, el cuál perduró durante la Alta Edad Media. Es conocido por ser un texto de carácter territorial y fundamental para la aplicación en los juicios. Aunque se separa formalmente del derecho romano se puede ver la influencia de este.