Fuentes jurídicas del Derecho Visigodo

  • 438

    Códex Theodosianus

    Códex Theodosianus
    Recopilación de las Constituciones imperiales (leges) del emperador Constantino en adelante, ordenado por Teodosio II en el año 429 a.C. En un primer momento, recogió todas las leyes, para quedar finalmente solo las vigentes. Fue la obra más importante del imperio romano de Oriente. Es de carácter público, y las leyes están recopiladas de manera sistemática, siguiendo el plan tradicional del edicto del pretor. Consta de 16 libros. Su fecha oficial de publicación fue en el año 438.
  • 476

    Código de Eurico

    Código de Eurico
    Solo se conserva una séptima parte de su totalidad. Con Eurico, los visigodos comienzan a tener leyes escritas, para dar respuesta jurídica a las nuevas situaciones que no tenían soluciones recogidas en las leges ni el iura.Este código no pretende constituirse como ordenamiento jurídico completo. Es de carácter edictal. Tiene base germánica, pero está romanizado profundamente, por lo que se le considera un "monumento del derecho romano vulgar"
  • 506

    Breviario de Alarico II

    Breviario de Alarico II
    Alarico II buscó la simplificación y actualización jurídica para poner fin a la inseguridad. El Breviario pone al día las leges y el iura. No contiene leyes visigodas, se trata de una compilación de derecho romano postclásico basada en las fuentes precedentes. También se conoce como lex romana visigothorum. A través del commonitorium ordena que no se aplique ninguna otra ley. Con el interpretatio, introduce aclaraciones de cada texto. Tuvo una gran difusión, y la aparición de múltiples epitomes.
  • Period: 568 to 586

    Códex revisus

    Fue escrito por uno de los reyes visigodos más importantes, Leovigildo, el primero en desvincularse del Imperio romano. Llevó a cabo una revisión del Código de Eurico, con la misión de añadir, quitar y modificar leyes. No se conserva nada de este código. En el Liber encontramos leyes seguidas de la palabra "antiqua", siendo estas las introducidas por Leovigildo en la revisión. Este Códex regía solo para los visigodos. Con la promulgación del Liber, este Códex y el Breviario quedaron derogados.
  • 654

    Liber Iudiciorum

    Liber Iudiciorum
    Promulgado por el rey visigodo Recesvinto, es el principal libro del Derecho visigodo. Se declara como único texto aplicable en tribunales, relegando el Derecho romano al estudio. Con esta obra se inicia la igualdad jurídica entre hispano-romanos y godos. El Liber buscaba alejarse del Derecho romano, pese a la enorme influencia que este tuvo en él.
  • 681

    Revisión de Ervigio

    Revisión de Ervigio
    Revisión del Liber Iudiciorum: Añadió novellae leges, corrigió textos que pudieran conducir a error y suprimió leyes que consideraba ya superadas.
  • 693

    Revisión de Egica

    Revisión de Egica
    Revisión del Liber Iudiciorum: Intento de revisión por parte del rey Egica, pero sin éxito alguno.
  • 1236

    Fuero Juzgo

    Fuero Juzgo
    Modificación del Liber Iudiciorum: Fernando III editará por primera vez en español el Liber Iudiciorum bajo el nombre de Fuero Juzgo.