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1 CE
INFORMACION REFERIDA AL FONDO DE COMERCIO
Quien desee transferir un fondo de comercio deberá,
previamente, entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga, al
menos, la siguiente información:
Detalle de los créditos adeudados.
Nombre y domicilio de los acreedores.
Monto de los créditos adeudados.
Fechas de vencimiento (si las hay). -
1 CE
PASO 1. PUBLICAR EDICTO
Quien desee transferir un fondo de comercio deberá,
previamente, publicar un aviso, por 5 días, en el diario de publicaciones legales (es
decir, en el Boletín Oficial) y en uno o más diarios o periódicos del lugar en el que
funciona el establecimiento que se pretende transferir.el anuncio deberá indicar, al menos:
La Clase y Ubicación del Negocio.
El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador.
El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano, si estos interviniesen. -
Period: 1 CE to 5
Pasos a seguir para transferencia de fondo de comercio, Ley N° 11.687.
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PASO 2 Oposiciones de acredores
Los acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia, notificación que deberá cursarse al presunto comprador en el domicilio denunciado en la publicación, reclamando la retención del importe de su crédito y el correspondiente depósito de las sumas retenidas, en cuenta especial, en el banco correspondiente. El comprador, se encontrará obligado a retener el importe correspondiente a su crédito y a depositar dicho monto en el banco correspondiente -
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PASO 3 Embargo
Desde la notificación de la oposición a la
transferencia, en los términos del artículo 4 de la Ley 11.687, el acreedor que se
hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar embargo judicial. Si el acreedor no trabase
el embargo judicial en el plazo indicado, transcurrido el plazo de 20 días, el
depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta. -
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PASO 4. Otorgamiento del Documento de Transferencia:
El documento de transferencia, para producir efectos frente a terceros,
deberá:
Extenderse por escrito; y
Inscribirse en el Registro Público, dentro de los 10 días de su otorgamiento. -
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INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PUBLICO
El Registro Público de Comercio o el especial que se organice, llevará los libros correspondientes para la inscripción de las transmisiones de establecimientos comerciales e industriales, cobrando a ese efecto los derechos que determinen las leyes de impuestos.