Hoy se celebra el día de la familia en méxico

Familia Sujeto Colectivo de derechos

  • Familia sujeto colectivo de derechos (Cruz)

    Familia sujeto colectivo de derechos (Cruz)
    Tienen tres características como son: la existencia de intereses que justifican la sujeción a un deber, intereses que están vinculados a un grupo o bien común y la insuficiencia de los derechos individuales sobre el bien común.
  • Mangione Muro

    Mangione Muro
    La familia es aquella en la que existe un vínculo colectivo, reciproco e indivisible, de matrimonio, parentesco o afinidad
  • Londoño y García

    Londoño y García
    Los derechos colectivos tienen una dimensión ética y un principio de solidaridad que trascienden del accionar individual al colectivo, imprimiendo un carácter participativo a este último
  • Arriagada

    Arriagada
    La situación de las familias latinoamericanas ha ido transformándose en términos demográficos, económicos, sociales, políticos, produciéndose “problemas multidimensionales tales como la exclusión social, la pobreza y desigualdad, propios de la modernidad.
  • Narveson

    Narveson
    Citado por Dávila (2012) ponen en duda la existencia del sujeto colectivo, resaltan que los individuos son el sujeto jurídico, en tanto no son entes autónomos ni poseen dignidad humana.
  • Goldani

    Goldani
    La importancia de las políticas públicas referida a las familias, las cuales son entendidas como “el conjunto de medidas e instrumentos de políticas públicas cuyo objetivo es fortalecer las funciones que cumplen las familias”
  • Bolaños

    Bolaños
    Los derechos colectivos tienen una relación con los intereses comunes, que superan lo individual y los derechos individuales
  • Bolaños

    Bolaños
    Expresa el sujeto colectivo de derechos es aquel colectivo o comunidad que conoce sus derechos y los mecanismos jurídicos desde los cuales puede exigirlos, con el fin de evitar o reparar daños, vulneración o agravios al colectivo.
  • Galvis

    Galvis
    Expresa que la familia es un espacio de convivencia y formador, es así como tiene una dimensión social y compleja en tanto su interés va desde el desarrollo personal
  • Alvarez

    Alvarez
    Es en esencia la formación del Yo y el Nosotros, el sujeto siempre percibirá construirá su realidad.
  • Santofimio

    Santofimio
    Afirma que los derechos colectivos superan a los derechos individuales, puesto que integran a todo el pueblo en sí mismo y no a un sujeto determinado.
  • Maldonado y Rico

    Maldonado y Rico
    Hacen un amplio análisis del modelo hegemónico y tradicional de familia respecto a la influencia de los modelos económicos, marcos normativos y políticos en la construcción sociocultural de familia.
  • González

    González
    Bien puede ser un elemento de alta socialización de principios y valores.
  • Galvis

    Galvis
    La familia se convierte en sujeto colectivo cuando adquiere la calidad de titular de los derechos y de responsabilidades.
  • Maldonado y Rico

    Maldonado y Rico
    Destacan que la participación familiar es un insumo tanto para los movimientos y organizaciones sociales como para la agenda pública, debido a que consolida la constitución de un sujeto político.
  • Galvis

    Galvis
    La titularidad de derechos se fundamenta en el primer de artículo la Declaración Universal de los Derechos Humanos que señala: “los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
  • Secretaria Distrital de Integración Social

    Secretaria Distrital de Integración Social
    Retoma los artículos 5, 15 y 42 de la Constitución Política, para resaltar la corresponsabilidad que tiene la familia en la participación de decisiones de orden económico, político, administrativo y cultural de la nación, la consolidación de la convivencia pacífica, el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida
  • León Willis

    León Willis
    Plantea la importancia del reconocimiento de la diversidad de las familias y con esta, el reconocimiento al ejercicio de la libertad y la autonomía en la forma en la que los sujetos definen o determinan su constitución y organización.
  • De León

    De León
    Destaca la lucha de las organizaciones LGBTI y la contribución, al reconocimiento jurídico de los derechos de las familias homosexuales en el contexto colombiano.
  • Martínez

    Martínez
    En el ordenamiento colombiano los derechos colectivos son aquellos que están definidos por la Constitución Política y la normatividad vigente, la cual a su vez acoge los tratados internacionales ratificados.
  • Martínez

    Martínez
    Señala que los derechos colectivos se fundamentan en el respeto integral a los derechos de la persona, el régimen democrático y el derecho al desarrollo de todos sus pueblos.
  • Martínez & Matiz

    Martínez & Matiz
    Plantean que el matrimonio visto de manera tradicional es una relación exclusivamente heterosexual, por personas jurídicamente vinculadas.
  • Gutiérrez y Acosta

    Gutiérrez y Acosta
    Aportan una mirada de familia desde la concepción de niños y niñas desde un campo jurídico, político y social.
  • Villareal

    Villareal
    Parte de la discusión en la Constitución Política de Colombia, haciendo mención a la comprensión del Estado Moderno como la forma institucional que ha venido legitimando tradicionalmente los patrones culturales propios de varones y mujeres.
  • Villareal

    Villareal
    El sujeto colectivo implica la participación y la representación de intereses comunes en instancias populares e institucionales donde los grupos, colectivos u organizaciones generan una identidad colectiva.
  • SDP

    SDP
    Pensar la familia como sujeto colectivo implica el reconocimiento de las capacidades y responsabilidades que tiene como grupo, el crecimiento personal, la formación democrática, así como el derecho al desarrollo, al medio ambiente y a la paz.
  • Secretaria Distrital de Planeación

    Secretaria Distrital de Planeación
    Define las familias “como organización social y sujeto colectivo de derecho significa esencialmente comprenderla como una construcción social”
  • Silva Martínez

    Silva Martínez
    Hizo una lectura jurídica respecto al conjunto de reglas y medidas necesarias en el Derecho, para regular las tensiones de orden personal y patrimonial, las formas de organización, vida y disolución de la familia.
  • García Manrique

    García Manrique
    Elabora una discusión que inicia con las definiciones de familia desde las perspectivas sociológicas y psicológicas de familia, como espacio natural para el crecimiento y bienestar de todos sus miembros.
  • Galvis

    Galvis
    La familia es sujeto colectivo de derechos porque: 1) Es una organización social, que busca el equilibrio entre el ejercicio y la garantía de los derechos de dos o más sujetos bajo el principio orientador (gestión pública) de la igualdad. 2) Cuenta con la capacidad de agencia para determinar los proyectos de vida colectivos e individuales. 3) Es interlocutora y por tanto actora y beneficiaria de la gestión integral del estado.