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Evolución del Derecho Penal en México

  • Period: 2500 BCE to 1521

    ÉPOCA PREHISPÁNICA

    Debido a la religiosidad, severa educación y penas, de los habitantes del territorio de lo que hoy es México, el crimen era un fenómeno poco común en esta época.
    .
    Eran varias naciones o pueblos, no existía un Derecho unificado, cada Pueblo instituía sus propias reglas.
  • Period: 1800 BCE to

    DERECHO PENAL MAYA

    Los caciques juzgaban y aplicaban las penas cómo muerte o esclavitud. Sus delitos principales eran el adulterio, la violación, el estupro, las deudas, el homicidio, el incendio, la traición a la patria y la sodomía Tenían:
     Procedimiento público..
     Procedimiento sumario.
     Existencia del arbitrio judicial.
     Inexistencia de un recurso de impugnación de las sentencias y de las resoluciones de los jueces.
     La utilización de abogados o medianeros para la resolución de conflictos
  • 1457 BCE

    "Código Penal de Netzahualcoyotl"

    "Código Penal de Netzahualcoyotl"
    Se aplicaron en el valle de Texcoco y el texto establecía que los jueces gozaban de amplia libertad para sancionar las conductas conceptualizadas como delitos, las penas podrían llegar a constituir la muerte del delincuente o la esclavitud, pasando por el catálogo del destierro, la suspensión o destitución del empleo, la prisión en cárcel o en el domicilio mismo.
  • Period: 1325 BCE to 1521

    DERECHO PENAL AZTECA

    Hicieron distinción entre
    o Delitos dolosos y culposos.
    o Circunstancias atenuantes y agravantes de la pena.
    o Las excluyentes de responsabilidad, la acumulación de sanciones, la reincidencia, el indulto y la amnistía. Sus penas eran:
    o Destierro, penas infamantes, pérdida de la nobleza, suspensión y destitución de empleo, esclavitud, arresto, prisión, la muerte, decapitación, estrangulación, descuartizamiento, empalamiento, lapidación, garrote y machacamiento de la cabeza.
  • Period: 1290 BCE to 1520

    "LEYES TLAXCALTECAS"

    Leyes que establecían en qué casos aplicaba pena de muerte y de que formas seria esta muerte o en su contario pérdida de libertad. Delitos:
    Faltar al respeto a los padres, causar grave daño al pueblo, traicionar al rey o al Estado, destruir límites puestos en el campo, sentenciar injustamente o contra la ley, matar a la mujer propia aunque la sorprendiera en adulterio, adulterio, incesto, vestir impropiamente de acuerdo a su sexo, robar oro.
  • Period: 900 to 500

    DERECHO PENAL TARASCO

    Tenían penas muy crueles.
    Castigaban con muerte el adulterio cometido con una mujer del Calzontli y la familia del adultero pagaba de igual manera con repudio y confiscación de bienes, además el libertinaje de un miembro de la realeza se castigaba con muerte y no solo a él, sino a toda su servidumbre y se confiscaban sus bienes de todos.
  • Period: 1521 to

    ÉPOCA COLONIAL

    Empieza con la llegada de los españoles a nuestro territorio
  • Period: 1521 to

    Legislaciones vigentes en la epoca colonial

    Así, en las colonias, toda la legislación y pena de Castilla regía también en estos territorios. Por lo anterior, se aplicaron también en México; el Fuero Real (1255), las Partidas (1265), el Ordenamiento de Alcalá (1348), las Ordenanzas Reales de Castilla (1484), las Leyes de Toro (1505), la Nueva Recopilación (1567) y la
    Novísima Recopilación (1805).
  • 1563

    Ordenanzas Reales de Castilla

    Ordenanzas Reales de Castilla
    Era una legislación que fungía como complemento legal al de las leyes de las indias
  • 1571

    Tribunal del Santo Oficio

    Tribunal del Santo Oficio
    Instaurado por la Santa Inquisición.
    Delitos: ser protestante, apostasía, blasfemia, sacrilegio, judaísmo, hechicería, magia, satanismo, ateísmo, bigamia, matrimonio de religiosos, simple fornicación, supersticiones, pacto con el demonio, astrología, masonería, así como música y libros prohibidos. Penas:
    Relajación, galeras, cárcel temporal o de por
    vida, destierro, confiscación, multa, azotes, vergüenza pública, abjuración, infamia, represión y penitencias espirituales
  • Sumarios de las cédulas, órdenes y provisiones Reales

    Sumarios de las cédulas, órdenes y provisiones  Reales
    Fueron enviados por su Majestad para la Nueva España y otras partes, especialmente desde 1628 y hasta 1677.
  • Las Leyes de Indias

    Las Leyes de Indias
    A la llegada de los españoles, las costumbres y manifestaciones de la cultura indígena fueron abolidas y se impusieron estas, que constituían el principal cuerpo legal de la Colonia que se aplicó en la Nueva España. Estaban dotadas de fuerza para obligar. La recopilación se compone de IX libros divididos,
    integrados por un buen número de leyes
  • Carlos III llega al poder

    Carlos III llega al poder
    A partir de este monarca, comenzó una legislación especial más sistematizada, que dio origen a las Ordenanzas de Intendentes y a las de Minería. La Recopilación se compone de IX libros divididos, integrados por un buen número de leyes.2
  • Autos acordados de su Real Audiencia y las Ordenanzas para la dirección, régimen y gobierno del cuerpo de minería de la Nueva España y de su tribunal

    Autos acordados de su Real Audiencia y las Ordenanzas para la dirección, régimen y gobierno del cuerpo de minería de la Nueva España y de su tribunal
    Atribuidas a don Joaquín Velázquez de León y promulgadas por el Virreinato. Estos compendios de leyes incluyen disposiciones penales especiales. Lo que poco a poco fue transformando el
    tratamiento legislativo y punitivo de la Nueva España.
  • Ordenanzas de Minería

    Ordenanzas de Minería
    Eran la norma suprema que debía regular el gremio de mineros, pero se enfrentaba a las costumbres y prácticas sustentadas en los privilegios y fue una de las pocas leyes creadas particularmente para territorio colonizado
  • Period: to

    ÉPOCA INDEPENDIENTE

    México como una nación independiente, libre y soberana
  • La Constitución de 1824

    La Constitución de 1824
    Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, siendo este un documento de carácter jurídico y político que estableció el sistema político federal y tuvo como fin principal el de declarar el carácter independiente de México como país
  • Congreso constituyente

    Congreso constituyente
    Los Constituyentes de 1857, con los legisladores presentes el 4 de diciembre de 1860 y el 14 de diciembre de 1864, los que sentaron las bases del Derecho Penal nacional (ya desvinculado del influjo de Castilla), al hacer sentir toda la urgencia de la tarea codificadora
  • Código Penal para el Estado de Veracruz

    Código Penal para el Estado de Veracruz
    Fue el primero en prohibir la pena de muerte, el tormento y las multas excesivas. Estas y otras peculiaridades constituyen las bases del Derecho Penal mexicano.
  • Código Penal de 1871

    Código Penal de 1871
    Conocido como Código de Martínez de Castro, vigente
    hasta 1929 y con influencia de la escuela clásica. Este nuevo ordenamiento legal constó de 1,152 artículos, más los transitorios, ordenados en cuatro libros:
    • De los delitos, faltas, delincuentes y penas;
    • Responsabilidad civil en materia criminal;
    • De los delitos en particular; y
    • De las faltas
  • Period: to

    Después de 1910

  • Código Penal de 1929

    Código Penal de 1929
    Conocido como Código Almaraz, vigente hasta 1931 y
    con influencia de la escuela positiva. Consta de 1,228 artículos, más los transitorios, los cuales se agrupan
    en tres libros precedidos de un título preliminar:
    • Principios Generales;
    • Reglas sobre Responsabilidades y Sanciones;
    • De la Reparación del Daño, y
    • De los Tipos Legales de los Delitos
  • Código Penal de 1931

    Código Penal de 1931
    Que hasta 2002 estuvo vigente y aplicable en el Distrito
    Federal en materia común, así como en toda la República en materia federal. Contiene en su origen sólo cuatrocientos artículos, en los que se
    recogieron algunas instituciones jurídicas importantes de corte positivista como: la reincidencia y la habitualidad, acudiendo al criterio de la peligrosidad para individualizar la pena
  • Código Penal del Distrito Federal,

    Código Penal del Distrito Federal,
    Con vigencia a partir de los 120 días de su publicación, según lo dispuesto en el artículo primero transitorio del decreto respectivo. Por tanto, esta evolución legislativa fue fructífera no sólo para modernizar el estado de la legislación vigente sino para ser
    precursora de otras locales.
  • Reforma Constitucional en materia penal

    Reforma Constitucional en materia penal
    Código Penal Federal y el Código de Procedimientos Penales, como consecuencia de la reforma Constitucional en materia penal del año 2008, se encuentran en proceso de reforma. Reforma que si se analiza desde un punto de vista global arroja una legislación en la materia más apegada al humanismo y al respeto de los Derechos Humanos