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EVOLUCIÓN DEL DERECHO CIVIL

  • 1966 BCE

    EL CICLO DE LA CODIFICACIÓN

    EL CICLO DE LA CODIFICACIÓN
    Sustituyen los antiguos Códigos decimonónicos por otros más técnicos y perfectos, como el de Portugal de 1966, que empezó a regir en 1967. Otros readaptan su Derecho civil a sus nuevas condiciones sociales y políticas.
  • 1908 BCE

    EL CÓDIGO CIVIL SUIZO

    EL CÓDIGO CIVIL SUIZO
    Fue un paradigma de los códigos civiles En Suiza. La Codificación se retrasó como consecuencia de la autonomía cantonal. Algunos cantones elaboran sus propios Códigos y la
    codificación general comenzó mediante la unificación del Derecho de Obligaciones Fue un Código que ha merecido los elogios de los profesionales del Derecho
    y que ha sido también adoptado como modelo por algunos países.
  • 1870 BCE

    POLÉMICA ENTRE SAVINGNY Y THINAUT

    POLÉMICA ENTRE SAVINGNY Y THINAUT
    A principio del siglo XIX se suscita en torno a la
    conveniencia de la Codificación de esta famosa polémica. Este último publicó en el año 1814 un trabajo, "Sobre la necesidad de un Código civil para Alemania", sosteniendo la conveniencia de redactar un Código, sobre el modelo francés, inspirado en la razón, que pudiera constituir el vehículo para conseguir la unidad de Alemania. SAVIGNY le replicó en su obra "De la vocación
    de nuestro tiempo para la legislación y para la jurisprudencia".
  • 1865 BCE

    LA CODIFICACIÓN ITALIANA

    LA CODIFICACIÓN ITALIANA
    Se seguía fielmente al Código de Napoleón. El régimen fascista se propuso
    reformarlo y sirviéndose de la gran tradición jurídica italiana así como de los de más de quince años, dio cima a su obra en 1942. El Código es una obra de gran perfección técnica.
  • 1804 BCE

    El primer código tras el de Prusia

    El primer código tras el de Prusia
    fue ordenado por Napoleón.
    En España no se codificaron las leyes civiles
    hasta el año 1889.
  • 1050 BCE

    LA RECEPCIÓN DEL DERECHO DE ROMA

    LA RECEPCIÓN DEL DERECHO DE ROMA
    Se produce este fenómeno importante en grado sumo.
    Sabemos
    que la compilación de Justiniano se lleva a cabo entre los años 528 a 533 d.C.
    en el Imperio Romano de Oriente. Es muy posterior a la caída del Imperio
  • 1234

    EL DERECHO CANÓNiCO

    EL DERECHO CANÓNiCO
    Adquiere una importancia relevante a partir de las Decretales
    de Gregorio IX, y se estudiará intensivamente. Es un Derecho que no se limitaba a regular el fuero interno de los fieles sino que también se extendía a aspectos de su vida ordinaria, y sus principios espiritualistas tales como:
    -Buena fe,
    -Obligación de cumplir la palabra dada, etc.
  • 1484

    ORDENANZAS DE MONTALVO

    ORDENANZAS DE MONTALVO
    En Alemania, la atomización de los Estados miembros del Imperio
    impide esta realización, pero Prusia, al ganar hegemonía, recopila su Derecho
    civil (Allgemeines Landrechí). posteriormente esa tarea de fijación del Derecho nacional (Ordenanza de Colbert
    y D'Aguessau).
  • 1567

    LA NUEVA RECOPILACIÓN

    LA NUEVA RECOPILACIÓN
    Se dio en Francia, las antiguas costumbres son recopiladas y reducidas a textos escritos, continuándose
  • FLORECE EL FENÓMENO CODIFICADOR LLAMADO NAPOLEÓN

    FLORECE EL FENÓMENO CODIFICADOR LLAMADO NAPOLEÓN
    Francés, llamado Código Napoleón en recuerdo del hombre genial que lo llevó a cabo en los días del Consulado, que tanto recordó en Santa Elena donde esperaba la muerte. Promulgado en 21 de marzo de 1804, fue el resultado de su tenaz
    voluntad para verlo hecho realidad tras los fracasos de anteriores proyectos en la época revolucionaria, y el resultado también de su intuición certera al
    escoger a los juristas que podían redactarlo y defenderlo.