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753 BCE
DERECHO ANTIGUO.
Comprende del año 753 al 130 a. C., se le conoce como
Derecho quiritario, basado principalmente en las costumbres de los
antepasados, mismo que, posteriormente en la Ley de las XII Tablas.
Exclusivo para ciudadanos, es severo, rígido y formalista. -
130 BCE
DERECHO CLASICO.
Aplicado a partir del año 130 a. C. al 230 D. C. Su
principal característica es que no es un derecho legislado, sino se
fundamenta en la jurisprudencia. La falta de regulación en materias como
derecho privado, es suplida por la actividad del Pretor a través de su
Edicto. -
230
DERECHO POSTCLASICO
abarca del año 230 al 527 D. C., en donde su
principal característica es el dominio del Emperador, disposiciones que
regulan todos los ámbitos de la vida pública y privada de sus súbditos. -
527
DERECHO JUSTINIANEO
En uso de los años 527 a 565 D. C. Justiniano inicia
la reforma legislativa que tiene como objetivo principal el reunir,
concordar y codificar el acervo jurídico existente hasta esa fecha.
Conocido como el Digesto de Justiniano. Cuya obra tiene alteraciones
que responden a las necesidades políticas.