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Fase de Investigación.
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Denuncia o querella.
Denuncia: Cualquier persona puede proceder.
Querella: Víctima directamente le haga saber a la autoridad el hecho.
Se puede presentar por escrito o verbalmente y puede ser presentada ante el Ministerio Público o la policía (en casos urgentes). -
Recolección de entrevistas a la víctima u ofendido y testigos.
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Práctica de diligencias para comprobar el hecho delictuoso y la probable responsabilidad del indiciado.
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Determinación del ejercicio o no ejercicio de la acción penal.
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Petición del fiscal a que se realice audiencia inicial.
La cual puede solicitar por medio de citatorio al indiciado, orden de comparencia u orden de aprehensión. -
Aplicación de criterios de oportunidad.
Consiste en una decisión del Ministerio Público. La víctima u ofendido, cuenta con un mecanismo de defensa que le permitirá que la determinación del Ministerio Público en la aplicación de un criterio de oportunidad, sea revisada por el órgano jurisdiccional. -
Imputado presentado ante el Juez de Control.
Se le informan al indiciado sus derechos constitucionales y legales qué le asisten, se realiza el control de legalidad de la detención, se queda a disposición para que la representación social le formule imputación. -
Fase de Investigación Complementaria.
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Recabar la declaración del imputado si así lo desea.
En la práctica no sucede muy seguido por estrategia de defensa, ya que todo lo que se declare puede ser usado en su contra. -
Formulación de la imputación en audiencia inicial.
Comunicación verbal de la fiscalía al imputado de que se desarrolla una investigación en su contra describiendo sucintamente el hecho delictuoso. -
Se solicita vinculación a proceso.
Se realiza una vez que el imputado ha declarado o se ha reservado su derecho y la solicita el Ministerio Público. -
Se resuelve sobre esta.
Hay de dos, se realiza la resolución sobre la vinculación a proceso en el mismo momento en el que se está iniciando la audiencia inicial o bien se le da la oportunidad al imputado de acogerse al plazo constitucional de 72 o 144 horas para que se resuelva al respecto. -
Se fija el pazo para concluir la investigación complementaria.
Puede durar hasta 6 meses, dependiendo de la complejidad del caso y se puede solicitar prórroga. -
Cierre de investigación.
Acabando el cierre de investigación se da paso a la etapa intermedia.