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3105 BCE
EPOCA DE BABILONIA
En esta epoca de las "escuelas Heliópolis y Abydos, donde seguían sus estudios los que aspiraba a altas magistraturas.
El Escriba era, en principio, una especie de delegado de los contratos. El sacerdote por su cualidad de funcionario público, era el verdadero notario. Se estampaba un Sello para pasar de un documento privado a público". -
1790 BCE
EL CODIGO DE HAMMURABI
Es de gran interes ya que en cuanto a las formas documentales que incipientemente comienzan a revelarse como textos escritos, pero en los que predomina la prueba testimonial adicional a las influencias de las fuerzas naturales y a la intervención fortuita de factores externos al entendimiento humano. El código de leyes unifica los diferentes códigos existentes en las ciudades del imperio babilónico. -
1228 BCE
BOLONIA
Tiene gran importancia para el derecho notarial el siglo XIII. Entre los juristas glosadores de la escuela boloñesa, destacó la figura de Rolandino, catedrático de la Universidad de Bolonia, hace incapié, en la importancia de la sistematización de los conocimientos notariales.
También en esta época Salatiel, quien en su obra Ars Notaríae, da importancia a las cualidades físicas y morales del notario.
Referencia: -
1200 BCE
GRECIA
algunos autores como Sanahuja Y Soler y Maximiliano Aguilar, coinciden en afirmar la existencia de un personaje llamado MNEMON.
Este estaba encargado de formalizar y registrar los tratados y actos públicos y las convenciones y contratos privados. Además, habían otros funcionarios entre los cuales mencionan los siguientes: El promnemon que tenía una mayor autoridad con jerarquía de magistrado y el sympromnemon que era un funcionario adjunto al promnemon, que podía redactar documentos. -
753 BCE
ROMA
La función notarial existió desde los primeros tiempos pero no estuvo a cargo de una sola persona sino que la misma se atribuyó a distintos funcionarios.
Dentro de este período es posible constatar la existencia de:
1- Los jurisconsultos
2- Los notarios
3- Los tabularios
4- Los tabeliones
En la época romana en Italia existían 3 clases de documentos: “pública, privata y pública confecta.
Instrumentos públicos eran únicamente los que emanaban de las autoridades públicas del Estado. -
527
CORPOS IURIS CIVILIS
En el caso específico del Derecho moderno, es necesario afirmar que es un descendiente directo del Derecho romano, puesto que su tradición se basa en el ordenamiento jurídico que regía a los ciudadanos de la antigua Roma, y posteriormente al Imperio romano, y que llegó a nosotros gracias a la recopilación hecha por emperador Justiniano I del texto jurídico más importante de la época clásica, el Corpus Iuris Civilis. -
1325
EPOCA PRE-COLONIA AZTECAS
El Tlacuilo, era el artesano azteca que dejaba constancia de los acontecimientos por medio de signos ideográficos y pinturas, con lo que se guardaba memoria de ellos de una manera creíble". -
1521
HERNAN CORTES
En la época de la nueva España, Hernán Cortés, conquistador español, ya en tierras de América, solicito en Santo Domingo una Escribanía del rey, con resultados infructuosos; pero mas tarde, le fue otorgada la escribanía del ayuntamiento de Asúa.
Referencia: -
1525
PRIMER ACTO NOTARIAL NUEVA ESPAÑA
El volumen primero del protocolo de Juan Fernández Del Castillo, con el otorgamiento de un instrumento que lleva el número uno. Se trata de un mandato por Mendoza Suárez a Martin del Rio, para cobrar cierta cantidad a Pedro Maya”. El protocolo más antiguo en el Archivo General De Notarías es de Juan Fernández del Castillo, correspondiente al año antes citado. -
EL CEDULARIO DE PUGA ESPAÑA
El cedulario de Puga, que contiene dos reales cédulas; la primera determina que el real escribano de minas debe de desempeñar personalmente su función, en tanto que la segunda determina que no debe cobrar honorarios excesivos”. -
PROVIDENCIAS DE LA CONSTITUCION DE 1824
Constitución de 1824 se dictaron algunos disposiciones relativa a los escribanos, entre las cuales figuran la Providencia del 13 de noviembre de 1828 -
LEY DE NOTARIA 1901
El 14 de diciembre de 1901 es promulgada Ley del Notariado durante la presidencia del General Díaz, la cual entro en vigor en 1902 . Eleva al notario al rango de institución pública.Deberían sujetarse al gobierno quien debería de nombrarlos y vigilarlos. -
RODRIGO DE ESCOBEDO
Fue hasta que Cristóbal Colón descubrió América el 12 de octubre de 1492 que Don Rodrigo de Escobedo escribano de la escuadra, dio fe al desembarcar en la Isla de San Salvador, de la toma de posesión, en nombre de los Reyes Católicos, de las tierras descubiertas. -
LEY DE NOTARIADO 46
Fue publicada el 23 de febrero de 1946. Es la primera ley que contempla tanto al hombre como a la mujer como capaces de desempeñar la actividad notarial, obligatoriedad de que el notario sea un profesional del Derecho y de guardar secreto profesional.