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El derecho de acceso a la información y la transparencia

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    Reforma Constitucional Artículo 6 CPEUM

    Los hechos más importantes a fin de lograr un mejor entendimiento de la evolución normativa en lo que respecta a la protección del derecho de acceso a la información pública.
  • 1er. Reforma CPEUM Artículo 6

    1er. Reforma CPEUM  Artículo 6
    “El derecho a la información será garantizado por el Estado”, Dicha modificación constitucional, acaecida en el marco de la denominada “reforma política”, añadió el derecho a la información bajo la categoría de garantía electoral en la parte final del referido artículo.
  • Caso Burgoa

    Caso Burgoa
    Un ciudadano (el Dr. Ignacio Burgoa Orihuela) solicitó a la Secretaría de Hacienda que le informara el monto exacto de la deuda externa mexicana. Su solicitud fue negada; se promovió un amparo indirecto, el cual fue negado; y se recurrió al amparo en revisión, en donde la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respondió que:
  • Caso Aguas Blancas

    Caso Aguas Blancas
    en el Estado de Guerrero, donde perdieron la vida 17 personas. En esta ocasión la SCJN emitió el siguiente criterio: GARANTÍAS INDIVIDUALES (DERECHO A LA INFORMACIÓN). VIOLACIÓN GRAVE PREVISTA EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 97 CONSTITUCIONAL. LA CONFIGURA EL INTENTO DE LOGRAR LA IMPUNIDAD DE LAS AUTORIDADES QUE ACTÚAN DENTRO DE UNA CULTURA DEL ENGAÑO, DE LA MAQUINACIÓN Y DEL OCULTAMIENTO, POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 6º, TAMBIÉN CONSTITUCIONAL. (Semanario Judicial, 513)
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    Gobierno electrónico o e-gobierno

    Los gobiernos hacen uso intensivo de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (NTIC) en los asuntos que le competen, tanto en el gobierno como en el conjunto de los servicios públicos que prestan a la sociedad a través de la administración pública y que le allegan legitimidad y razón de ser. Un medio para fomentar la gobernabilidad democrática y fortalecer la gobernanza en la que múltiples nuevos actores políticos y sociales participan en la gestión de los asuntos públicos.
  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoce el derecho de acceso a la INFORMACIÓN como una GARANTÍA individual

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoce el derecho de acceso a la INFORMACIÓN como una GARANTÍA individual
    Aprobó con el número XLV/2000 la tesis aislada que reconoce el derecho de acceso a la información como una garantía individual y determinó que la votación era idónea para integrar tesis jurisprudencial.
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    Todos los estados crean su ley de transparencia

    se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco la última ley faltante en materia de transparencia. Por lo que para ese día, los 31 estados de la República Mexicana, el entonces Distrito Federal y la Federación, ya contaban con legislación en el tema. El primer estado fue Jalisco*, que publicó su ley el 22 de enero de 2002 (incluso la tuvo antes que la federación)
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    Se crea IFAI & INAI

    El primer paso hacia dichas políticas, fue la instalación del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), garantizar el derecho a la información pública promoviendo la política de transparencia y rendición de cuentas. Posteriormente, se le asignó la función de protección de datos personales. En su transformación al INAI (Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Dato Personales), armonizar la política de transparencia a nivel federa
  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

    Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
    Se publicó en el Diario Oficial de la Federación, y se debe al llamado Grupo Oaxaca, el cual estructuró un movimiento a favor de la reglamentación del derecho a la información.
  • Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública (COMAIP)

    Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública (COMAIP)
    Se abrió́ la puerta a la coordinación entre los organismos
    locales y el federal, así́fue que el IFAI asesoraría a los estados para la creación de sus leyes, para la creación de sistemas y sería un medio de apoyo institucional gratuito en favor de todos los órganos
    garantes del país, iniciando así́ su construcción.
  • Primer Congreso Nacional de Transparencia Local

    Primer Congreso Nacional de Transparencia Local
    los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaran la Declaración de Guadalajara, promovieran una reforma constitucional en materia de transparencia. Un año después,
    entregaron al Legislativo Federal una iniciativa de reforma constitucional que fue presentada ante el pleno de la Cámara de Diputados por los coordinadores de los ocho partidos políticos representados en el Congreso.
  • 2da. Reforma Constitucional Artículo 6° CPEUM

    2da. Reforma Constitucional Artículo 6° CPEUM
    Se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto mediante el que se adiciona un segundo párrafo con siete fracciones al Artículo 6º constitucional. Esta reforma es de gran importancia, ya que se dictan los principios y bases que rigen en el ámbito federal, estatal y al Distrito Federal, se destacan los siguientes principios: publicidad, máxima publicidad y protección de datos; y las siguientes bases: gratuidad, universalidad, celeridad y administración de archivo
  • Open Government Partnership (OGP)

    Open Government Partnership (OGP)
    Una organización que elabora una medición llamada índice de gobierno abierto, en la que desarrolla un ranking mundial para evaluar la calidad de las leyes de acceso a la información en 102 países alrededor del mundo, con base en 4 variables.
    1) Leyes publicadas y datos gubernamentales
    2) Derecho de acceso a la información
    3) Participación de la sociedad civil
    4) Mecanismos de queja
  • Reforma al artículo 1° de la Constitución

    Reforma al artículo 1° de la Constitución
    se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de reforma constitucional en materia de derechos humanos.
  • 3era. Reforma Constitucional al Artículo 6°, CPEUM

    3era. Reforma Constitucional al Artículo 6°, CPEUM
    La cual se garantiza, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
  • 4° Reforma al artículo 6° de la Constitución

    4° Reforma al artículo 6° de la Constitución
    Coloca como sujetos obligados a cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los 3 Poderes, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en los tres ámbitos de gobuerno, la implementación del Sistema Nacional de Transparencia. Leyes de: Transparencia y Acceso a la Información, Protección de Datos Personales en el sector Público y Archivo.
  • Sistema Nacional de Transparencia

    Sistema Nacional de Transparencia
    El organismo es encargado, fundamentalmente, de:
    -Garantizar el derecho de acceso de las personas a la información pública gubernamental.
    -Proteger los datos personales que están en manos tanto del gobierno federal, como de los particulares.
    -Resolver sobre las negativas de acceso a la información que las dependencias o entidades del gobierno federal hayan formulado.. Como tal, demanda independencia, autonomía y legalidad.
  • Se publica la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    Se publica la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
    Surge como una Ley marco que establece los principios, bases y medidas mínimas que se deben adoptar en los distintos ámbitos de gobierno (Federal, Estatal y Distrito Federal); y la obligación de éstos de contar con regulación en esta materia.
  • Se publica la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    Se publica la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
    Se publica en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, misma que es materia del presente curso y derogó a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental publicada en el año 2002.