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Época Prehispanica
En esta época la privación de la libertad no se consideraba como pena o castigo, si no como custodia preventiva mientras se ejecutaba sentencia, entre las que destacaban por su práctica era la pena de muertes -
Época Colonial
Ya con la llegada de los españoles se implementaron los tribunales de la llamada Santa Inquisición, en donde los castigos y tormentos eran semejantes a los aplicados en Europa.
En México se menciona por primera vez la privación de la libertad como pena en el Tratado de Indias -
La cárcel de la Acordada
La Real Audiencia, era en principio la encargada de enjuiciar a los delincuentes;la Acordada es un tribunal judicial de naturaleza sumaria creado en 1719 en Nueva España para compensar las falencias del sistema judicial ordinario. -
México Independiente
Se crea un reglamento en el que decía que la cárcel no se cobraba, deberían realizar trabajos comunitarios y recibir clases de religión, pero el punto más importante es la creación de una Comisión de Cárceles del Ayuntamiento para su vigilancia y organización. Los delitos mas perseguidos son los asaltos en los caminos por la falta de población y los robos en la ciudad. -
Separación de Presos
Se divide en la cárcel para sujetos en proceso (la cárcel de la ciudad) y la cárcel de sujetos a presidio o destinados a trabajar en obras públicas (Tlatelolco)
Se pide la creación de establecimientos para la detención preventiva, la prisión y corrección para jóvenes delincuentes -
La constitución de 1857
Determinó en su artículo 23 la creación de un sistema penitenciario -
Primera Codificación Penal
En 1880 apareció el primer Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal. -
El Porfiriato
Su mandato en cuanto al sistema penal se caracterizo por la ejecución a muerte de los aprehendidos y Porfírio Díaz reconocía la crueldad de los actos, sin embargo lo creía necesario para el progreso de la Nación,Se crea el primer código Penal -
Constitución de 1917
Venustiano Carranza planteó un ambicioso proyecto centralizador. Así, el segundo párrafo del propuesto artículo 18 decía: "Toda pena de más de tres años de prisión se hará efectiva en colonias penales o presidios que dependerán directamente del gobierno federal y que estarán fuera de las poblaciones, debiendo pagar los Estados a la Federación los gastos que correspondan por el número de reos que tuvieren en dichos establecimientos". -
El código de 1929
Fue el primer intento firme para la organización científica de la ejecución de sentencias penales;58 creó el Consejo Supremo de Defensa y Prevención Social, antecesor del Departamento de Prevención Social59 y de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Gobernación -
El Código de 1931
El país careció por mucho tiempo de ordenamientos suficientes, específicos, sobre ejecución de penas en general, y particularmente acerca de la ejecución de la pena privativa de libertad, que ya entonces era -y seguiría siendo- la sanción "clave" del sistema penal mexicano -
Centro de Sanciones Administrativas
Entra en vigor en este año -
Reforma al Artículo 18
El país expidió una nueva legislación penal y construyó buen número de reclusorios