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1 BCE
Venganza Privada
En esta etapa el hombre actúa por instinto para
protegerse a sí mismo y a su familia. El castigo se depositó en manos de los particulares (ojo por ojo Ley del Talión), para la satisfacción del agraviado -
400
Roma
Se ven confirman la venganza privada, el talión y la composición. Bases de sobre tentativa, legítima defensa y locos e incapaces. -
500
Venganza Divina
Dios todopoderoso, en una divinidad superior a él, que
todo lo puede y todo lo ve, el Derecho Penal se encuentra que la
imposición de las penas y sanciones se hallaba en manos de la clase sacerdotal -
1500
Grecia
Sancionaron la venganza privada. el delincuente debía sugerir pena: Edipo y Prestes. Dracón distingue entre delitos públicos y privados -
1520
HISTORIA DEL DERECHO PENAL MEXICANO Época precortesiana
“Código Penal de Netzahualcoyotl”. los jueces gozaban de amplia libertad para sancionar las conductas conceptualizadas como delitos, por lo que las penas podrían llegar a constituir la muerte misma del delincuente o la esclavitud. -
HISTORIA DEL DERECHO PENAL MEXICANO Época Colonial
Recopilación de las leyes de los Reynos de las Indias y Sumarios de las cédulas, órdenes y provisiones Reales -
Periodo humanitario
Renacimiento. “Iluminismo” Hobbes, Spinoza y Locke, con Grocio, Bacon, Pufendorf y Wolff, con Reoussesau, Diderot, D`Alemberter, Montesquieu y Voltarie. Montesquie publica su Espíritu de las leyes (1748) -
Oriente
Código de Hammurabi, creado en el año 1760,
según la cronología media, es uno de los conjuntos de leyes más antiguo -
HISTORIA DEL DERECHO PENAL MEXICANO Época Independiente
Los Constituyentes de 1857, con los legisladores de los que sentaron las bases de nuestro Derecho Penal -
Código Penal de 1871
Este código de 1871 tiene marcada influencia del Código Penal
español de 1870. Medidas de seguridad, y la institución de la libertad preparatoria. -
Canónico
Influyó en la humanización de la justicia penal, orientándola hacia la reforma moral del delincuente -
Código Penal de 1931
400 artículos, en los que se recogieron algunas instituciones jurídicas importantes de corte positivista, como la reincidencia y la habitualidad