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Henry Dunant
Históricamente se resalta la figura de Henry Dunant, un hombre de negocios, ginebrino, quien se encontraba en Italia y se encontró de cara con las crueldades de las guerras; movido por el impacto, escribió su obra Recuerdo de Solferino, en honor a qué conoció de cerca la batalla de Solferino al norte de Italia. -
El Código de Lieber
Promulgación del presidente de los Estados Unidos de
América una orden célebre titulada “Instrucciones para el Gobierno; era el primer intento de codificación de las leyes y costumbres de la guerra que existían en aquella época. -
El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR)
Fundado por cinco ciudadanos suizos (Henry Dunant, Guillaume-Henri Dufour, Gustave Moynier, Louis Appia y
Théodore Maunoir), es el órgano fundador del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja que procura garantizar protección y asistencia a las víctimas de conflictos armados, disturbios interiores y demás situaciones de violencia interna. -
San Petersburgo
Importante documento de la Declaración
sobre la renuncia al empleo, en tiempo de
guerra, de proyectiles de un peso inferior a 400
gramos; Otro asunto tratado se refiere a la cuestión de los desarrollos futuros en la fabricación de
armamentos. -
Conferencias de Paz en la Haya
En dichas Conferencias, se crearon 17 instrumentos internacionales, en estas normativas constituyen el resultado de los pasos firmes por codificar las guerras. -
I Convenio de Ginebra
Para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos en las fuerzas armadas en campaña -
III Convenio de Ginebra, Relativo al trato debido a los prisioneros de guerra.
Se agrega una protección reforzada a los combatientes u otro individuo que participa directa o indirectamente en los conflictos armados. A manera de ejemplo, puede que un individuo, 1. Esté gravemente herido, 2. A su vez enfermo, y prisionero del enemigo. -
Convenios de Ginebra
Para continuar con la normatividad de los conflictos armados en el mundo se crearon los cuatro Convenios de Ginebra, ya que teniendo como antecedente histórico dos guerras y teniendo a la vista los horrores y barbaries ocurridas en las mismas, era necesario continuar con la normatividad de los conflictos armados en el mundo, surgiendo de esta manera el Derecho de Ginebra. -
IV. Convenio de Ginebra: Relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra.
Este convenio protege, en particular, a dos categorías de personas:
Los civiles enemigos en el territorio de una de las partes beligerantes y
Los habitantes de un territorio ocupado; se trata de categorías de personas civiles que, como consecuencia del conflicto armado, se encuentran en poder del enemigo. -
II. Convenio de Ginebra
Este Convenio es para aliviar la suerte que corren los
heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar, se aplicará a los náufragos, a los heridos y a los enfermos en el mar aunque también describe otras categorías de personas, debiendo encajar en los requisitos que establece para ello. -
Convención de La Haya
se celebró una conferencia intergubernamental, bajo los auspicios de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) donde se aprobó esta convención y sus dos protocolos para la protección de los bienes culturales encaso de conflicto armado a través de los cuales se pretende proteger esa riqueza, esas reliquias
arquitectónicas de ciertos Estados y que sería difícil reconstruir. -
Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra
Protocolo I es aplicable a los conflictos y guerras de descolonización y es aplicable a los conflictos armados con carácter internacional y el Protocolo II es aplicable a los conflictos de naturaleza interna, siempre y cuando no se considere solamente un disturbio interno y es
aplicable a los conflictos armados no internacionales. -
Convención sobre prohibiciones o restricciones
Es la convención sobre del empleo de ciertas
armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados. A ella se añaden:
• el Protocolo (I) sobre fragmentos no localizables
• el Protocolo (II) sobre prohibiciones o restricciones del empleo de minas, armas trampa y otros artefactos
• el Protocolo (III) sobre prohibiciones o restricciones del empleo de armas incendiarias. -
Tratado de Ottawa
Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción. -
Protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos del niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados
Convención sobre los Derechos del Niño se exhorta a los gobiernos a que tomen todas las medidas posibles a fin de velar para que ningún niño o niña menor de 15 años participe directamente en las hostilidades, el objetivo es fortalecer la aplicación de la Convención y aumentar la protección de los niños y niñas durante los conflictos armados. -
Protocolo III Adicional a los Convenios de Ginebra de 1949
Aprobado en una Conferencia Diplomática que se celebró en Ginebra, Suiza, de adoptar un tercer emblema:
el cristal rojo, como suele llamársele y que fue creado no para suplantar los otros dos emblemas anteriores, sino que ofrece una alternativa más para los Estados y así pudiesen usar el que se considerara pertinente.