Derecho a la informacion

DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

  • Reformas al Artículo 6° Constitucional

    Reformas al Artículo 6° Constitucional
    Reformas relativas al derecho a la información, que se promulgaron y que la Suprema corte de Justicia de la Nación concluyó para que los mexicanos ejercieran su derecho de conocer la información producida y controlada por los actores públicos
  • Transición de la democracia

    Se implementaron diseños institucionales, políticas y nuevas prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la ciudadanía, es decir, que rinda cuentas.
  • Declaración de Oaxaca y en la inserción del tema en la agenda pública; y la Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP)

    Como una medida de consolidación de la democracia, se vivió en el país un impulso por la transparencia y el acceso a la información. El mismo se dio como resultado de dos sucesos fundamentales: un seminario convocado en la ciudad de Oaxaca, donde medios de comunicación y académicos abordaron la exigencia de contar con una ley de acceso a la información. Los primeros estados que promulgaron leyes de acceso a la información fueron Jalisco, Sinaloa, Aguascalientes y Querétaro.
  • Primer Congreso Nacional de Transparencia Local

    los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaran la Declaración de Guadalajara, promovieran una reforma constitucional en materia de transparencia. Un año después, entregaron al Legislativo Federal una iniciativa de reforma constitucional que fue presentada ante el pleno de la Cámara de Diputados por los coordinadores de los ocho partidos políticos representados en el Congreso.
  • Primer congreso Nacional de Transparencia

    Los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaran la Declaración de Guadalajara, promovieran una reforma constitucional en materia de transparencia. Un año después, entregaron al Legislativo Federal una iniciativa de reforma constitucional que fue presentada ante el pleno de la Cámara de Diputados por los coordinadores de los ocho partidos políticos representados en el Congreso.
  • Publicación del DAI

    Se publicó en el Diario Oficial de la Federación (Cejudo, 2009) el decreto que modificaba la Constitución para incluir al DAI en este nivel. En este decreto se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6° de la Constitución.
  • Legislación en materia de transparencia

    Todos los estados contaban con legislación en materia de transparencia y acceso a la información. A pesar de ello, el marco normativo en cada estado era muy distinto, lo que derivó en una enorme heterogeneidad en las normas y en la efectividad de su aplicación (DM, 2014).
  • Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    En 2013 se hicieron reformas al Artículo 6o. Constitucional, los cuales garantizaron en correspondencia con lo dispuesto en los tratados internacionales en la materia el derecho de toda persona, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
  • Nuevas reformas al Artículo 6o Constitucional

    Posteriormente, el 7 de febrero de 2014, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación otra reforma al artículo 6º constitucional para renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances de dichos derechos en México (LGTAIF, 2015).
  • Promulgación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

    La finalidad de este instrumento jurídico fue ampliar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información para que México adoptara el nuevo paradigma de gobierno abierto.
    Asimismo se consolido el Sistema Nacional Anticorrupción, instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos.