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Reconocimiento
El derecho de la protección de datos personales,
es un derecho humano reconocido a nivel
internacional después de la segunda guerra
mundial, a través de la Declaración Universal de
los Derechos Humanos. -
Creación del Ifai
Se crea el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública por parte del gobierno como encargado de la protección de datos personales en México. -
Publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Se publica la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información pública gubernamental cuyo fin es regular el derecho el acceso a la información bajo los límites que impone el mismo. Estos se basan el artículo 13°, 14° y 18° de la Ley Federal de Transparencia. -
Cumbre Iberoamericana
La red Iberoamericana tenía el objetivo de crear leyes para asegurar y garantizar que los datos personales de los ciudadanos estuvieran protegidos. -
Resolución 1189/05
El pleno del Ifai da a conocer que las actas de matrimonio, nacimiento y defunción no son considerados información confidencial, por lo tanto no se le puede negar su otorgamiento. -
Lineamientos de Protección de Datos Personales
El capítulo IV establece un marco general que
regula la obtención, transmisión, uso y manejo
de los datos personales en posesión de
dependencias y entidades federales. Obtener el consentimiento
del titular para poder tratar sus datos
personales, informar a los particulares los
propósitos para los que se recaban los datos, y
adoptar las medidas técnicas necesarias para
garantizar la seguridad de los datos personales. -
Artículo 16° Constitucional.
se aprueba la iniciativa de agregarle dos párrafos al artículo 16° con el fin de reconocer el derecho de la protección de datos personales y posteriormente presentado a la cámara de senadores. -
Derechos ARCO
Aprobación de los derechos ARCO: Acceso, Ratificación, Cancelación y Oposición. -
Decreto del Artículo 6°.
Se comunica por medio de Diario Oficial Federal que se le agregaría un segundo párrafo al 6° artículo constitucional donde marca la protección de datos personales más no el derecho al acceso de información, esto marca una gran pauta. -
Reforma del artículo 16°
Se presentó ante el Pleno de la Cámara de
Senadores, un proyecto por el cual se
adiciona un párrafo al artículo 16
constitucional con la finalidad de
reconocer el derecho a la protección de
datos personales como una garantía
fundamental y autónoma. -
Aprobación de la reforma del art. 16°
El dictamen fue aprobado por 97 votos a
favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación
alguna, turnando la minuta a la Cámara de
Diputados para los efectos correspondientes. -
Protección a Datos Personales y Derechos ARCO.
Se da a conocer la plena protección de datos personales con los derechos ARCO para poder crear la Ley Federal de Protección de Datos en posesión de los particulares. -
Aprobación por parte de las legislaturas.
La mayoría de las
legislaturas locales aprobaron la reforma
constitucional propuesta por el Congreso
Federal, la cual fue publicada en el Diario Oficial
de la Federación. -
Ley Federal de Protección de Datos en posesión de particulares.
La finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la
autodeterminación informativa de las personas. Es aplicable para todas las personas físicas o
morales de carácter privado que para sus
actividades cotidianas recaben, manejen y
utilicen información personal en territorio
nacional. -
Modificación del art. 6° apartado A.
El ejecutivo Federal decreta la modificación del Art. 6° apartado A, fracción VIII.
Establece que habrá un organismo autónomo que cuidará de los datos personales. -
Cambio del IFAI por INAI
El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) cambió su nombre por el de Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), como parte de las modificaciones en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.