Derecho a los datos personales en México.

  • Reconocimiento

    Reconocimiento
    El derecho de la protección de datos personales,
    es un derecho humano reconocido a nivel
    internacional después de la segunda guerra
    mundial, a través de la Declaración Universal de
    los Derechos Humanos.
  • Creación del Ifai

    Creación del Ifai
    Se crea el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública por parte del gobierno como encargado de la protección de datos personales en México.
  • Publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Se publica la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información pública gubernamental cuyo fin es regular el derecho el acceso a la información bajo los límites que impone el mismo. Estos se basan el artículo 13°, 14° y 18° de la Ley Federal de Transparencia.
  • Cumbre Iberoamericana

    Cumbre Iberoamericana
    La red Iberoamericana tenía el objetivo de crear leyes para asegurar y garantizar que los datos personales de los ciudadanos estuvieran protegidos.
  • Resolución 1189/05

    El pleno del Ifai da a conocer que las actas de matrimonio, nacimiento y defunción no son considerados información confidencial, por lo tanto no se le puede negar su otorgamiento.
  • Lineamientos de Protección de Datos Personales

    Lineamientos de Protección de Datos Personales
    El capítulo IV establece un marco general que
    regula la obtención, transmisión, uso y manejo
    de los datos personales en posesión de
    dependencias y entidades federales. Obtener el consentimiento
    del titular para poder tratar sus datos
    personales, informar a los particulares los
    propósitos para los que se recaban los datos, y
    adoptar las medidas técnicas necesarias para
    garantizar la seguridad de los datos personales.
  • Artículo 16° Constitucional.

    Artículo 16° Constitucional.
    se aprueba la iniciativa de agregarle dos párrafos al artículo 16° con el fin de reconocer el derecho de la protección de datos personales y posteriormente presentado a la cámara de senadores.
  • Derechos ARCO

    Derechos ARCO
    Aprobación de los derechos ARCO: Acceso, Ratificación, Cancelación y Oposición.
  • Decreto del Artículo 6°.

    Se comunica por medio de Diario Oficial Federal que se le agregaría un segundo párrafo al 6° artículo constitucional donde marca la protección de datos personales más no el derecho al acceso de información, esto marca una gran pauta.
  • Reforma del artículo 16°

    Se presentó ante el Pleno de la Cámara de
    Senadores, un proyecto por el cual se
    adiciona un párrafo al artículo 16
    constitucional con la finalidad de
    reconocer el derecho a la protección de
    datos personales como una garantía
    fundamental y autónoma.
  • Aprobación de la reforma del art. 16°

    El dictamen fue aprobado por 97 votos a
    favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación
    alguna, turnando la minuta a la Cámara de
    Diputados para los efectos correspondientes.
  • Protección a Datos Personales y Derechos ARCO.

    Protección a Datos Personales y Derechos ARCO.
    Se da a conocer la plena protección de datos personales con los derechos ARCO para poder crear la Ley Federal de Protección de Datos en posesión de los particulares.
  • Aprobación por parte de las legislaturas.

    Aprobación por parte de las legislaturas.
    La mayoría de las
    legislaturas locales aprobaron la reforma
    constitucional propuesta por el Congreso
    Federal, la cual fue publicada en el Diario Oficial
    de la Federación.
  • Ley Federal de Protección de Datos en posesión de particulares.

    Ley Federal de Protección de Datos en posesión de particulares.
    La finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la
    autodeterminación informativa de las personas. Es aplicable para todas las personas físicas o
    morales de carácter privado que para sus
    actividades cotidianas recaben, manejen y
    utilicen información personal en territorio
    nacional.
  • Modificación del art. 6° apartado A.

    El ejecutivo Federal decreta la modificación del Art. 6° apartado A, fracción VIII.
    Establece que habrá un organismo autónomo que cuidará de los datos personales.
  • Cambio del IFAI por INAI

    Cambio del IFAI por INAI
    El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) cambió su nombre por el de Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), como parte de las modificaciones en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.