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Comienzo. Declaración Universal de los Derechos Humanos
El derecho de la protección de datos personales,
es un derecho humano reconocido a nivel
internacional después de la segunda guerra
mundial, a través de la Declaración Universal de
los Derechos Humanos de 1948. -
En la union Europea
En la Unión Europea, el derecho a la vida privada fue reconocido por primera vez en el artículo 8o. del Convenio para la Protección de
los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales en 1950. -
Primer Instrumento Normativo
El primer instrumento normativo en
materia de protección de datos
personales es la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental, publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 11 de julio de 2002. En este ordenamiento se
contempló un capítulo de protección de
datos personales, en el cual se
establecieron los principios generales
que rigen el tratamiento de datos
personales en posesión de los entes
públicos -
Plan nacional de desarrollo
Desde el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 se prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la
protección de datos personales en poder de los
particulares, -
Reforma articulo 73
El 27 de marzo de 2007 se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual
tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en
posesión de los particulares. -
reforma al articuo 16
Por otro lado, la aprobación del Decreto por el
cual se adicionó un segundo párrafo con siete
fracciones al artículo 6 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos marcó
una importante pauta para el derecho de la
protección de datos personales. Dicha reforma
fue publicada el 20 de julio de 2007 en el Diario
Oficial de la Federación. -
proyecto para adicionar un parrafo al articulo 16
En relación al tema, el 25 de noviembre de 2008, se
presentó ante el Pleno de la Cámara de
Senadores, un proyecto por el cual se
adiciona un párrafo al artículo 16
constitucional con la finalidad de
reconocer el derecho a la protección de
datos personales como una garantía
fundamental y autónoma. -
Reconocimiento pleno a protección de datos personales
Con las reformas a los artículos 16 y 73 constitucionales
en 2009, con las que se otorgó el reconocimiento
pleno a la protección de datos personales como
un derecho fundamental y autónomo. Estas
reformas facultaron al Congreso de la Unión
para legislar en la materia -
Reconocimiento del Derecho a la Proteccion de Datos Personales
Derivado de lo anterior, el Estado Mexicano
reconoció el derecho a la protección de datos
personales como un derecho fundamental y
autónomo; asimismo, se establecieron las bases
para expedir legislación que regulara el
tratamiento de datos personales en posesión de
particulares. -
Aprobación de proyecto del decreto.
El 19 de marzo de 2009, el Senado realizó el
conteo de los votos de las legislaturas de los
estados y emitió la declaratoria de aprobación
del proyecto de decreto, publicándose en el
Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de
2009. -
Ley Federal de Protección de Datos Personales
Fue en 2010 cuando se emite la primera Ley
Federal de Protección de Datos Personales en
Posesión de Particulares, que como su nombre lo dice aplica para los datos que estén en poder
de privados. -
Bibliografias
1) https://buap.blackboard.com/bbcswebdav/pid-1623506-dt-content-rid-6982247_2/courses/DLDEM800_Proteccion_de_Datos_Personales_Oto17/modulo_02/modulo2.pdf 2) file:///C:/Users/lenovo/Downloads/10486-12878-1-PB%20(1).pdf