Derecho a la Protección de Datos Personales en México Almazán Rosas Madahi 201763519
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Declaración Universal de los Derechos Humanos
Establece en su artículo 12 que “nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o reputación. Toda persona tiene el derecho a la protección de la ley contra tales ataques o injerencias”. -
Convenio Europeo de Derechos Humanos
Establece unos elementos de garantía (procedimentales e institucionales), lo que supone un significativo avance en el ejercicio efectivo del derecho y de forma genérica en la protección de la vida privada. -
Pacto Internacional de derechos civiles y políticos de 1966
Vuelve al contenido de la Declaración Americana de Derechos y Deberes y a la Declaración Universal de 1948. -
Pacto de San José de Costa Rica de 1970
Dedica su artículo 11 a la protección de la honra y de la dignidad, y reitera los contenidos de las declaraciones y pactos vistos, a excepción del Convenio de Roma. -
Directrices OCDE
Los países miembro de la OCDE han consideraron necesario elaborar Directrices que ayudaran a armonizar la legislación nacional relativa a la intimidad y que, a la vez que defendieran tales derechos e impidan interrupciones en la circulación internacional de datos. -
Convenio 108 del Consejo de Europa
Convenio 108 del Consejo de Europa para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal. -
Directrices para la regulación de los archivos de datos personales informatizados
ONU delimita los principios relativos a las garantías mínimas que deben prever las legislaciones nacionales. -
Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo
Es relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos datos. -
Marco de privacidad de APEC
APEC promueve un acercamiento flexible a la protección de la privacidad de la información en las Economías Miembro de APEC, evitando la creación de barreras innecesarias para los flujos de información. -
Protocolo adicional al convenio 108
Concebido para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal y relativo a transferencia de datos. -
Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental
Se contempló un capítulo de protección de
datos personales, en el cual se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos, así como disposiciones que originaron los derechos de acceso y rectificación. -
Declaración de Santa Cruz de la Sierra
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Lineamientos de Protección de Datos Personales
Establece las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los principios para el tratamiento de datos personales en la Administración Pública Federal y establecen las condiciones y requisitos mínimos para el manejo y custodia de los sistemas de datos personales en la Administración Pública Federal. -
Directrices para la armonización de la protección de datos en la Comunidad Iberoamericana
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Period: to
Plan Nacional de Desarrollo
Se prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales en poder de los particulares, tomando como base lo dispuesto en los principios y tratados internacionales. -
Proyecto de decreto para reformar el artículo 73 constitucional
Se presentó un proyecto de decreto para reformar el artículo 73 constitucional, tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares. -
Reforma al artículo 6 constitucional
Decreto por el cual se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. -
El dictamen de referencia se aprobó
El dictamen de reforma al artículo 73 se aprobó por unanimidad. -
El Senado recibe la minuta en cuestión
El Senado recibió la minuta en cuestión, la cual fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos. -
Reunión de la Comisión de Puntos constitucionales del Senado de la República
Se discutió y aprobó el pre dictamen con una pequeña modificación en la numeración de la fracción añadida, la cual no implicó modificar el contenido del texto. -
Reforma al artículo 16 constitucional
Adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma. -
Dicho dictamen fue aprobado por el Pleno de la cámara de Senadores
Dicho dictamen fue aprobado por el Pleno de la cámara de Senadores el 4 de diciembre de 2008, turnándose la minuta a las legislaturas de los estados, a fin de que lo votaran. -
Primera lectura del dictamen
El dictamen correspondiente se agendó para primera lectura el 11 de diciembre de 2008 y le fueron dispensados los trámites correspondientes. -
Conteo de los votos de las legislaturas de los estados
Mayoría de las legislaturas locales aprueban la reforma constitucional por el Congreso federal. -
Aprobación del proyecto de decreto
Emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto, publicándose en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de
2009. -
Reformas a los artículos 16 y 73 constitucionales
Se otorgó el reconocimiento pleno a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo. Estas reformas facultaron al Congreso de la Unión para legislar en la materia. -
Dictamen de referencia se aprobó por unanimidad
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Resolución de Madrid
Define un conjunto de principios y derechos que garanticen la efectiva protección de la privacidad a nivel internacional, en relación con el tratamiento de datos de carácter personal y facilitar los flujos internacionales de datos personales. -
La Cámara de Senadores turnó el dictamen
El 29 de abril de 2010 la Cámara de Senadores turnó el dictamen aprobado a la Cámara de Diputados radicando su estudio y valoración en las Comisiones Unidas de Gobernación, Función Pública y Justicia. -
Primera Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares
Su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los
particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas. -
Pasa de ser IFAI a INAI