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derecho a la protección de datos personales en mexico

By raull
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    1948

    El derecho de la protección de datos personales, es un derecho humano reconocido a nivel internacional después de la segunda guerra mundial, a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
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    2002

    Particularmente fue la Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental la que incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público
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    2002

    Las fracciones II y III tienen la virtud de ser las primeras menciones constitucionales que hacen un reconocimiento del derecho a la protección de datos personales, dando continuidad a la labor iniciada por el legislador a través de la Ley Federal de Transparencia de 2002.
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    2002

    El primer instrumento normativo en materia de protección de datos personales es la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de julio de 2002. en el cual se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos
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    2005

    dentro de las obligaciones derivadas de la Ley para los entes públicos federales se encuentran procurar que los datos sean exactos y actualizados, y reportar al órgano garante el listado actualizado de los sistemas de datos personales que posean por cualquier título. también es aplicable a los datos del sector público, los Lineamientos de Protección de Datos Personales, publicados por el entonces IFAI
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    2007

    se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Módulo 2 Evolución normativa del derecho a la protección de datos personales en México 6 Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares
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    2007

    el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo Federal, el Poder Judicial de la Federación, los órganos constitucionales autónomos, los tribunales administrativos federales, así como cualquier otra autoridad, entidad, órgano u organismo federal; asimismo, prevé una serie de disposiciones comunes para los sujetos obligados que configuran y dotan de contenido al derecho de protección de datos. Dicha reforma fue publicada el 20 de julio de 2007 en el Diario Oficial de la Federación.
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    2008

    La reforma al artículo 16 constitucional también impacta en la temática de la protección de datos, no sólo reconoce este derecho, sino que también lo dota de contenido al establecer que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos,
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    2009

    La entrada en vigor de la primera ley de transparencia en el país, marcó el camino de la protección de datos personales a nivel nacional en el sector público, y posteriormente con las reformas a los artículos 16 y 73 constitucionales con las que se otorgó el reconocimiento pleno a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo.
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    2010

    Fue en 2010 cuando se emite la primera Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, que como su nombre lo dice aplica para los datos que estén en poder de privados.
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    2010

    Al sector privado le es aplicable la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares.. Esta Ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación y su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas.
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    2012

    desde el Plan Nacional de Desarrollo, se prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales en poder de los particulares, tomando como base lo dispuesto en los principios y tratados internacionales
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    2017

    Actualmente hay legislaturas que prevén el derecho de la protección de datos personales en ordenamientos diferentes (aquellos datos en posesión del sector público y del sector privado); sin embargo, con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, que hoy día se desarrolla, se establecerán las bases mínimas a considerar en el derecho de protección de datos personales, mismas que deberán ser incorporadas a las legislaturas locales.