Diaprotecciondatos

EVOLUCIÓN DEL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN MÉXICO.

  • DERECHO DE LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

    DERECHO DE LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
    Es un Derecho Humano reconocido a nivel internacional después de la segunda guerra mundial, a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
  • LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL.

    LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL.
    En este ordenamiento se contempló un capítulo de protección de datos personales, en el cual se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos (consentimiento, información, seguridad, calidad, etc.), así como disposiciones que originaron los derechos de acceso y rectificación.
  • LINEAMIENTOS DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

    LINEAMIENTOS DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
    Publicados por el entonces IFAI. Este instrumento tiene como finalidad establecer las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar al titular de los datos, la facultad de decidir sobre el uso y destino de su información, a fin de asegurar su adecuado tratamiento e Impedir su transmisión ilícita y lesiva.
  • Period: to

    PLAN NACIONAL DE DESARROLLO.

    Se prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales.
  • PROYECTO DE DECRETO PARA REFORMAR EL ARTÍCULO 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

    PROYECTO DE DECRETO PARA REFORMAR EL ARTÍCULO 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
    Tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
  • APROBACIÓN DEL DECRETO DONDE SE ADICIONÓ UN SEGUNDO PÁRRAFO CON SIETE FRACCIONES AL ARTÍCULO 6 DE LA CONSTITUCIÓN MEXICANA.

    APROBACIÓN DEL DECRETO DONDE SE ADICIONÓ UN SEGUNDO PÁRRAFO CON SIETE FRACCIONES AL ARTÍCULO 6 DE LA CONSTITUCIÓN MEXICANA.
    Marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales.
  • PROYECTO POR EL CUAL SE ADICIONA UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL.

    PROYECTO POR EL CUAL SE ADICIONA UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL.
    Su finalidad es la de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
  • APROBACIÓN DEL PROYECTO EN EL CUAL SE ADICIONA UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL

    APROBACIÓN DEL PROYECTO EN EL CUAL SE ADICIONA UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL
    Por 97 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación alguna, turnando la minuta a la Cámara de Diputados para los efectos correspondientes.
  • REFORMAS A LOS ARTÍCULOS 16 Y 73 CONSTITUCIONALES.

    REFORMAS A LOS ARTÍCULOS 16 Y 73 CONSTITUCIONALES.
    Se otorgó el reconocimiento pleno a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo. Estas reformas facultaron al Congreso de la Unión para legislar en la materia.
  • APROBACIÓN DE LA REFORMA A LOS ARTÍCULOS 16 Y 73 PROPUESTA POR EL CONGRESO DE LA UNIÓN.

    APROBACIÓN DE LA REFORMA A LOS ARTÍCULOS 16 Y 73 PROPUESTA POR EL CONGRESO DE LA UNIÓN.
    La mayoría de las legislaturas locales aprobaron la reforma propuesta por el congreso de la unión.
  • LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES.

    LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES.
    Su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los
    particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas.
  • ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS EN POSESIÓN DE PARTICULARES.

    Entra en vigor de la LFPDPPP.
  • LINEAMIENTOS PARA LA GENERACIÓN DEL AVISO DE PRIVACIDAD.

    LINEAMIENTOS PARA LA GENERACIÓN DEL AVISO DE PRIVACIDAD.
    La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial​ de la Federación los lineamientos para la generación del Aviso de Privacidad, a efectos de minimizar la necesidad de que se deba recurrir a empresas privadas para obtener asesoramiento en su creación. En dicha publicación se diferencian tres formas del Aviso de Privacidad: Integral, Simplificado y Corto, según su aplicación.