1.

Derecho a la protección de datos personales

  • Declaracion universal de los Derechos Humanos

    Declaracion universal de los Derechos Humanos
    El antecedente se encuentra en el
    reconocimiento del derecho a la vida privada de
    las personas.
    El derecho de protección de datos personales
    es un derecho subjetivo, autónomo y de tercera
    generación,
  • Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental

     Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental
    Incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector
    público
  • Ley Federal de Transparencia

     Ley Federal de Transparencia
    Esta reforma señala también la necesidad de
    contar con un dispositivo legal que regule el
    derecho a la protección de datos digitales
  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

    Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
    Se contempló un capítulo de protección de
    datos personales, en el cual se
    establecieron los principios generales
    que rigen el tratamiento de datos
    personales en posesión de los entes
    públicos (consentimiento, información,
    seguridad, calidad, etc.)
  • Lineamientos de Protección de Datos Personales (IFAI)

    Lineamientos de Protección de Datos Personales (IFAI)
    Este instrumento tiene como finalidad
    establecer las políticas y procedimientos que
    deben observar las dependencias y entidades de
    la Administración Pública Federal para
    garantizar al titular de los datos, la facultad de
    decidir sobre el uso y destino de su información,
    a fin de asegurar su adecuado tratamiento e
    impedir su transmisión ilícita y lesiva
  • Plan Nacional de Desarrollo

    Plan Nacional de Desarrollo
    Prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la
    protección de datos personales en poder de los
    particulares, tomando como base lo dispuesto
    en los principios y tratados internacionales
    .
  • Reforma del anticulo 73

    Reforma del anticulo 73
    Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un
    proyecto de decreto para reformar el
    artículo 73 de la Constitución Política de
    los Estados Unidos Mexicanos, el cual
    tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en
    posesión de los particulares10.
  • Diario Oficial de la Federación

    Diario Oficial de la Federación
    Aprobación del Decreto por el cual se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución
    Política de los Estados Unidos Mexicanos marcó
    una importante pauta para el derecho de la
    protección de datos personales
  • disputa del decreo del art 73

    disputa del decreo del art 73
    se llevó a cabo una reunión de la Comisión de Puntos
    constitucionales del Senado de la República, en
    la cual se discutió y aprobó el pre dictamen con
    una pequeña modificación en la numeración de
    la fracción añadida, la cual no implicó modificar
    el contenido del texto. Dicho dictamen fue
    aprobado por el Pleno de la cámara de Senadores
  • La reforma al artículo 16 constitucional

    La reforma al artículo 16 constitucional
    Se presentó ante el Pleno de la Cámara de
    Senadores, un proyecto por el cual se
    adiciona un párrafo al artículo 16
    constitucional con la finalidad de
    reconocer el derecho a la protección de
    datos personales como una garantía
    fundamental y autónoma.
  • Iniciativa a las Comisiones de Puntos Constitucionales

    Iniciativa a las Comisiones de Puntos Constitucionales
    Esta iniciativa fue turnada a las Comisiones
    de Puntos Constitucionales y de Estudios
    Legislativos, que elaboraron el dictamen
    correspondiente para su lectura y aprobación
    por el Pleno del Senado. El dictamen fue aprobado por 97 votos a
    favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación
    alguna, turnando la minuta a la Cámara de
    Diputados para los efectos correspondientes
  • Primera lectura del dictamen

    El dictamen correspondiente se agendó para
    primera lectura fueron dispensados los trámites
    correspondientes. Finalmente, se discutió y
    aprobó en lo general y en lo particular con 340
    votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones sin
    modificación alguna, turnándose a las
    legislaturas de los estados.
  • Conteo de votos

    Conteo de votos
    el Senado realizó el conteo de los votos de las legislaturas de los
    estados y emitió la declaratoria de aprobación
    del proyecto de decreto, publicándose en el
    Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de
    2009. el Estado Mexicano
    reconoció el derecho a la protección de datos
    personales como un derecho fundamental y
    autónomo; asimismo, se establecieron las bases
    para expedir legislación que regulara el
    tratamiento de datos personales en posesión de
    particulares.
  • La primera Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares

     La primera Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares
    El sector comercial ha tenido un especial
    interés respecto a la regulación de datos
    personales en los países, atendiendo a la
    circulación internacional de los mismos. México
    forma parte y donde ha contraído obligaciones y
    compromisos encaminados a garantizar un
    marco legislativo adecuado que garantice la
    protección de datos personales
  • Cámara de Senadores

    Cámara de Senadores
    La Cámara de Senadores
    turnó el dictamen aprobado a la Cámara de
    Diputados radicando su estudio y valoración en
    las Comisiones Unidas de Gobernación, Función
    Pública y Justicia
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales

     Ley Federal de Protección de Datos Personales
    Al sector privado le es aplicable la Ley Federal de
    Protección de Datos Personales en posesión de
    los Particulares (LFPDPPP). La autoridad
    competente para garantizar este derecho es el
    INAI, su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los
    particulares, con la finalidad de regular su
    tratamiento legítimo, controlado e informado, a
    efecto de garantizar la privacidad y derecho a la
    autodeterminación informativa de las personas.