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Period: 6000 BCE to 476 BCE
Cultura mesopotámica
Es una región de Asia Occidental ubicada entre los Ríos Tigris y Eufrates en la edad antigua. Lo que hoy conocemos como Oriente próximo ocupando parte de Irack, Turquía y Siria. -
5000 BCE
Mesopotamia
La denominada cultura entre ríos es en realidad la historia de una gran variedad de pueblos que se asentaron entre los ríos Tigris y Éufrates, durante los años 3500 y 2800 a. C., y cuyo dominio se extendió hasta la llegada de los persas, en el 550 a. C. -
3500 BCE
Ubicación temporal y territorial de Mesopotamia
Su localización entre los ríos Tigris y Éufrates, correspondiendo a la actual República de Irak (proclamada así desde 1958). Se encuentra ésta, rodeada por Siria al noroeste, Turquía
al norte, Irán al este, Kuwait al sureste, Arabia Saudita al sur y Jordania al oeste. Actualmente se hablan aquí, el árabe, kurdo, persa, turco y azerí. -
3100 BCE
Características Mesopotamia
Su religión eran politeísta los dioses que se veneraban eran antropomórficos, es decir que tenían una apariencia similar a la de los seres humanos.
La invención de la escritura cuneiforme.
Sus normas de justicia fueron básicamente de orden penal, donde las penas divinas
(religiosas), debían ser más graves que las de tipo civil. -
Period: 3000 BCE to 31 BCE
Cultura egipcia: Ubicación temporal y espacial
• África nororiental
• 3000 a.C- 31 a.C -
2500 BCE
Cultura Egipcia: Características
Estableció una religión politeísta, cuyos principales dioses fueron Osiris, Isis, Horus y Seth.
Tenía una sociedad jerarquizada, con clases privilegiadas que vivían del tributo que pagaba la mayoría de la población.
Desarrolló un complejo sistema de escritura que evolucionó a través del tiempo. -
2500 BCE
Cultura India: Ubicación territorial y temporal
Territorial: Noroeste del subcontinente indio (sobre todo en los actuales estados de India y Pakistán), a lo largo del valle del Indo, en una tierra fértil regada por el río Indo y sus afluentes.
Temporal: 2,500 a.C -
2500 BCE
Cultura India: Aportaciones en el ámbito jurídico
Corpus jurídico actual, ratificado con el nacimiento de la República (1947), se presenta por algunos como un corpus heterogéneo de normas, forma un sistema único de leyes y, mantiene la unidad del subcontinente.
El “nuevo” derecho indio emanado de la Constitución de 1950, es un derecho soberano, “secular”, “moderno”, republicano, democrático, que originó entre otras consecuencias que en octubre de 1951 -
2069 BCE
China: Características
El sistema jurídico chino se inspira en valores culturales tradicionales que se originan en la ética, valores que se inspiran en una precisa jerarquía entre los principios morales hace un equilibrio armónico. Además, tiene estructuras e institutos que los ordenamientos occidentales no usan.
Se basa en la desigualdad de las fuerzas la primacía de los derechos colectivos con respecto a los derechos individuales. -
1770 BCE
China: Ubicación temporal
La antigua China se localizaba al Norte el desierto de Gobi y Mongolia; al Sur el Mar de China y las Selvas de Indochina, al Este el Mar amarillo y el Mar de China, al Oeste las montañas del Tíbet y el Turquestán. -
1750 BCE
Código Hammurabi
Primer código de leyes, regula la vida social y económica en todos sus aspectos, estableciendo un riguroso e implacable sistema penal, basado por lo general en la conocida “Ley del Talión". Con 280 preceptos tratando temas como deudas, matrimonio, prestación de servicios, contratos por comisión y diversos delitos -
1600 BCE
Cultura India: Características
Periodo Hindú (XVI a.C. a siglo XVI d.C.)
Sistema judicial más antiguo del mundo
Periodo Mogol (XVI d.C. a siglo XVIII d.C.)
Aparición del Derecho Musulmán en una buena parte del territorio y de la población hindú
Periodo inglés (siglo XVII a siglo XX)
Decreto de la Constitución de la CBIO (1600) y la Declaración de Independencia de la India 15 de agosto 1947
Etapa Moderna (de 1947 a la fecha)
26 de enero de 1950 en que se promulga la Constitución de la India -
1564 BCE
Cultura hebrea: Aportaciones en el ámbito jurídico
Monoteísta, religioso, generan la Torá incluyendo los 10 Mandamientos, Instituciones Políticas recogidas en la Torá, el éxodo, normas de convivencia.
Sus leyes tienen sentido humanitario, raíces del derecho penal.
Publicación Código Ley Judía -
1500 BCE
Cultura hebrea: Características
En el derecho hebreo se destacan la organización de la justicia, las leyes criminales -poco estudiadas desde Occidente-
Israel tiene una marcada tendencia hacia la centralización política y administrativa; sistema multipartidista y de coaliciones.
En el derecho hebreo siempre se ha dado un decoro y dignidad especial a la justicia a través de la Biblia o Antiguo Testamento y el resto de sus fuentes del derecho, se han ido estableciendo los principios de justicia, así como la función del juez. -
1400 BCE
Cultura Egipcia: Aportaciones en el ambito jurídico
Penas (privación de libertad, requisa de propiedades, trabajos forzados, castigos corporales y pena de muerte)
Estela de Guiza: Regulaba las relaciones comerciales.
Decreto de Neferirkara y Neferirkara Pepy: Regulaba la relación entre los Sacerdotes y la clase trabajadora.
Decreto de Coptos: Para nombrar a las autoridades judiciales.
Decreto de Horemheb: Consta de 9 partes, creado para combatir la corrupción.
Código de Hermópolis: Derecho Civil
Papiro Abbot: Saqueo de tumbas -
1209 BCE
Cultura hebrea: Ubicación territorial y temporal
Territorial: Israel abarcaba desde el sur del Líbano a la península del Sinaí y del mar Mediterráneo al río Jordán, según los escritos de Samuel.
Israel se encuentra en el extremo oriental del mar Mediterráneo, en el suroeste de Asia. Temporal: entre los siglos XII y X a. C. y el nombre «Israel» se menciona por primera vez en el 1209 a. C En el siglo x a. C., Reino de Israel se convirtió en una potencia regional hasta su conquista por el Imperio asirio en el 722 a. C. -
1027 BCE
China: Ubicación territorial
La antigua China estaba ubicada en el este de Asia y limitaba con Corea del Sur y Vietnam por el lado del Mar Oriental de China, la Bahía de Corea, el Mar Amarillo y el Mar del Norte de China -
753 BCE
Derecho Romano: Características
No es el derecho clásico de roma, sino, fundamentalmente, el derecho Corpus Iuris justinianeo.
En derecho romano, tuvo características distintas en cada país
Influenciado por elementos ibéricos, el derecho canónico, natural y germánico. -
Period: 753 BCE to 565
Derecho romano: ubicación temporal
753 a.C. Derecho romano arcaico
449 a. C. Derecho romano preclásico
27 a. C. Derecho romano clásico
235 Derecho romano posclásico
527 Derecho romano justinianeo -
536 BCE
China: Aportaciones en el ámbito jurídico
536 a.C., Cristo Zi Chan, escribe las reglas penales; aparece un código sistemático escrito de leyes.
1911 Constitución provisional de la República China
90´s China inició la promoción de la construcción económica socialista consolidando la base económica para la edificación jurídica.
1999 el establecimiento del principio del estado de derecho es un icono en la creación del sistema jurídico chino y representa al principio de una nueva etapa. -
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Derecho Romano: Aportaciones en el ámbito jurídico
Etapa arcaica: Hitos o cisuras que determinan las características de la familia jurídica romano-germánica. Ley de las XII Tablas
La obra del juez, el praeter romano, el florecimiento de la jurisprudencia clásica.
Códigos Gregoriano y Hermogeniano.
Código Teodosiano y la primera codificación oficial por Teodosio II
Codificación de Justiniano (año 528): Código Digesto, Instituciones y Novelas. -
Mesopotamia: principales aportaciones
Código de Hammurabi.
El primer Texto de Reforma Jurídica 2375 a.C. de Ennmetena (el ensí de la ciudad de Lagash). Uruinimgina 2342 a.C.(cambios en las tarifas de actividades profesionales, impuestos y liberación de deudas)
DERECHO CIVIL: Matrimonio, por compra y divorcio.
DERECHO PENAL: La ejecución de las penas (declaración de los testigos, prueba documental, juramento, juicios de Dios)
Delitos (aborto,adulterio,fraude,homicidio,violación, incesto) Penas(renta,deposito,hipoteca) -
USA: Ubicación territorial y temporal
Territorial: Entre los océanos Pacífico y el Atlántico, limitando con Canadá al norte y con México al sur
Temporal: 4 julio 1776 (Edad Moderna-Contemporánea) -
USA: Características
El derecho se deriva de cuatro fuentes: la constitución, las
leyes, los reglamentos, y el derecho anglosajón (en el cual también se incluye la jurisprudencia o case law). La fuente más importante es la Constitución de Estados Unidos, quedando todas las demás fuentes subordinadas a esa norma -
USA: Ámbito jurídico
1634 Movimiento de codificación del derecho: Códigos sumarios de las colonias.
El derecho de Estados Unidos es un sistema que deriva en gran medida del Common Law (derecho anglosajón) que estaba vigente en el derecho de Inglaterra en la época de la Guerra de Independencia.
La ley suprema de la nación es la Constitución de Estados Unidos, y bajo el principio de supremacía constitucional, las leyes aprobadas por el Congreso y los tratados en que Estados
Unidos sea parte. -
URSS. Ubicación temporal y territorial
Temporal: Está situada en el este de Europa y en el norte de Asia, tiene fronteras con 16 estados y su línea fronteriza es la más larga del mundo con 60 mil kilómetros de extensión.
Territorial: Se extiende por Europa oriental y el N de Asia; 17.075.400 km2, 147.386.000 hab. Cap. Moscú -
URSS: Características
El Estado ruso es un Estado soberano, de derecho,
democrático, federal y social.
Se manifiesta un intento por pertenecer al constitucionalismo occidental.
Se reconoce y protege la propiedad privada y los medios de producción.
Se reconoce como un Estado social, considerando como el más alto valor al hombre, sus derechos y libertades.
Se considera como pueblo multinacional.
Se reconoce como un Estado laico.
Se establece un catálogo de derechos humanos. -
URSS: Aportaciones en el ámbito jurídico
La constitución de la federación rusa tiene vigor jurídico superior, acción directa y se aplica en todo el territorio, se establece una jerarquía estableciendo; las leyes constitucionales (que deben ser votadas por la mayoría calificada) y las leyes federales (que para ser votadas solo basta la mayoría simple).
Decretos del ejecutivo y tratados Internacionales.