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Primera ley
En Suecia, entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la información de particulares contando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la
misma llamado Data Inspektion Board. -
Segundo país en adoptar una ley
Estados Unidos, con una ley de carácter
general titulada Privacy Act. -
Period: to
Mas países crean medidas.
Países como Canadá, Francia, Dinamarca,
Noruega, Austria y Luxemburgo publicaron leyes referentes a la protección de datos personales. -
La OCDE se pronuncia
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico se
pronuncia una recomendación indicando las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales, que constituyó el primer instrumento supranacional que analiza a profundidad el derecho a la protección de estos datos. -
Se aprueba un convenio
Se aprobó un Convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal con la intención de maximizar el amparo y
el cuidado de la información privada de cada sujeto. -
Primer país Latinoamericano adopta medidas
Brasil como primer país latinoamericano promulga una Ley de Protección de Datos. -
Segundo país Latinoamericano
le sigue Argentina quien también promulgó una ley sobre la protección de datos personales. -
Europa toma medidas
Año en que se aprueba la Carta de Derechos
Fundamentales de la Unión Europea, en donde se realzó la protección de los datos personales como
un derecho fundamental. -
Dos años mas tarde
México toma la iniciativa con la entrada en vigor de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la creación del organismo que se encarga de supervisar la mencionada ley: el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI). Vigila solamente a las entidades de la Administración Pública Federal así como también los organismos autónomos como el Instituto Federal Electoral, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Banco de México. -
Evolución en México.
En México, se presenta al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada. -
Un año mas tarde.
Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares. -
Reconocimiento como un derecho fundamental.
Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Senadores un
proyecto en el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional13 con la finalidad de reconocer
el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo -
Se aprueba la iniciativa
Esta iniciativa se turna a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos quienes elaboraron el dictamen correspondiente para su lectura y aprobación por el
Pleno del Senado. El dictamen fue aprobado por 97 votos a favor, 0 en contra. -
Aprobación en todos los estados del país.
La Cámara de Senadores realizó el escrutinio de los votos de las
legislaturas de los Estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto -
Publicación en el DOF
Se publica la reforma correspondiente en el Diario Oficial de la Federación.
México da el primer paso al reconocer el derecho de protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo, contribuye a mejorar la dignidad humana al garantizar la no injerencia y uso indiscriminado y excesivo de los datos de las personas que circulan en las tecnologías de la información. Así se reafirman las bases de una ley que legisle el tratamiento de datos personales en posesión del sector privado. -
Posesión de las empresas particulares.
Se produce la transformación como un organismo público
descentralizado de la Administración Pública Federal con autonomía operativa del Instituto Federal
de Acceso a la Información y Protección de Datos, al cual se le nombrará IFAI, del decreto que expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, desde ahora LFPDPPP.