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Creación de los instrumentos para la justica ordinaria
A partir de la constitución de 1991, se implemento un nuevo tipo de justica en Colombia conocida por el nombre de justica comunitaria, esto permitió que personas particulares administren justica en los conflictos teniendo primeramente una intervención por la vía de la conciliación, si las partes no se ponen de acuerdo un se llevo a cabo una conciliación en equidad, se trata de una persona particular que hace las veces de un juez paz. (Illera et al., 2012). -
Conciliación en equidad
La conciliación en equidad es un mecanismo alternativo de resolución de conflictos a través del cual las partes en conflicto pueden solucionarlo con la ayuda de un tercero denominado conciliador en equidad +, cuya función es proporcionar espacios de entendimiento para que las partes directamente y de forma amigable logren acuerdos sobre los mismos. (Illera et al., 2012). -
Desarrollo de la conciliación
Bajo la ley 446 1998, se introdujo los principios de informalidad y celeridad y celeridad sobre los que se cimienta la conciliación en equidad, con el articulo 86 se eligió a los conciliadores en equidad, con la ley 575 de 2000 se añadió servicios en materia de violencia intrafamiliar y por ultimo la ley 1395 de 2010 donde se estipula la conciliación en equidad como un requisito de procedibilidad para los asuntos en el area civil y familiar. (Illera et al., 2012). -
Mecanismos alternativos de paz
Con el decreto 1818, se crean los mecanismos de estatuto alternos, está repode al mecanismo de conciliación en equidad. (Illera et al., 2012). -
¿Qué son los jueces de paz?
Es una persona líder en una comunidad que para llegar a ser juez de paz debe ser postulado por organizaciones comunitarias con personería jurídica o grupos organizados y vecinos inscriptos, los jueces de paz son elegidos por votación popular por los ciudadanos de la comunidad. (Illera et al., 2012). -
Deber de los jueces en equidad
En el articulo 247 se afirma que la ley podrá crear jueces encargados de resolver en equidad conflictos individuales y comunitarios, los jueces deben ser equitativos y honestos para con la comunidad. (Higuita, 2010). -
¿Qué son las casas de justica?
Las casas de justica funcionan como centros multi agenciales que brindan información, orientación, referencia y prestación de servicios de resolución de conflictos donde hay mecanismos de justica formal y no formal, los servicios de forma amable eficaz y gratuita bajo el artículo 2, decreto 1477 de 2000. (Illera et al., 2012). -
Jueces de paz
Los jueces de paz nacen jurídicamente con la expedición de la constitución política de 1991, la cual se creo como una jurisdicción especial y no como un mecanismo alternativo, brinda a la comunidad la opción de acudir ante un particular denominado juez de paz, para que los ayude a la solución de un conflicto. legalmente la jurisdicción de paz se sustenta en la ley 497 de 1999 y entro a regir en el año 2000. (Illera et al., 2012). -
Objetivos de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos
Con el Articulo 3 del decreto 1477 de 2000, Se hace referencia a los mecanismos alternativos de resolución de conflictos que tienen por objetivo ser una institución prestadora de servicios de justica así como crear espacios de acción integral en materia de la justica comunitaria y justicia no formal. (Illera et al., 2012). -
Inicio de los conciliadores
La primera vez que se nombraron conciliadores en la cuidad barranquilla fue en el año 2004, cunado el tribunal superior del distrito judicial de Barranquilla nombro a 42 lideres comunitarios. (Illera et al., 2012). -
Inicio de los jueces de paz
mediante el acuerdo 0010 del 10 de agosto de 2004 en uso de sus facultades constitucionales y legales convoco por primera vez a las elecciones de jueces de paz. se eligieron 51 jueces. (Illera et al., 2012).