-
Etapa Independiente
Desde que México eligió la forma republicana de gobierno, poco después de declararse independiente, surgieron las primeras estructuras de gobierno y ejercicio del poder administrativo. Durante ese período la estructura de la administración pública se integró por cuatro ministerios: Relaciones Exteriores e Interiores; Justicia y Negocios Eclesiásticos; Hacienda, y Guerra y Marina. -
Etapa Reformista
En la Reforma se sintieron las tensiones entre la Iglesia y el Estado. No sólo se separó la Iglesia del Estado, sino que a la primera se le quitaron los poderes fiscales especiales y la autonomía judicial: el fuero. La Iglesia fue obligada a comenzar la enajenación de sus vastas propiedades, salvo las destinadas estrictamente al culto. Los temas sobre la administración pública comienzan a abrirse paso como prioritarios en la agenda de la República restaurada. -
Etapa Porfirista
La época del gobierno de Porfirio Díaz fue de gran desarrollo interno en México. Se consiguió un progreso económico sin precedentes. Bajo las condiciones favorables garantizadas por la paz y el gobierno paternalista, el capital extranjero ingresó en el país para explorar las minas, construir ferrocarriles y extraer petróleo. Por primera vez, desde la Independencia, un gobierno estable hizo posible el desarrollo importante de la administración pública. -
Etapa Posrevolucionaria
Con una economía devastada México requería de la rectoría estatal mediante la creación de empresas públicas que favorecieran la igualdad, el progreso y el pleno desarrollo económico. Esto hizo surgir un nuevo y diferente tipo de administración pública en toda la escala de las jerarquías gubernamentales. Con la Constitución de 1917, la forma de gobierno siguió siendo republicana, representativa, democrática y federal; se refrendó la división de poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial. -
Etapa Contemporánea
Algo de suma importancia en la administración pública, fue la reforma administrativa en el gobierno de José López Portillo que tuvo como principales directrices la de crear el Sistema Nacional de Planeación y buscó tener una orientación programática con la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, así como con la Ley de Deuda Pública; lo cual va dando un carácter y una identidad a la administración pública que conocemos hoy. -
Etapa Moderna
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM 2016). Art. 90 Se establece que la Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a la ley orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación. -
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
En dicha Ley establecen las bases de organización de la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal. Dentro de las reformas a la LOAPF el 15 de mayo de 1996 se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Actualmente, se cuenta con 18 Secretarías cuya dependencia es centralizada y todas tienen el mismo rango. Éstas y la Consejería en mención son parte auxiliar del presidente de la República en función administrativa.