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Inicia inscripción de ciudadanos para votar
Art. 49 Ley 1475 de 2011. Ciudadanos que deben incribirse de nuevo debido a cambio de lugar de domicilio o residencia -
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Proceso electoral 2013-2014 en Colombia
Eventos relacionados a las elecciones legislativas en Colombia, año 2013-2014. -
Vence término para el registro del comité grupo significativo de ciudadanos
Parágrafo único del Art. 99 C.E. *1 mes antes de la fecha de cierre de la inscripción de candidatos -
Vence término para el registro del comité de grupo significativo de ciudadanos - Suspensión de incorporación al censo de cédulas por primera vez - Inicia el proceso de inscripciones de candidatos
Art. 28 Ley 1475 de 2011
Art. 66 Código Electoral. Mod. Art. 6 Ley 6 de 1990
Art. 30 Ley 1475 de 1990 -
Solicitud de listas de Jurados de Votación
Art. 5 Ley 163 de 1994. Suscribirlos a entidades públicas, privadas, directorios políticos y establecimientos educativos -
Vence inscripción de ciudadados - Propaganda electoral empleando el espacio público - Publicación del censo electoral - Vence el plazo para que los comandantes de las Fuerzas armadas remitan el listado de cédulas de sus miembros
Art. 30 Ley 1475 de 2011
Art. 35 Ley 1475 de 2011
Art. 8 Ley 6 de 1990
Art. 86 del Código Electoral -
Los registradores de acuerdo con el alcalde establecerán mediante resolución los lugares en que se instalarán masas de votación - Inicia propaganda electoral a través de los medios de comunicación social
Art. 10 Ley 6 de 1990
Art. 35 Ley 1475 de 2011 -
Vence modificación de candidatos por renuncia y no aceptación - Los delegados y registradores distritales deben reportarlos candidatos inscritos
Art. 31 Ley 1475 de 2011
Art. 98 Código Electoral -
Publicación de listado de candidatos inscritos en web y lugar visible - La registraduría nacional del estado civil remite a los organismos competentes para certificar sobre causales de inhabilidad
Art. 33 Ley 1475 de 2011 -
Cierre de inscripción de cédulas - Cierre de inscripción en el exterior - Inician espacios gratuitos en los medios de comunicación social
Art. 49 Ley 1475 de 2011
Art. 50 Ley 1475 de 2011
Art. 36 Ley 1475 de 2011 -
Apertura del sorteo y publicación de listas de jurados votación
Numeral 11 del art. 5 del decreto Ley 1010 de 2000 -
Conformación de listas delegados del Consejo Nacional Electoral
Art. 175 del Código Electoral mod. Art 13 inciso 1 Ley 62 de 1988 -
Cierre del sorteo y publicación de listas de jurados de votación
Numeral 11 del art. 5 del decreto Ley 1010 de 2000 -
Revocatoria de la inscripción por causas constitucionales o legales, inhabilidad sobreviniente o evidenciada con posteridad a la inscripción
Art. 31 Ley 1475 de 2011 -
Selección de delegados del Concejo Nacional Electoral
Art. 175 inciso 2o del C.E. -
Vence término para acreditar los testigos electorales - Designación de comisiones escrutadoras y claveros por los tribunales
Art. 45 Ley 1575 de 2011, resolución 2969 de 2011 CNE
Art 148, 157 y 158 del Código Electoral -
En caso de muerte o incapacidad física, podrán inscribirse nuevos candidatos
Art. 31 Ley 1475 de 2011 -
Vence término para postular testigos electorales
Art. 45 Ley 1475 de 2011, Art. 2. Partidos y movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos y comités promotores del voto en blanco. -
Vence plazo para acreditar testigos
Art. 45 Ley 1475 de 2011, Art. 4. Autoridad electoral acredite los testigos mediante resolución y expide las credenciales. -
Vence plazo para el envío de la resolución que acredite los testigos
Mediante la resolución se expiden las credenciales -
Se inicia período de votación en el exterior
Art. 51 Ley 1574 de 2011 -
Inmunidad de las comisiones escrutadoras - Finalizan los espacios gratuitos en los medios de comunicación social
Art. 127 Código Electoral
Art. 36 de la Ley 1475 de 20111 -
A las 6 p.m. inicia ley seca
Art. 206 Código Electoral -
Clausura de período de votación en el exterior
Ar. 51 Ley 1475 de 2011 -
Día de la elección - Los miembros de la comisión escrutadora deben asistir a la sede del escrutinio - Inicia del escrutinio distrital, auxiliar y municipal
Art. 207 Código Electoral
Art. 42 Ley 1475 de 2011
Art. 41 Ley 1475 de 2011 -
Finaliza la ley seca - Continúan los escrutinios distritales municipales y auxiliares
Art. 206 del Código Electoral
Art. 41 Ley 1475 de 2011 -
Inician los escrutinios departamentales
Art. 43 Ley 1475 de 2011