-
509 BCE
ROMA
En la antigua ciudad de Roma, se encuentran como antecedentes el Intercessio y el homine libero exhibendo. -
457 BCE
ROMA
La intercessio, se traduce como interceder y era la acción que hacia un cónsul sobre otro cónsul, y ésta estaba destinada a evitar los de abuso de autoridad, dejando sin efectos esos actos. -
450 BCE
ROMA
La Ley de las Doce Tablas fue la primera ley escrita romana, su administración estaba reservada a los sacerdotes, los cuales se basaban en rituales, sacrificios y visiones, con lo que la justicia estaba sujeta a todas las arbitrariedades. -
530
ROMA
Se encuentra el Homine libero exhibendo con fundamento en el Corpus iuris civilis y se traduce como exhibir al hombre, éste procedía contra la persona que retiene a otra sin ésta tener una potestad sobre la primera, y su función es la protección para los hombres libres que eran privados de su libertad por otro de manera arbitraria. -
1214
INGLATERRA
El rey poseía tanto poder, que abusaba de éste, por lo tanto el pueblo buscó un medio para poder ponerle fin a ese abuso extremo. -
1215
INGLATERRA
CARTA MAGNA
Este documento otorgó amplios derechos, al principio a la nobleza y más tarde a los ciudadanos de Inglaterra, hubo reducción a los impuestos que cobraba el rey, regresar poder a la iglesia entre otros sobre los derechos de los gobernados. -
1221
INGLATERRA
Se crea la Ley de las 7 Partidas que habla sobre el amparamiento, es una obra jurídica máxima, su finalidad era para que se tomaran como fundamento para los asuntos que por ellas debieran ser juzgados, mientras que los demás asuntos que requerían la intervención jurídica estos serían resueltos conforme a derecho. -
1258
INGLATERRA
Se crearon las provisiones de Oxford, ya que se buscaba delimitar el poder del rey por parte de la nobleza, poniéndolo bajo un control parlamentario, debían reunirse tres veces al año, monitoraría el funcionamiento de este consejo. Su importancia residía en que, por primera vez, la Corona inglesa era forzada a reconocer los derechos y poderes del Parlamento. -
1452
ESPAÑA
Se creó el Fuero de Vizcaya, documento que consagro los derechos de los ciudadanos a oponerse al monarca. -
1532
ESPAÑA
El dominico Francisco de Vitoria se cuestiona conceptos medievales del derecho y se reivindican libertades inusitadas para la época, poniendo en primer plano los derechos naturales del hombre, puesto que todos los hombres comparten la misma naturaleza también comparten los mismos derechos. -
FRANCIA
El Edicto de Nantes constituye un importante hito en la larga historia de la conquista de las libertades de los individuos, tenía por objeto lograr la coexistencia de las dos confesiones, con los mismos derechos, en el seno del Estado católico francés. -
INGLATERRA
La Petición de Derechos, que protegía los derechos personales y patrimoniales. Presentada por el Parlamento y aprobada a la fuerza por el rey Carlos I, al no respetar este posteriormente las reclamaciones que contenía se originó la Revolución Inglesa. -
INGLATERRA
Thomas Hobbes propuso por primera vez que el origen del Estado fuera un pacto entre todos los ciudadanos, negando así el origen divino del poder, defendido por el absolutismo de la escolástica medieval. -
INGLATERRA
El Acta de Habeas Corpus, prohibía las detenciones sin orden judicial. La redactaron los miembros del Parlamento durante el reinado de Carlos II, para protegerse de prácticas entonces corrientes que vulneraban los derechos de los acusados y de los presos. -
INGLATERRA
John Locke, considerado el padre del liberalismo moderno, propuso que la soberanía emanaba del pueblo y pese a aceptar la visión contractualista de Hobbes, consideraba que los ciudadanos poseen unos derechos a los que no pueden renunciar. -
INGLATERRA
La Declaración de Derechos, consagraba los derechos recogidos en los textos anteriores. Fue impuesta por el Parlamento,se trata, por primera vez, de un verdadero contrato, establecido entre los soberanos y el pueblo, también soberano. -
FRANCIA
Voltaire publica el libro Tratado de la Tolerancia -
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Escrito de Habeas Corpus, es un recurso que defiende la libertad de las personas.
Escrito de error, esta apelación es para que se revise la sentencia y verificar que este bien hecha.
Escrito de certiorari, carácter discrecional porque puede exigir la entrega de expedientes.
Injuction, se suspende el proceso en materia civil, es un mandamiento para hacer o dejar de hacer. -
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Declaración de Independencia de los Estados Unidos.; Por primera vez un gobierno rechazó la idea de que un determinado pueblo tenía derecho a gobernar a otros. -
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Escrito de Mandamus, recurso extraordinario, el superior ordena al inferior la ejecución de un acto y este tiene la obligación de realizarlo.
Escrito de Prohibition, de una corte superior a una inferior para que no abuse de poder.
"Quo Warranto", le corresponde al estado en su carácter de soberano, son las medidas que toma para proteger los intereses del pueblo y además la guarda de su bienestar. -
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Virginia proclamó su Declaración de Derechos. -
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Constitución de los Estados Unidos. Define las ramas del gobierno y delimita sus facultades. Establece también que es superior a cualesquiera otras leyes, estatales o federales. -
INGLATERRA
Fundación de la Asociación inglesa para la abolición de la trata de esclavos, en Londres. -
FRANCIA
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano: Otorgaba a los individuos algunos derechos completamente actuales: la presunción de inocencia, la libertad de opinión y de religión, la libertad de expresión y el derecho a la propiedad. También recogía principios fundamentales de orden político: el derecho a la resistencia contra la opresión, el sistema de gobierno representativo, la primacía de la ley y la separación de poderes. -
FRANCIA
Recurso de casación, procuraba preservar el cumplimiento de las normas tal y como han salido de la asamblea, por medio del tribunal de casación. -
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Con las diez primeras enmiendas, conocidas como la Carta de Derechos, cuando se establece que el Congreso no puede limitar determinados derechos individuales: la libertad de expresión, de asamblea, de culto religioso, de formular peticiones al gobierno en caso de agravios, a no padecer castigos crueles, a no sufrir investigaciones, a tener garantizados procesos justos, rápidos y con un jurado imparcial. -
FRANCIA
A la Declaración francesa de 1789, le siguió en 1793 una segunda más radical enunciaba algunos nuevos derechos, como el derecho a la asistencia, el derecho al trabajo y el derecho a la instrucción. -
FRANCIA
Abolición de la esclavitud en las colonias francesas, derogada por Napoleón en 1802. -
FRANCIA
Código Napoleónico: Consagraba muchos de los principios resultantes de la Revolución Francesa, como la libertad individual, la igualdad ante la ley, el carácter laico del Estado. Incorporó la mayor parte del derecho Romano, y se convirtió en un modelo para los sistemas legales basados en el derecho civil. La ley era escrita y estaba redactada en un lenguaje sencillo, regulaba muchos asuntos de derecho privado como: propiedad, sucesiones y contratos. -
INGLATERRA
Prohibición de la trata de esclavos por el Parlamento británico. -
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Prohibición de la trata de esclavos. -
ESPAÑA
La Constitución de Bayona prohibió la tortura, fue impuesta por Napoleón. -
ESPAÑA
Constitución de Cádiz: En ella se reconocían los derechos de los detenidos, la inviolabilidad del domicilio y el derecho de propiedad, mientras que la libertad de imprenta y de pensamiento se garantizaban parcialmente.
No reconocían la libertad religiosa, el sufragio era censatario y los derechos de reunión y manifestación se contemplaban con limitaciones.
Tenia vigencia para todos los territorios de España y aunque se trato de implementar en la Nueva España no se pudo por completo -
MÉXICO
Constitución De Apatzigan, fue el primer texto constitucional de Mexico, en incorporar una declaratoria de derechos humanos, con el objetivo de crear un gobierno sustentado en la idea de igualdad de todo ser humano. -
MÉXICO
Constitución De 1824: Se estableció que la corte suprema de justicia, tenia la facultad de conocer de juicio y leyes federales según lo prevenía la ley, por carecer de una ley supletoria. -
MÉXICO
La constitución de 1836, también llamada de las 7 leyes tuvo una regresión a lo que se buscaba, ya que se cambia el federalismo por centralismo, el supremo poder conservador otorga resoluciones de carácter general y este poder cuenta con cinco miembros con facultades desmedidas. -
MÉXICO
En este año se da un revés a grupo promotor del centralismo, regresando a un Estado federalista, restaurando la constitución de 1824, Siendo aquí donde realmente el juicio de amparo tiene su nacimiento formal en el derecho positivo, precisamente con el Acta de Reformas de 1847, consolidándose en nuestro orden constitucional.
El juicio de amparo es a petición de parte agraviada y su sentencia será individual. -
MÉXICO
Ponciano Arraiga propone, que solo el Poder Judicial Federal proporcionara la protección de la Ley Fundamental, en los casos concreto en que se denunciara por cualquier particularidad la violación a sus mandamientos. -
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Abolición de la esclavitud. -
INGLATERRA
John Stuart Mill publicó El Sometimiento de la Mujer. Tres años antes había presentado al Parlamento inglés una demanda a favor del voto femenino que, al ser rechazada, provocó que en 1867 naciera el primer grupo sufragista británico: la "Asociación Nacional para el Sufragio de la Mujer". -
ESPAÑA
Constitución de 1869: Estableció por primera vez un amplio catálogo de libertades, entre las que se contaban el derecho de asociación, el sufragio universal masculino y la libertad religiosa. No obstante, a causa de la inestabilidad política y de los repetidos estados de excepción la protección real de estos derechos fue relativa. -
ESPAÑA
La Constitución de 1876: Fue la más duradera del siglo XIX, siendo definitivamente derogada, ya en el siglo XX, con el golpe de estado y la dictadura de Primo de Rivera, que se inició con la prohibición de la libertad de prensa. -
MÉXICO
La actual constitución vigente de 1917 estableció en su titulo primero, capitulo primero de las garantías individuales, en los artículos que van del 1 al 29, en los cuales del 3 al 27 se encuentran plasmados derechos de interés social.
El derecho al amparo quedó plasmado en el articulo 103 y 107, siendo que el articulo 103.
Siendo el amparo el medio mas efectivo para salvaguardar los derechos de los gobernados. -
ESPAÑA
Constitución de 1931: La proclamación de la Segunda República dio lugar a ésta, en la que se incluía una amplia declaración de derechos. Por primera vez, una constitución española contemplaba el sufragio universal, incluidas las mujeres, y el sistema de garantías jurídicas estaba reforzado por un Tribunal Constitucional. -
ESPAÑA
Se abolió por primera vez la pena de muerte. -
ESPAÑA
La dictadura franquista se fundamentó en principios ajenos a los sistemas liberales democráticos, los derechos y las libertades más elementales no se garantizaron. Se perdieron muchos avances constitucionales relativos a los derechos de las personas incorporados a la Constitución de 1931, derogada en al bando rebelde al iniciarse la contienda.
Las Leyes Fundamentales del Reino un conjunto de ocho leyes aprobadas gradualmente a partir de 1938, regulan el marco legal de la dictadura. -
ESPAÑA
Una de estas leyes es el Fuero de los Españoles ; en el que se establecen los derechos y deberes de los ciudadanos. Reconocía teóricamente el derecho a la libertad de expresión, el secreto de la correspondencia, la libre elección del lugar de residencia, la inviolabilidad del domicilio, el derecho de reunión y asociación, y a no ser retenido arbitrariamente por la policía. -
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Se funda oficialmente en San Francisco la Organización de las Naciones Unidas mediante la firma de la Carta de las Naciones Unidas por parte de 51 estados. Las Naciones Unidas reemplazaban así a la Sociedad de Naciones, en la medida que ésta había fracasado en sus propósitos preventivos, al no ser capaz de evitar el estallido de la Segunda Guerra Mundial. -
FRANCIA
Con la aprobación de la Declaración Universal de Los Derechos Humanos la humanidad se dotó a sí misma de un documento marco para la convivencia entre los seres humanos, con el objetivo de que estos derechos llegaran a formar parte del derecho positivo de todas las naciones. -
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Ley de Derechos Civiles: Prohibición de la discriminación racial. -
ESPAÑA
Procesos forales de Aragón, pretendía proteger los derechos tanto de las personas con de los bienes. -
ESPAÑA
Tras la muerte de Franco en 1975, a la llamada Transición y a la aprobación, cuatro años después, de la Constitución de 1978, con la que se recuperan los derechos y las libertades fundamentales propios de las sociedades democráticas. -
ESPAÑA
La Ley del divorcio aprobada en 1981 y la Ley del aborto aprobada en 1985 pusieron también de manifiesto la polarización existente dentro de la sociedad española. -
ESPAÑA
Consejo de Ministros aprobó la propuesta de Ley de Memoria Histórica: la ley hace una condena expresa del franquismo, compromete a la Administración, cuando los allegados lo soliciten, en las tareas de localización e identificación de los desaparecidos (algunos aún en fosas comunes) y declara la ilegitimidad de los juicios franquistas,. -
MÉXICO
Reglamentaria de los Art. 104 y 107 de la constitución política de los estados unidos mexicanos.
Es un juicio o proceso que se inicia por la petición de cualquier persona sometida por el poder del gobierno, y orientada a que el órgano judicial federal invalide y prive de eficiencia a cualquier acto de autoridad que por ser anticonstitucional o ilegal, le cause agravio en su persona o sus derechos. -
MÉXICO
Características del juicio de amparo en la actualidad:
A) Contra actos de autoridad
B) Principios rectores: a. Instancia de parte, b. Agravio personal y directo, c. Principio de definitividad, d. Principio de estricto derecho y e. Principio de relatividad
C) Suspensión del acto reclamado.
D) Las sentencias de amparo.