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Orígenes del Notariado
Comienzan con Justiniano, quien en la denominada "Reglamentación Justinianea del documento tabeliónico", en las novelas XLIV y
LXXIII regula la actividad notarial del tabellio, personaje, perito en la escritura y conocedor de las leyes, al que recurrían los ciudadanos, pues el documento redactado por él proporcionaba seguridad jurídica. -
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Reglamentación a la actividad del Notario
el Emperador de Oriente, León VI, El Filósofo, en la Constitución CXV "Libro del Prefecto" reglamenta la actividad del notario y las
cualidades morales e intelectuales de los aspirantes a notario. -
Period: 1207 to 1299
Summa Artis Notariae
Rolandino Passageri publica "Summa Artis Notariae" tal vez
la obra más famosa que se haya escrito acerca
del arte de la redacción y técnica notariales. -
Period: 1214 to 1233
Tratados de Raniero de Perugia
Raniero de Perugia Publica "Liber Formularios contractum ac instrumentorum" en 1214 y
"Ars Notaría " de 1227-1233 en Boloña. Estas obras fueron de gran relevancia para el Notariado ya que en ellos plasma su visión sobre la actividad del Notario y la relevancia de su actuar en el mundo juridico -
1242
Ars Notariae
Salatiel de Bolonia pública "Ars Notariae", es decir, la función o practica notarial, que es una tradición jurídica muy poco estudiada en nuestros días pero que delimitó cuales eran las bases y fundamentos de la practica notarial. Tuvo gran
influencia en Italia y Castilla. -
Period: 1255 to 1280
Recopilación de Legislación Notarial
El Rey Alfonso X, El Sabio, realiza una gran tarea de recopilación y legislación, primero con el Fuero Real (1255), después con el Espéculo y finalmente con las Siete Partidas (1270-1280). Dedica la III a la fe pública y a la actividad del escribano -
1512
Constitución Imperial sobre el Notariado
Maximiliano 1 de Austria, dicta en la ciudad de Colonia la Constitución Imperial sobre el Notariado -
Period: 1535 to
El notariado en México durante la Colonización
En aquél entonces a los notarios se les denominaba escribanos públicos en sus funciones notariales; escribanos de diligencias, cuando hacían las veces de secretario del juzgado o actuarios del juzgado, quienes daban fe de las actuaciones del juez de audiencias y diligencias y escribanos del Oficio de Hipotecas; también había otros escribanos con funciones de fedatarios en campos más limitados por ejemplo, los escribanos de entradas y salidas de las cárceles. -
Ley del 25 Ventoso del año XI
Obra legislativa realizada por Napoleón Bonaparte y considerada origen del notariado moderno. -
Independencia de México
Continúan aplicándose la Legislación Positiva Española y Leyes promulgadas durante la Colonia, así lo dispuso el Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano de 18 de Diciembre de 1822 -
Sistemas notariales Federalistas y Centralistas
Cuando el federalismo era el sistema establecido , la legislación notarial fue estatal, cuando el régimen fue centralista, las disposiciones notariales fueron generales de aplicación en todo el territorio Nacional. -
Costumbre Notarial durante la Constitución de 1824
Una vez derrocado el imperio y organizada la nación en forma de República Representativa Popular y Federal continuo la costumbre colonial de "los oficios vendibles, y renunciables", entre los que se encontraba la escribania, y otros de igual significancia en materia notarial como los subsecuentes a esta época -
DECRETO DE LA SECRETARIA DE JUSTICIA DE 01 DE AGOSTO DE 1831
Se refiere a los requisitos para obtener titulo de escribano en el DF. Que consisten en: estudios y practicas suficientes, información de buena vida y costumbres, haber cursado en la academia y aprobado el examen respectivo, que haya vacante, y acreditar no haber estado nunca procesado, ni acusado de delitos públicos, principalmente de falsedad. -
DECRETO 30 DE NOVIEMBRE DE 1834
Se trata de la organización de los Juzgado de la rama civil y criminal del DF, continúan las características que la legislación castellana había dado al escribano de diligencias, como un escribano público que trabajaba como secretario al mismo tiempo en los tribunales civiles y los llamados del ramo criminal. -
Constitución de 1836
Con esta ley fundamental se estableció el centralismo como sistema de organización política. La legislación sobre escribanos se volvió de aplicación nacional. -
Se implementa el cobro de honorarios por la función Notarial
El cobro de honorarios por la prestación de la función estuvo sujeto al arancel expedido el 12 de febrero de 1840 -
Aplicación de impuestos sobre los oficios de los Escribanos
Se expide el decreto de 17 de Julio de 1843, que prevé la forma de regular los impuestos que debían pagar los oficios públicos vendibles y renunciables que atenderán los escribanos propietarios de ellos. -
DECRETO DE 30 DE NOVIEMBRE DE 1843
Organización de los Juzgados del ramo civil del DF, respecto a los escribanos de diligencias, se determina: "en cada juzgado de lo civil deben estar anexos dos oficios públicos, vendibles y renunciables que atenderán los escribanos propietarios de ellos". -
DECRETO DE 19 DE DICIEMBRE DE 1846
Trata sobre los oficios públicos vendibles y renunciables y el oficio de hipotecas aprendidos por los escribanos y requisitos que estos deben cumplir como matricularse en el Colegio. -
DECRETO DE 26 DE AGOSTO DE 1852
Dispone que los escribanos presenten a la corte de justicia un inventario de sus protocolos y da los lineamientos para su conservación y vigilancia. -
Se dispone que los Escribanos practiquen las diligencias Judiciales
Comunicación del ministro de justicia de 30 de junio de 1853, sobre los escribanos practiquen por si mismos las diligencias judiciales. -
DECRETO DEL 14 DE JULIO DE 1854
Promulgado por el ministerio de Justicia de Negocios eclesiásticos e instrucción publica que impone a los escribanos la obligación de avisar a las autoridades de los testamentos, una vez muerto el testador. -
DECRETO DEL 12 DE JUNIO DE 1855
Este decreto versa sobre la actividad de los escribanos (notarios), anotadores del oficio de hipotecas, es decir, el Registro Publico de la Propiedad. -
Ley de Desamortización de los Bienes Eclesiasticos
A partir de este ordenamiento existieron varias disposiciones que obligaban a los notarios a la vigilancia y cumplimiento de esta ley de las de nacionalización -
Ley Española de 1862
Es de gran importancia para América Latina, toda vez que varios países la toman como ejemplo para sus legislaciones en América. -
Ley Orgánica de Notarios y Actuarios del DF
El Presidente Benito Juárez, promulgo el 29 de Noviembre de 1867 la Ley Orgánica de Notarios y Actuarios del DF. Esta termino con la venta de notarias, separo la actuación del notario y la del secretario del juzgado , sustituyo el signo por el sello de autorizar. -
Period: to
Creación del Archivo de Notarias
En el siglo XX, se promulgo y tuvo vigencia la Ley del 19 de Diciembre de 1901, por la que se crea el Archivo general de Notarias, se instituyen los notarios adscritos; se exige el uso del protocolo previamente encuadernado y se le da al notario la categoría de funcionario público. Esta ley quedo abrogada por la Ley del Notariado para el Distrito y Territorio Federales del 20 de Enero de 1932 -
Nueva Ley de del Notariado para el DF
El 31 de Diciembre de 1945, entro en vigor una nueva Ley del Notariado para el DF, en que se establece el examen de oposición como medio de acceso al notariado. -
Ley del Notariado para el DF de 1980
Esta ley ha sufrido diversas modificaciones como por ejemplo:
a) el establecimiento del protocolo abierto
b) regula al notario como licenciado en derecho y no como funcionario publico.
c) se crea el libro de registro de cotejos -
El Notario pasa a considerarse Profesional del Derecho
El 13 de enero de 1986, se modifico la definición de Notario pues se sustituye la terminología de funcionario publico por la de Licenciado en Derecho. -
Protocolo Ordinario Abierto
El 06 de Enero de 1994, se modificaron varios de sus artículos, donde se establece que el protocolo ordinario será abierto, lo que significa que se conformara por folios enumerados y sellados que se encuadernarían por libros integrados por 200 folios. También se creo el libro de registro de Cotejos para simplificar este tipo de actas. -
Actual ley del Notario del DF
Fue publicada en la Gaceta Oficial del DF, el 28 de Marzo del año 2000 y entrada en vigor a los 60 días naturales a partir de su publicación, dentro de sus modificaciones mas importantes se encuentran la tramitación de sucesiones in testamentarias y algunos otros actos de jurisdicción voluntaria. -
Ley del Notariado del Estado de Puebla
Publicada en el Periódico Oficial de Puebla el 2 de Febrero de 2004