Notarado

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL NOTARIADO

  • Period: 4100 BCE to 1750 BCE

    EL PRIMER ESCRIBANO

    El Notario Público nace con el primer escribano que era un sacerdote sumerio; ya que la escritura se inventó dentro de un templo de alguna ciudad de la antigua Sumer, y en aquel tiempo eran los sacerdotes los encargados de presidir las contrataciones privadas.
  • 537

    NOTARIO CONSTITUIDO COMO TAL

    NOTARIO CONSTITUIDO COMO TAL
    La figura del Notario se constituyó en el Derecho Justiniano, con el nombre de TABELLIO, que a su vez significaba NOTARIO, y realizaba la aplicación consuetudinaria de las normas del Corpus Juris Civilis.
  • 782

    CARLO MAGNO LEGISLA LAS "CAPITULARES"

    CARLO MAGNO LEGISLA LAS "CAPITULARES"
    Legisla en las “capitulares” sobre la actividad notarial y establece que el instrumento notarial tiene el valor probatorio de una sentencia ejecutoriada.
  • 887

    LEÓN VI EL FILÓSOFO, ESCRIBE LA CONSTITUCIÓN XXV

    LEÓN VI EL FILÓSOFO, ESCRIBE LA CONSTITUCIÓN XXV
    El emperador de Oriente, León VI el Filósofo, escribe la Constitución XXV, en la que hace un estudio sistemático de los tabularis y fija las cualidades físicas, jurídicas y morales de estos funcionarios también da importancia a el examen para el que pretende ingresar como tabulari.
  • 1201

    PRIMERA VEZ QUE IMPARTEN CATEDRA SOBRE ARTE NOTARIAL

    PRIMERA VEZ QUE IMPARTEN CATEDRA SOBRE ARTE NOTARIAL
    En el siglo XIII los juristas glosadores de la universidad de Boloña, los catedráticos Rolandino Passaggeri, Salatiel y Raniero de Perugia, imparten por primera vez la cátedra sobre el arte notarial y hacen hincapié en la importancia de la sistematización de los conocimientos notariales.
  • 1270

    EL REY ALFONSO X DE ESPAÑA REALIZA LEGISLACIÓN

    EL REY ALFONSO X DE ESPAÑA REALIZA LEGISLACIÓN
    Realiza una gran tarea de recopilación y legislación, con las Siete Partidas (1270-1280). Dedica la III a la fe pública y a la actividad del escribano.
  • 1512

    Maximiliano I de Austria

    Maximiliano I de Austria
    Dicta en la ciudad de Colonia la Constitución Imperial sobre el Notariado.
  • Period: 1521 to

    MÉXICO COLONIAL

    A los notarios se les denominaba escribanos públicos en sus funciones notariales; escribanos de diligencias, cuando hacían las veces de secretario del juzgado o actuarios del juzgado, quienes daban fe de las actuaciones del juez de audiencias y diligencias y escribanos del Oficio de Hipotecas; también había otros escribanos con funciones de fedatarios.
  • ORIGEN DEL NOTARIO MODERNO

    ORIGEN DEL NOTARIO MODERNO
    En Francia, aparece la Ley del 25 Ventoso del año XI, obra legislativa realizada por Napoleón Bonaparte y considerada origen del notariado moderno.
  • CONSTITUCIÓN DE 1824

    CONSTITUCIÓN DE 1824
    Continuó la costumbre colonial de los oficios "públicos vendibles y
    renunciables" entre los cuales se encontraba la escribanía y, asimismo, se dictaron algunas disposiciones aplicables a los escribanos, como los requisitos para obtener título de escribano.
  • CONSTITUCIÓN DE 1836

    CONSTITUCIÓN DE 1836
    Se estableció el centralismo como sistema de organización política. La legislación sobre escribanos se volvió de aplicación nacional.
  • SE EXPIDE LA LEY PARA EL ARREGLO PROVISIONALDE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS DEL FUERO COMÚN

    SE EXPIDE LA LEY PARA EL ARREGLO PROVISIONALDE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS DEL FUERO COMÚN
    Se establecía como forma de ingreso a la escribanía, presentar un examen en el Colegio de Escribanos y aprobado éste, presentar uno teórico-práctico celebrado ante el Tribunal Superior.
  • MANUAL DEL LITIGANTE INSTRUIDO PUBLICADO EN MÉXICO

    MANUAL DEL LITIGANTE INSTRUIDO PUBLICADO EN MÉXICO
    El oficio de escribano se podía adquirir por compra o herencia y, además, era vendible y enajenable. Los escribanos debían saber escribir, tener autoridad pública, cristiano y de buena fama.
  • DECRETO DE 1851

    DECRETO DE 1851
    Reitera la necesidad de matricularse en el Colegio de Escribano de México, para poder ejercer dicha función.
  • DECRETO DE 1855

    DECRETO DE 1855
    Es sobre la actividad de los escribanos (notarios), anotadores del oficio de hipotecas (Registro Público de la Propiedad
  • LEY DE DESAMORTIZACIÓN DE LOS BIENES ECLESIÁSTICOS

    LEY DE DESAMORTIZACIÓN DE LOS BIENES ECLESIÁSTICOS
    Existieron varias disposiciones que obligaban a los notarios a la vigilancia y cumplimiento de esta 'ley y de las de nacionalización.
  • MAXIMILIANO EMPERADOR DE MÉXICO

    MAXIMILIANO EMPERADOR DE MÉXICO
    Es la primera ley orgánica de notarios, se publicó en El Diario del Imperio la Ley Orgánica del Notariado y del Oficio de Escribano Por emanar de un gobierno centralista esta ley estuvo vigente en toda la República.
  • LEY ORGÁNICA DEL NOTARIADO Y DEL OFICIO DEL ESCRIBANO

    LEY ORGÁNICA DEL NOTARIADO Y DEL OFICIO DEL ESCRIBANO
    Por primera vez en la legislación mexicana, este ordenamiento asume el nombre de notario y distingue su actividad con la de los secretarios y actuarios de juzgado, a los que denomina escribanos.
  • BENITO JUÁREZ PROMULGA LA LEY ORGÁNICA DE NOTARIOS Y ACTUARIOS DEL DISTRITO FEDERAL

    BENITO JUÁREZ PROMULGA LA LEY ORGÁNICA DE NOTARIOS Y ACTUARIOS DEL DISTRITO FEDERAL
    La cual terminó con la venta de notarías; separó la actuación del notario y la del secretario de juzgado; sustituyó el signo por el sello de autorizar.
  • LEY DE 19 DE DICIEMBRE DE 1901

    LEY DE 19 DE DICIEMBRE DE 1901
    Se crea el Archivo General de Notarías; se instituyen los notarios adscritos; se exige el uso del protocolo previamente encuadernado y se le da al notario la categoría de funcionario público.
  • LEY DEL NOTARIADO PARA EL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES

    LEY DEL NOTARIADO PARA EL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES
    Estableció el examen de aspirante a notario.
    Excluyó a los testigos de la actuación notarial.
    Dio al Consejo de Notarios el carácter de órgano consultivo del Departamento del Distrito Federal.
  • LEY DEL NOTARIADO PARA EL DISTRITO FEDERAL

    LEY DEL NOTARIADO PARA EL DISTRITO FEDERAL
    Se establece el examen de oposición como medio de acceso al notariado el cual trajo mejor preparación y nivel académico, técnico y cultural del gremio.
  • LEY DEL NOTARIADO PARA EL DISTRITO FEDERAL DE 1980

    LEY DEL NOTARIADO PARA EL DISTRITO FEDERAL DE 1980
    Establece del protocolo abierto, regula al notario como licenciado en derecho y no como funcionario público, se crea el "Libro de Registro de Cotejos" para simplificar la realización de actas de cotejo.
  • CAMBIA LA DEFINICIÓN DEL NOTARIO

    CAMBIA LA DEFINICIÓN DEL NOTARIO
    Se sustituye la terminología funcionario público por licenciado
    en derecho. Se establece el protocolo abierto especial "para actos y
    contratos en que intervenga el Departamento del Distrito Federal.
  • LEY DEL NOTARIADO PARA EL DISTRITO FEDERAL SE MODIFICA EL ART. 42

    LEY DEL NOTARIADO PARA EL DISTRITO FEDERAL SE MODIFICA EL ART. 42
    Se establece que el protocolo ordinario será abierto, se formará por folios numerados y sellados que se encuadernarán en libros integrados por doscientos folios. También se creo el "Libro de Registro de Cotejos" para simplificar este tipo de actas.
  • LEY DEL NOTARIADO PARA EL DISTRITO FEDERAL DE 1999

    LEY DEL NOTARIADO PARA EL DISTRITO FEDERAL DE 1999
    Amplió la actividad del notario en la tramitación de las sucesiones intestamentarias y algunos otros actos de jurisdicción voluntaria.
  • LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE PUEBLA

    LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE PUEBLA
    Tiene como objeto regular la organización, régimen, función y actuación de la institución notarial en el Estado de Puebla.
  • REFORMA A LA LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE PUEBLA

    REFORMA A LA LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE PUEBLA
    Tiene por objeto regular la organización, régimen, función, actuación, representación, el régimen de responsabilidades, la dirección y supervisión de la institución notarial en el Estado de Puebla.
  • REGLAMENTO DE LA LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE PUEBLA

    REGLAMENTO DE LA LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE PUEBLA
    Tiene por objeto reglamentar la Ley del Notariado para el Estado de Puebla y nos dice quien es la encargada de vigilar el correcto ejercicio de la función notarial que es La Dirección General del Notariado.