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ANTECEDENTES HISTORICOS DEL NOTARIADO Galavis García Jessica

  • 501 BCE

    Reglamentación Justineana del documento tabelionico

    Se considera que los origenes del notariado comienzan con este suceso , en las novelas XLIV y LXXIII regula la actividad notarial del tabellio, personaje, perito en la escri- tura y conocedor de las leyes, al que recurrían los ciudadanos, pues el documento redactado por él proporcionaba seguridad jurídica.
  • 887

    "Libro del Prefecto"

    El Emperador de Oriente, León VI, El Filósofo, en la Constitución CXV "Libro del Prefecto" reglamenta la actividad del notario y las cualidades morales e intelectuales de los aspirantes a notario.
  • Jan 1, 1201

    Sistematización de los conocimientos notariales

    Los juristas glosadores de la universidad de Boloña destacaron los catedráticos Rolandino Passaggeri, Salatiel y Raniero de Perugia, quienes por primera vez imparten la cátedra sobre el arte notarial y en sus tratados y formularios hacen hincapié en la importancia de la sistematización de los conocimientos notariales.
  • 1201

    Recopilación y legislación del Rey Alfonso X El Sabio

    Recopilación y legislación del Rey Alfonso X El Sabio
    En España el rey, realiza una gran tarea de recopilación y legislación, primero con el Fuero Real (1255), después con el Espéculo y finalmente con las Siete Partidas (1270-1280). Dedica la III a la fe pública y a la actividad del escribano.
  • 1512

    Constitución Imperial

    Constitución Imperial
    En 1512 Maximiliano I de Austria, dicta en la ciudad de Colonia la Constitución Imperial sobre el Notariado.
  • 1521

    Escribanos públicos

    Escribanos públicos
    Durante toda la Colonia estuvieron vigentes las leyes españolas que regian en Castilla, tales como: El Fuero Real, las Siete Partidas, la Recopilación de Leyes, la Novisima Recopilación y las Leyes de Indias. Estas últimas no eran sino decretos y cédulas reales dictados en forma especial para regular la vida jurídica de la Nueva España y de las colonias de América.
  • Ley del Ventoso

    Ley del Ventoso
    En Francia, aparece la Ley del 25 Ventoso del año XI, obra legislativa realizada por Napoleon Bonaparte y considerada origen del notariado moderno.
  • "Público vendible y renunciable"

    Bajo la vigencia de la Constitución de 1824, una vez derrocado el imperio y organizada la nación en forma de República Representativa, Popular y Federal, continuó la costumbre colonial de los oficios "públicos vendibles y renunciables" entre los cuales se encontraba la escribanía y, asimismo, se dictaron algunas disposiciones aplicables a los escribanos
  • La Ley Española

    La Ley Española
    la Ley Española de 1862 es de gran importancia para América Latina, toda vez que varios países la toman como ejemplo para sus legislaciones.
  • Archivo General de Notarias

    Archivo General de Notarias
    En el siglo xx se promulgó y tuvo vigencia la Ley de 19 de diciembre de 1901, por la que se crea el Archivo General de Notarías; se instituyen los notarios adscritos; se exige el uso del protocolo previamente encuadernado y se da al notario la categoria de funcionario público, quien debe de ser abogado. Esta quedó abrogada por la Ley del Notariado para el Distrito y Territorios Federales de 20 de enero de 1932.
  • Examen de Oposición

    Más tarde, el 31 de diciembre de 1945, entró en vigor una nueva Ley del Notariado para el Distrito Federal, en que se establece el examen de oposición como medio de acceso al notariado.
  • Protocolo Abierto Especial

    Se modificó esta ley en cuanto a la definición del notario, pues se sustituye la terminología funcionario público por licenciado en derecho. Asimismo, se establece el protocolo abierto especial "para actos y contratos en que intervenga el Departamento del Distrito Federal.
  • Actual Ley del Notariado para el Distrito Federal

    Actual Ley del Notariado para el Distrito Federal
    Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de marzo de 2000 y entrada en vigor a los 60 días naturales a partir de su publicación. Entre sus modificaciones más importantes, amplió la actividad del notario en la tramitación de las sucesiones intestamentarias y algunos otros actos de jurisdicción voluntaria