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Antecedentes Históricos del Derecho Notarial

By Darla91
  • 1750 BCE

    CODIGO HAMMURABI

    CODIGO  HAMMURABI
    consiste en un código con una gran contenido de materias de índole jurídico civil, administrativo y procesal. En él, se da importancia al testigo. Pareciera que todo contrato o convenio debía realizarse en presencia de testigos (Contrato de compra venta). Éste es referencia de interés en cuanto a las formas documentales que incipientemente comienzan a revelarse como textos escritos pero en los que predomina la prueba testimonial; este es el código que regía los destinos .
  • 1 CE

    SIGLO IX

    Carlomagno legisla en las capitulare sobre la actividad notarial y establece que el instrumento notarial tiene el valor probatorio de una sentencia ejecutoriada.
  • 3

    ESPAÑA

    Alfonso X El Sabio, realiza una compilación llamada primeramente Fuero real y posteriormente siete partidas. En dicho compendio se regula de forma sistemática la actividad del escribano, además de que aparece por primera vez reglamentada que la facultad de nombrar a dichos fedatarios correspondía únicamente al rey,
  • 4

    ÉPOCA CONTEMPORANEA

    Ley del 25 Ventoso, del año 11 esta ley contribuyó: concediéndole al escribano la calidad de funcionario público, exigiendo la transcripción del título que acredite el derecho del enajenante y estableciendo como uno de los requisitos para ser notario una práctica ininterrumpida de seis años.
  • 5

    LEY ORGANICA DEL NOTARIO ESPAÑOL 1862

    El término notario sustituye al de escribano, se le concede la categoría de funcionario público y se separa la actividad judicial de la notarial
  • 6

    PRE COLONIAL

    Existía un funcionario denominado TLACUILO a quienes se les consideraba personas hábiles para escribir.
    Se llamaba “códice” al conjunto de libros realizados por el Tlacuilo a base de dibujos o manuscritos.
  • 7

    MÉXICO COLONIAL

    En las actas de cabildo del nuevo gobierno se concedieron los primeros cargos de “escribanos públicos”.
    Las leyes de Indias, clasificaban a los escribanos de la siguiente manera:
    a).-Escribano real
    b).-Escribano público o de numerario
  • 8

    MÉXICO INDEPENDIENTE

    Para ésta época existían tres clases de escribanos:
    a).-Nacionales, aquellos que habiendo sido aprobados en el respectivo examen, habían obtenido el título correspondiente; b).-Públicos, aquellos que tenían oficio o escribanía propia en la que protocolizaban o archivaban instrumentos que ante ellos se otorgaban
    c).-De diligencias, los que practicaban notificaciones o diligencias judiciales.
  • 9

    MÉXICO CONTEMPORANEO

    La creación del Archivo de Notarías y en general la regulación sistemática de la función notarial se inicia con la Ley de 1901, que perfeccionada con la de 1932 y 1945, con pocas variantes, llega hasta la actual
  • 501

    Corpus Juris Civilis (Justiniano)

    Corpus Juris Civilis (Justiniano)
    En el siglo VI de la era Cristiana, por primera vez existe una regulación positiva del notariado debido a Justiniano, donde existe un cuerpo normativo en las novelas 44, 47, 43.
    Regular la actividad del Tabelion
    Reglamenta la utilización del protocolo
    Regula el documento notarial
  • 1200

    ROMA

    ROMA
    En Roma la función notarial estuvo a cargo de diferentes funcionarios.
    Dentro de este período es posible constatar la existencia de:
    1- Los jurisconsultos, 2- Los notarios, 3- Los tabularios, 4- Los tabeliones
    Los Tabularios
    Eran funcionarios del Estado de carácter municipal, encargados de llevar las cuentas y guardar los archivos de una ciudad. Los Tabeliones: Eran profesionales con carácter privado que redactaban y conservaban testamentos o instrumentos que se les encomendaba.
  • 1228

    ESCUELA DE BOLONIA, ESCUELA TAMBIÉN DE LOS GLOSADORES.

    ESCUELA DE BOLONIA, ESCUELA TAMBIÉN DE LOS GLOSADORES.
    tiene su origen en Europa y fue fundada en 1228 correspondiéndole a Ranieri de Perugia.
    Enfoca al Derecho Notarial desde dos puntos de vista: La ciencia y el arte; el primero está constituido por una serie de elementos comunes e iguales a otras ciencias y el segundo para generar el instrumento Público tiene que sujetarse el escribano a una serie de reglas establecidas para hacerlo bien.
  • 1400

    EGIPTO

    EGIPTO
    En Egipto los escribas sacerdotales eran los encargados de la correcta redacción de los contratos, a lado de los cuales estaban los magistrados, funcionario que autenticaba el acto imponiendo su sello.
    El escriba era el encargado de redactar los documentos del estado y en ocasiones los particulares. Documento casero: consistía en la declaración que una persona asentaba o hacia asentar, en una hoja de papiro en la cual se comprometía a transferir la propiedad de cualquier objeto.