Antecedentes Históricos Argentinos

  • Antecedentes coloniales

    En la época donde nuestro territorio era dominado por los españoles, se creo el Consulado de Buenos Aires en 1974, donde se incorporaron las normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737, que regulaban el comercio terrestre y marítimo.
    Este Consulado cumplía 2 funciones: judicial y administrativas. Estaba conformado por un prior, dos cónsules, nueve consiliarios, un sindico, un secretario, un contador y un tesorero.
  • Revolución de Mayo

    Proceso que se desarrolló en Buenos Aires, en mayo de 1810, y que concluyó con la destitución del virrey español y se lo reemplazó por una Junta de Gobierno local.
  • Creación de la Matricula para Comerciantes Nacionales.

    La Matricula para Comerciantes Nacionales fue creada por la Asamblea del año 1813, normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciantes.
  • Creacion de la Bolsa Mercantil

    Fue creada en 1821 pero se instalo en 1822 y funciono por un breve lapso, y se dicto la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
  • Decretos de Rivadavia.

    Se dictaron 3 decretos por inspiracion de Rivadavia, sobre actos de comercio y sobre causas del comercio y alzada de comercio.
  • Concurso de acreedores.

    Estos, por decreto, fueron suprimidos por Rosas, que fueron derogado en 1858.
  • Preparación del proyecto de Código de Comercio.

    El estado de Buenos Aires le confía al jurista uruguayo Eduardo Acevedo la tarea de preparar el proyecto del Código de Comercio, y también contó con la participación de Dalmasio Vélez Sarsfield. El proyecto logro presentarse al poder ejecutivo del Estado en 1857.
  • Aprobación del Código de Comercio

    El código de Comercio fue aprobado en 1859, y comenzó a regir solo en la provincia de Buenos Aires en 1860.
  • Sancion del Codigo de Comercio.

    Se sanciona la Ley 15 por el Estado de Buenos Aires reintegrado a la Confederación, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio.
  • Se formaron 3 reformas importantes a los Códigos Civil y Comercial con anterioridad a la Unificación.

    Se sanciono el Código Civil, por lo cual surgió la necesidad de reformar el Código de Comercio.
  • Primer gran reforma del Código de Comercio de 1862.

    Las principales modificaciones fueron:
    -El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
    -Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante.
    -Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, cheques, etc.
    -Se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil.
  • Sanción del Decreto- Ley 5965/63.

    Se sanciono dicho decreto que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
  • Ley Nº 17.418.

    Se sanciona la Ley 17.418 que incorpora un nuevo régimen de seguros.
  • Ley Nº 19.550.

    Se sanciona la Ley 19.550 que agrega un nuevo régimen de sociedades al Código de Comercio.
  • Ley Nº 20.094 y Nº 20.266.

    Se sanciona la ley Nº 20.094 que añade un nuevo régimen para la navegación y la Ley Nº 20.266 que añade un nuevo régimen para los martilleros.
  • Ley Nº 24.452 y Nº 24.522.

    Se sanciona la Ley 24.452 la cual incorpora un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
  • Ley 26.579.

    Se sanciona la Ley 26.579 la cual modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
  • Código Civil y Comercial de la República Argentina.

    El Código de Comercio fue derogado en 2015 y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial. Dicho código, termino con el proceso de unificación del derecho privado en Argentina. Este considera a las “personas” en forma unificada y las clasifica como “personas humanas” o como “personas jurídicas”, sin diferenciar entre sujetos “comerciales” y “civiles”. Es la principal fuente del derecho comercial en estos tiempos.