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ARTÍCULO 53
El artículo 53 otorgaba competencia a la Suprema Corte de Justicia del Estado de Yucatán para amparar a los individuos contra las leyes, decretos y providencias de la Legislatura o del Gobernador, cuando infringieran a la Constitución. -
ARTÍCULO 63 Y 64
Los artículos 63 y 64 otorgaban a los jueces de primera instancia
facultad de amparar en el goce de los derechos garantizados a los que les pidieran su protección contra cualquier funcionario que no correspondieran al orden judicial, así como a los superiores de
dichos jueces por los atentados cometidos por éstos contra los
citados derechos. -
ANTECEDENTES HISTORICOS
Hablar de los orígenes del Amparo es remontarnos casi a la mitad del siglo XIX, pues no existen antecedentes remotos del Amparo durante la época prehispánica, tampoco en la etapa colonial ni en la etapa de la Independencia. Sus orígenes se remontan al año de 1840, en el Estado de Yucatán, cuando toma determinadas medidas de carácter muy independiente
que hizo pensar en que deseaba separarse de la Federación. -
PRINCIPIOS
Rejón propuso 2 principios en esa Constitución, que a la fecha siguen vigentes:
• La instancia de parte agraviada
• La relatividad de las sentencias. -
PROYECTO DE CONSTITUCIÓN FEDERAL
En 1842 se reúne una Comisión integrada para elaborar un proyecto de Constitución Federal; uno de los miembros era el jurisconsulto Mariano Otero, quien propuso el control judicial para la protección de las garantías individuales, a través de la Suprema Corte y frente a los Poderes Legislativo y Ejecutivo de los Estados -
ACTA DE REFORMAS
En mayo de 1847 se promulgó el Acta de Reformas que puso en vigor la Constitución de 1824, logrando Otero se aprobara la institución del Amparo dentro del artículo 25 de la misma, y se otorgara competencia a los Tribunales de la Federación para proteger a los habitantes de la República en el ejercicio y conservación de los derechos que esa Constitución les concedía, y por ataques de los poderes legislativo y ejecutivo , tanto de la Federación como de los Estados. -
CONTENIDO DE LOS ARTICULOS 103 Y 107 CONSTITUCIONALES
El artículo 103 establece que los tribunales de la Federación conocerán de controversias que se susciten: • Por leyes o actos de la autoridad que viole las garantías individuales.
• Por leyes o actos de la autoridad federal que vulneren la soberanía de los Estados o la esfera de competencia del Distrito Federal. El artículo 107 señala las bases del Amparo: • Instancia de parte agraviada.
• Existencia del agraviado
• Prosecución judicial del amparo. -
ARTÍCULOS 101 Y 102
Ley Orgánica de los Artículos 101 y 102 de la Constitución de 1857
promulgada en 1869. -
LEYES QUE HAN REGULADO EL JUICIO DE AMPARO
Ley Orgánica de los Tribunales de la Federación, promulgada en
1861 -
LEYES QUE HAN REGULADO EL JUICIO DE AMPARO
Código de Procedimientos Federales -
LEYES QUE HAN REGULADO EL JUICIO DE AMPARO
Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales,
publicada en 1919. -
LEYES QUE HAN REGULADO EL JUICIO DE AMPARO
Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada el 10 de Enero de 1936