Derecho civil 5 e1569023904789

ANTECEDENTES DEL DERECHO CIVIL

  • 753 BCE

    Etapa Romana

    Etapa Romana
    Los gemelos Rómulo y Remo fundaron la ciudad eterna, Roma.
  • 476

    Edad Media

    Edad Media
    El Derecho civil, entendido como Derecho romano, va a desempeñar un papel sumamente importante en la Edad Media: el de Derecho común. Hemos dicho en líneas anteriores que hasta la recepción reinó un absoluto particularismo jurídico. El Derecho civil va a ser Derecho común, es decir, un derecho normal frente al que los derechos particulares son anomalías.
  • Period: 1256 to 1263

    7 Partidas

    Creado por Alfonso X, el sabio
    Principal obra jurídica española
    Se inspira últimamente en la doctrina del derecho romano; Justiniano
    Fecha aproximada de terminación 1236 a 1263
    4, 5 y 6 refiriéndose al derecho civil
  • Period: 1484 to 1567

    Edad Moderna

    Los Estados modernos, soberanos y absolutos, inician ante todo una labor de consolidación de su Derecho nacional. En Castilla esta labor la harán las Ordenanzas de Montalvo (1484) y la Nueva Recopilación (1567).
  • 1492

    Descubrimiento de América

    Descubrimiento de América
    Comienza proceso de conquista por parte de Europa a América.
    El encuentro permitió que América recibiera un legado cultural.
  • 1503

    Comienza en América a dictarse la legislación de las Indias.

    Comienza en América a dictarse la legislación de las Indias.
    Como en España no había unidad nacional las coronas se rigieron bajo la jurisdicción del reino de castillas.
    Todas las colonias eran diferentes por lo que todas eran regidas por un derecho especial aparte y único a cada colonia.
    También se denomina legislación de las indias occidentales.
  • 1567

    La nueva recopilación

    La nueva recopilación
    Se crea bajo el reinado de Felipe II
    Objetivo: simplificar la constitución
    En España solo rigió hasta el año 1805
    En 1805 se hace una nueva edición
    La novísima recopilación
  • Código Napoleónico

    Código Napoleónico
    El Código de 1804 obedeció a la necesidad de unificar los dos sistemas jurídicos vigentes en Francia (el Sistema Romano de los “Países de Derecho escrito” en el Sur y el Sistema Germánico en los “Países de costumbres” del Norte)
  • La nueva recopilación o Legislación Nacional.

    La nueva recopilación o Legislación Nacional.
    Eran leyes que fueron expendidas por el gobierno y región en América, teniendo primicia en su aplicación.
    Empieza a darse urgencia a la obra de la nueva recopilación, en La Gran Colombia.
    Su objetivo era simplificar la constitución.
  • Código Civil de Chile

    Código Civil de Chile
    Este código es una de las obras legislativas chilenas con mayor influencia en América Latina.​ Durante su extenso periodo de vigencia ha sido modificado de manera sustancial en materias de familia y sucesión. El Código de Bello tuvo gran influencia en la codificación civil de Latinoamérica. Llegó a ser copiado, casi íntegramente, por Ecuador, El Salvador, Nicaragua (donde aún rige el texto original con adaptaciones)​, Honduras, Colombia y Panamá.
  • Código Civil de Brasil

    Código Civil de Brasil
    Al producirse el proceso independentista brasileño, al igual que en el resto de Latinoamérica, no se redactó de inmediato un Código Civil, permaneciendo en vigencia la legislación civil portuguesa. En el siglo XIX, hubo un esbozo de Código Civil por parte de Augusto Teixeira de Freitas, el cual no fue aprobado, pero sirvió de base para los Códigos Civiles de Uruguay y de Argentina.