ANTECEDENTES DEL DERECHO CIVIL

  • 450 BCE

    LEY DE LAS XII TABLAS

    El inicio del Derecho Civil se da con la publicación de las XII tablas. Se distinguía entre el Ius Civile y Ius Gentium, el contenido en esta ley comprendía todo el derecho en Roma, privado y público.
  • 527

    COMPILACIÓN DE JUSTINIANO

    Justiniano elabora una compilación de las leyes romanas en una obra compuesta por: Instituciones, Digesto, Codex, Novellae; a lo que se le llamó Corpus Iuris Civilis.
    Esta obra incluía cuatro libros: I. Personas. II. Propiedad y sucesiones testamentarias. III. Sucesión, intestado y obligaciones. IV. Acciones y derecho penal.
  • 1090

    SIGLO XII Y XIII

    Los glosadores de Bolonia, analizan los textos del Corpus Iuris Civilis, esta etapa se le denomina "La Gran Glosa" y se convirtió en la fuente primordial del conocimiento del Derecho Romano.
  • 1234

    DERECHO CANÓNICO

    Obtiene relevancia a partir de las Decretales de Gregorio IX. Este derecho no se limitaba a regular el fuero de los fieles, sino a aspectos de la vida ordinaria y los principios espirituales.
  • 1265

    SIETE PARTIDAS

    Cuerpo normativo redactado en Castilla durante el reinado de Alfonso X (1221-1284) con el objetivo de conseguir una cierta uniformidad jurídica del reino.
  • 1400

    EDAD MEDIA

    Los estados modernos y absolutos inician una labor de consolidación.
    En España a través de las Ordenanzas de Montalvo (1484) y la Nueva Recopilación (1567)
    En Francia por medio de las Ordenanzas de Colbert y D'Aguessau
    En Alemania las Allgemeines Landrechi
  • CÓDIGO NAPOLEÓNICO

    Napoleón se propuso refundir en un solo texto legal el cúmulo de la tradición jurídica francesa, para así terminar con la estructura jurídica del Antiguo Régimen, eliminando las normas especiales que afectaban solo a sectores determinados de la población (leyes para la aristocracia, leyes para los campesinos, leyes para los gremios, etc.), y suprimiendo las normas locales que suponían un obstáculo para la administración pública,
  • PROMULGACIÓN DEL CÓDIGO CIVIL DE OAXACA

    Este código tiene como principal influencia el Código Napoleón de Francia. Este no es el único trabajo de codificación civil que se da en esta etapa. En 1829 Zacatecas público un proyecto de código civil, para ponerlo a discusión, aunque nunca entró en vigor. En 1833 Jalisco el proyecto de la parte primera de su código civil. Por último, Guanajuato organizó un concurso que premiaría al que presentara el mejor proyecto de código civil.
  • CÓDIGO CIVIL DE ZACATECAS

    Se ubica en las discusiones del Congreso, sobre la elaboración de un código que resumiera y homogeneizara los cuerpos legislativos y proyectara una justicia legalista. Este proyecto de codificación tardó en proyectarse a causa de la pervivencia de prácticas jurídicas del antiguo régimen en los pueblos, las cuales hicieron inconcebible que un nuevo orden jurídico legalista se impusiera
  • LEYES DE REFORMA

    Fueron un conjunto de leyes promulgadas en México entre 1855 y 1863, durante los gobiernos de Juan Álvarez, Ignacio Comonfort y Benito Juárez. El objetivo principal de estas leyes era la separación de la Iglesia y el Estado.
  • PRIMER PROYECTO DE CÓDIGO CIVIL

    La codificación civil en México es un fenómeno, que da inicio en el siglo XIX, mediante el cual se da la creación y expedición de cuerpos legales que contienen un conjunto ordenado y sistematizado de normas jurídicas para regular el derecho civil mexicano. El proceso de codificación se divide en diversas etapas, en un principio coincidentes con los cambios de regímenes políticos en México.
  • CÓDIGO CIVIL DE VERACRUZ

    El Código penal veracruzano4​ resultó novedoso en el sentido de suprimír la pena capital, la confiscación y el tormento, siendo uno de tipo retributivo mixto. Estructurado en tres libros, por primera vez se consideró el delito como un acto material desplegado por la propia voluntad (además de ser producto de lo accidental) y el beneficio de la irretroactividad. Destacan los trabajos forzados hasta por diez años como pena substitutiva de la de muerte.
  • CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

    La federación forma una comisión en 1868, que retoma el trabajo hecho por la comisión redactora del Código del Imperio y expide en 1870 el Código civil para el Distrito Federal y el Territorio de la Baja California. Una vez expedido, este código fue adoptado por casi todos los estados, muchos de estos sin hacer modificaciones.
  • EXPEDICIÓN DEL NUEVO CÓDIGO CIVIL

    Se introduce el divorcio por mutuo consentimiento y la libertad testamentaria. Se aprobó el 24 de mayo de 1884, el cual estuvo vigente hasta 1932
  • LEY SOBRE RELACIONES FAMILIARES

    Se expide la Ley sobre relaciones familiares que establece la igualdad entre mujeres y hombres en el matrimonio, regulación sobre paternidad, adopción, patria potestad, pensiones alimentarias, patrimonio familiar, etc.
  • PUBLICAN EL NUEVO CÓDIGO CIVIL

    Se publica el nuevo Código Civil en el DOF iniciando su vigencia el 1 de septiembre de 1932
  • NUEVAS REFORMAS AL CÓDIGO CIVIL DEL DF

    Se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Decreto por el que se derogan, reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal y del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Entró en vigor el 1 de junio de 2000.