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450 BCE
Arbitraje en Roma
En un inicio era el pater familias quien trataba de conciliar a las partes.
Posteriormente esta función se asignó a un arbitro, éste investido de autoritas, se encargaría de resolver las controversias entre las partes ,en virtud de una decisión que tenía que ser obedecida por los litigantes
En la Ley de las XII tablas se encontraba reglamentado el procedimiento por el cual un magistrado una sanción pecuniaria obligando a las partes a someterse al arbitraje. -
Period: 476 to 1492
Arbitraje en la Edad Media
Fue la forma de resolución de controversias más utilizada debido al auge del comercio y la existencia de asociaciones gremiales.
En esta etapa los señores feudales resuelven sus litigios entre ellos mismos o acudían al Rey quien fungía como arbitro.
En España, el Breviario de Alarico (considerado el primer libro jurídico hispánico) y el Liber Iudiciorum, consideran al arbitraje como una institución de carácter jurídico privado. -
1265
Ley de las Siete Partidas
Esta Ley consolidó la función judicial del arbitraje, manteniendo la eficacia del laudo, haciendo una división entre árbitros avenidores(decidían en Derecho) y árbitros arbitradores (decidían como a bien tuvieran).
Al final de la Edad Media, se comienza a practicar la homologación del procedimiento ante el juez, quien provee la sentencia arbitral de la fórmula ejecutiva.
Surge la diferencia entre arbitro que declara el derecho, que no esta sujeto a ninguna regla de procedimiento ni de derecho. -
1560
Francia - Edicto de Francisco II
Hacia el arbitraje obligatorio en ciertas materias:
Las diferencias entre mercaderes en lo relativo a mercancías
Las demandas de partición entre parientes próximos y
Las cuentas de tutela y administración. -
Francia - Ordenanza de 1673
Se instituyo el arbitraje obligatorio para los litigios entre socios de una sociedad comercial. -
Inglaterra - Ley sobre arbitraje
Es aprobado el arbitraje interno y la Ley sobre arbitraje.
En ésta ninguna de las partes podía revocar unilateralmente el acuerdo arbitral. -
Francia - Decreto del 16-24 de agosto de 1790
Durante el período de la revolución florecieron innumerables disposiciones legales favorables para el arbitraje haciéndolo obligatorio.
Este decreto establece en su artículo 1° que, "el arbitraje es el medio más razonable de terminar los litigios entre ciudadanos, los legisladores no podrán expedir disposiciones que tiendan a disminuir las ventajas y eficacia del compromiso".
El arbitraje es elevado al rango constitucional en la Constitución de 1791. -
Francia - Código Civil de Arbitraje
Contemplaba un arbitraje voluntario, bajo la supervisión de la jurisdicción legal y un arbitraje obligatorio entre socios en razón de sociedad.
El título dedicado al arbitraje permanecería hasta la modificación del Código Civil de Arbitraje en 1980 y 1981. -
España - Constitución de Cádiz
En su artículo 280 le otorgo el rango constitucional al arbitraje al reconocer el derecho de los españoles de terminar sus diferencias por medio de jueces árbitros elegidos por ambas partes. -
España- Código de Sainz de Andino
Instituyó el arbitraje como medio para resolver controversias de naturaleza mercantil, haciéndolo de carácter obligatorio. -
España - Ley de enjuiciamiento de los negocios y de las causas de comercio
Determinó el uso del arbitraje para las causas relativas a sociedades mercantiles. -
España - Código Civil de 1851
Incluyó el arbitraje en el capítulo dedicado a las transacciones y los compromisos, considerando que estos eran verdaderos contratos o convenciones formadas por el libre consentimiento de las partes. -
Inglaterra - The Common Law Procedure Act
Señalaba que los tribunales arbitrales deberían suspender cualquier procedimiento que impidiera la ejecución del acuerdo arbitral, confiriendo facultades a los tribunales judiciales para designar árbitros cuando fallara el designado por los comprometientes. -
España- Ley de enjuicamiento civil
Hizo extensivo el arbitraje a conflictos cualesquiera que fuese su naturaleza. -
España - Decreto sobre unificación de fueros.
Derogó el procedimiento de la ley de 1830 dejando vigente solamente lo estipulado en la ley de 1855.
Unicamente se excluía del arbitraje de los asuntos relativos al estado civil de las personas o aquellos en que intervenían el ministerio fiscal con arreglo de las leyes. -
México - Código Procesal Civil
Regula el arbitraje teniendo como base las disposiciones del derecho castellano e indiano en esta materia. -
España - Ley procesal de 1881
Reemplazó la normatividad anterior, modificando solamente los asuntos susceptibles de arbitraje a los cuales añadió nuevos supuesto y siguió reconociendo la apelación de las sentencias resultantes del arbitraje tal y como hacía la ley de 1855. -
España - Código de Comercio de 1885
Reconoció la posibilidad de acudir al arbitraje para asuntos de naturaleza mercantil de manera voluntaria a diferencia del Código de 1829. -
España - Código Civil de 1888
Sigue los lineamientos del proyecto de 1851, dedicando 2 artículos al arbitraje en su capítulo II, del libro IV "De los Compromisos". -
Latinoámerica - Tratado sobre Derecho Procesal Internacional - Montevideo
Es de interés para el arbitraje por ser uno de los primeros instrumentos de Derecho Internacional Público, en abordar la regulación y el cumplimiento de sentencias y laudos arbitrales.
Tiene vigencia para Argentina, Bolivia Colombia, Chile paraguay, Perú y Uruguay. -
México - Código de Comercio
La figura del arbitraje se encuentra prevista en sus artículos 1050,1415 a 1480 -
Brasil - Código Civil de1917
Reglaba a figura del arbitro, sin embargo, para la Suprema Corte los litigios futuros no eran válidos. -
EUA - New York Arbitration
No fue acogido favorablemente a causa de una decisión de la Corte del siglo XVI, conocida como Vynior´s Case, la cual determinaba que los acuerdos arbitrales eran revocables para cualquiera de las partes en cualquier momento anterior al fallo.
Esto quitó seguridad jurídica al acuerdo arbitral y generó desconfianza en algunos sectores. -
EUA - United States Arbitration (Federal Arbitration Act)
Dio carácter vinculante y validez al pacto arbitral consolidando el arbitraje interno en los EUA. -
Latinoámerica - Código de Derecho internacional Privado de 1928 (Código Bustamante)
nace a partir de la VI Conferencia Internacional Americana.
Tiene vigencia para Bolivia, Brasil, Chile, Colombia. Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, honduras, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana, y Venezuela.
Ratifica en sus artículos 423 - 433 lo concerniente a los requisitos exigidos por el Tratado de Montevideo para el reconocimiento y ejecución de sentencias y laudos arbitrales. -
Inglaterra - Arbitration Act
Constituye la base legislativa para el arbitraje inglés.
El arbitraje se desarrolla bajo control judicial y se tramitaba ante la High Court a petición de una de las partes.
El juez podía anula la sentencia arbitral por errores de hecho o de derecho. -
España - Ley de Arbitrajes de Derecho Privado
Unifica la figura del arbitraje en el contexto español, sustituyendo los preceptos dispersos en los códigos de enjuiciamiento civil, el código civil, y el código de comercio.
Fue criticada por prohibir el arbitraje institucional y crear una diferenciación entre el contrato preliminar de arbitraje y el compromiso. -
EUA - Convención de New York de 1958
Tiene sus antecedentes en los Convenios de Ginebra de 1923 y 1927, reconoce la validez del compromiso y de la cláusula compromisoria los contratos comerciales internacionales.
Tuvo como objetivo el reconocimiento a través de exequátur de sentencias arbitrales proferidas en el territorio de un estado parte en el territorio de los otros estado parte del tratado.
La exigencia del doble exequátur y las numerosas denegaciones dificultaron la ejecución de laudos internacionales. -
Inglaterra - Reconocimieno de la convención de Washington de 1965
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Internacional - Ley modelo de arbitraje de la CNUDMI
Es el principal órgano del sistema de la ONU en la esfera del derecho mercantil internacional.
Su objetivo es eliminar los obstáculos jurídicos que entorpecen el desarrollo del comercio internacional a través de la modernización y modernización del derecho mercantil. -
Internacional - Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial para la protección de la Propiedad Intelectual (OMPI)
Reconocido por ser un organismo administrador de mas de 23 tratados multilaterales.
Se caracteriza por la solución del 90% de los casos que le son sometidos por mediación, en lo referente a disputas comerciales internacionales entre privados.
En el campo del arbitraje cuenta con una modalidad ordinaria y otra acelerada donde las mayores controversias están relacionadas a acuerdos de licencias de patentes, coexistencia de marcas, distribución y desarrollo de productos farmacéuticos, entre otros. -
Inglaterra - Arbitration Act
Se ajustó alas directrices de la convención de New York de 1958 -
Latinoámerica - Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado
Destaca que:
Respecto del mecanismo que genera el arbitraje puede ser tanto el compromiso como la cláusula compromisoria.
La designación de los árbitros es de libre decisión, o bien se puede acudir a un tercero; los árbitros pueden ser nacionales o extranjeros.
A pesar de estar regulado, el arbitraje independiente debe ser pactado expresamente por las partes.
Incorpora mecanismos de Derecho Internacional Público -
Latinoámerica - Enrtada en vigor del Reglamento de procedimientos arbitrales institucionales de la Comisión Interamericana
Se basa casi en totalidad en el reglamento de arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidad sobre el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL) aprobado por la ONU en 1976. -
Inglaterra - Arbitration Act de 1979
Suprimió el special case, limitando el poder de los jueces sobre el procedimiento arbitral.
Modifico el poder de los jueces para anular el laudo, subsistiendo solo el poder de anular por cuestiones de derecho. -
Argentina - Código de procedimiento civiles
Establece una disposición similar a la francesa según la cual, los convenios arbitrales para litigios futuros no eran válidos. -
EUA - Revisión de la Federal Arbitration Act
La Corte Suprema de Justicia de los EUA, revisó la constitucionalidad de la Federal Arbitration Act revistiéndola de total validez
Los estados adoptaron sus propios estatutos arbitrales fundamentados en el FAA. -
España - Ley 36 de arbitraje
Introdujo una reforma a la figura arbitral, corrigiendo los aspectos criticados en el sistema anterior.
Eliminó la distinción entre contrato preliminar de arbitraje y compromiso.
Abrió la puerta al arbitraje institucional, elimino el formalismo de la escritura pública para el convenio arbitral y unifico el sistema de recurso para la anulación de los laudos dictados. -
Internacional - Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN)
En su Título XI, prevé el arbitraje como medio para solucionar controversias entre inversionista y Estado. -
Internacional - El Arbitraje en la Organización Mundial de Comercio.
En el 124 naciones y organizaciones se vinculan para regular el sistema internacional de bienes y servicios, y limitación de aranceles.
Nace así la Organización Mundial de Comercio (OMC).
Establece un mecanismo de solución de controversias, requiriendo así la permanencia del foro de negociaciones de la OMC, cuyos procedimientos estan regulados por el acuerdo creador (Art. XVI.4) y su anexo 2 "Entendimiento Relativo a las Normas y Procedimientos por los que se Rige la Solución de Diferencias" -
Inglaterra - Expedición de las reglas de la Corte Londinense sobre Arbitraje Internacional
Sustituyen a sus antecesoras de 1981 y 1985 -
Latinoámerica - Entrada en Vigor del Reglamento de procedimientos Arbitrales Institucionales de la Comisión Interamericana
Esta nueva versión es adoptada en julio de 2000, publicada en febrero de 2002 y entra en vigor en Abril de 2002 para los Estados partes de la Convención de Panamá.
Expresa modificaciones procedimentales que mantienen y observan el reglamento del UNCITRAL.
Refiriéndose en una mayor autonomía de las partes para el nombramiento de los árbitros y el lugar de arbitraje, y una mayor precisión en la solicitud, notificación, medios admisibles de notificación de la demanda y su contestación. -
España - Ley Española de Arbitraje (L/60/2003)
Contiene una nueva reglamentación para constituir un régimen general del arbitraje con vocación para regir todas las clases de arbitraje.
Este sistema aplicable tanto para arbitraje interno como internacional permitió la creación de un marco conceptual adecuado a las características del arbitraje internacional.