Antecedentes de los Medios Alternos de Solución de Controversias (MASC) LNAR

By Luz AR
  • 1200 BCE

    Magister Gentis

    Magister Gentis
    Existe la figura del "Magíster gentis" o "maestro del pueblo" quien era facultado para resolver conflictos entre familiares. El conflicto se ponía en manos de un tercero que era neutral al que las partes se sometían, similar al arbitraje.
  • 2 BCE

    Arbitraje en la Antigua Roma

    Arbitraje en la Antigua Roma
    Se trataba de un arbitraje de marcado carácter contractual, regulado a partir del siglo II a.C. en el edicto del pretor, en el que dos o más personas acordaban someter un conflicto ante uno o varios árbitros elegidos por ellos o designados por el pretor, así como colaborar en la instrucción del arbitraje y cumplir lo decido por el árbitro (conventio o compromissum).
  • Constitución de Cádiz

    Constitución de Cádiz
    Ordenó al juez que remitiera el conflicto al cauce de la justicia alternativa, pues se debería agotar la instancia de la conciliación, en razón de que si no existía constancia de que se hubiere agotado el mecanismo de la conciliación, no se podría entablar el conflicto ante el juez.
  • Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano

    Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano
    Introduce la conciliación en los procedimientos mercantiles y comerciales: "Artículo 58: Los consulados, mientras subsistan, sólo deberán ejercer el oficio de jueces conciliadores en asuntos mercantiles; y podrán también hacer el de árbitros por convenio de las partes"
  • Ley para el Arreglo de la Administración de Justicia en los Tribunales y Juzgados del Fuero Común

    Ley para el Arreglo de la Administración de Justicia en los Tribunales y Juzgados del Fuero Común
    En el título II capítulo I artículo 82 establece que los Jueces de Paz conocerán su su demarcación de las conciliaciones de toda clase de personas. Y en el artículo 87 establece que lo convenido en la conciliación tendrá el mismo peso como si fuera un convenio celebrado en escritura pública.
    Dando como antecedente que se eleve lo pactado en la conciliación y que se ejecute.
  • Convención de 1907 para la resolución pacífica de controversias internacionales

    Convención de 1907 para la resolución pacífica de controversias internacionales
    "Artículo 1: Con el objeto de prevenir, tanto cuanto sea posible, el recurso a la fuerza en las relaciones entre Estados, las Potencias contratantes acuerdan emplear todos sus esfuerzos para asegurar la resolución pacífica de las diferencias internacionales."
    También establece en el artículo 4 que el papel del mediador consiste en reconciliar las pretensiones opuestas y en apaciguar los resentimientos que puedan haber surgido entre los Estados en conflicto.
  • Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal

    Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal
    El Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal contempló la obligación del juez a exhortar a las partes antes de pronunciar el fallo a una composición amigable.
  • Carta de la Organización de los Estados Americanos

    Carta de la Organización de los Estados Americanos
    Es un tratado interamericano que crea la Organización de los Estados Americanos. Reconoce en su artículo 25 los procedimientos pacíficos: la negociación directa, los buenos oficios, la mediación, la investigación y conciliación, el procedimiento judicial, el arbitraje y los que especialmente acuerden, en cualquier momento las Partes.
  • Reglamento de Conciliación de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional

    Reglamento de Conciliación de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
    En 1966 se crea la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional. En 1980 se aprueba el Reglamento de Conciliación de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil International, el cual reconoció el valor de la conciliación como método de arreglo amistoso de las controversias que surgen en el contexto de las relaciones comerciales.
  • Period: to

    Legislación en materia comercial y financiera

    A partir de la legislación internacional de la materia mercantil, la conciliación estuvo presente en el sistema jurídico mexicano en materia de derechos de consumo, mismo que se extendió a otras áreas del derecho como los servicios financieros. Esto buscó poner fin a la controversia mediante la firma de un convenio.
    - Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (1999)
    - Ley Federal de Protección al Consumidor (1992)
  • Comisión Nacional de Arbitraje Médico

    Comisión Nacional de Arbitraje Médico
    Se crea la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED), una instancia que tiene atribuciones como recibir quejas, investigar presuntas irregularidades en la
    prestación de servicios médicos y emitir opiniones, acuerdos y laudos, para solucionar conflictos mediante procedimientos alternativos para la resolución de los mismos tales como: orientación, gestión inmediata, conciliación y arbitraje.
  • Ley de Justicia Alternativa del Estado de Quintana Roo (1997)

    Ley de Justicia Alternativa del Estado de Quintana Roo (1997)
    La incorporación de los MASC al Poder Judicial de los estados se dio por primera vez en Quintana Roo en 1997: Se publica la Ley de Justicia Alternativa y por lo tanto, se creó el primer Centro de Asistencia Jurídica, un órgano desconcentrado del Poder Judicial, con objetivo de que los particulares resolvieran sus controversias de naturaleza exclusivamente privada.
  • Proyecto de la ABA (American Bar Association)

    Proyecto de la ABA (American Bar Association)
    El LALIC-Consejo para las Iniciativas Jurídicas de Latinoamérica de la American Bar Association (ABA)-, la Sección de Resolución de Controversias de la propia ABA y Freedom House iniciaron un proyecto para incrementar el uso de la mediación en México.
  • Primer Congreso Nacional de Mediación

    Primer Congreso Nacional de Mediación
    Se llevó a cabo el Primer Congreso Nacional de Mediación en Hermosillo, Sonora, cuyas propuestas fueron parte fundamental para la incorporación de los MASC en la reforma constitucional del 2008.
  • Centro de Justicia Alternativa del TSP del Distrito Federal

    Centro de Justicia Alternativa del TSP del Distrito Federal
    El Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, creó el Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
  • Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

    Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
    Publicación de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
  • Reforma constitucional (2008)

    Reforma constitucional (2008)
    Reforma constitucional al tercer párrafo del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: “Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial”.
  • Reforma Constitucional en materia de Solución de Fondo al Conflicto

    Reforma Constitucional en materia de Solución de Fondo al Conflicto
    Buscó privilegiar la solución del fondo del conflicto o controversia, siendo una oportunidad para consolidar los métodos alternos de solución de conflictos. Resultando en que las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procesales.
  • Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral

    Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
    Inician las operaciones del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) dando paso al nuevo modelo de justicia laboral. Los ejes de este nuevo modelo establecen la extinción de las Juntas de Conciliación de las Juntas Federales y Arbitraje; la creación de Tribunales Laborales adscritos al Poder Judicial y el eje será la conciliación obligatoria para poder dirimir los conflictos laborales.