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El “Homestead exemption”
Se estableció por primera vez en el Estado de
TEXAS, en donde se promulgó la Ley que dispuso que el domicilio de un ciudadano y su familia quedaba exento de ser embargado si se declaraba ante la autoridad. -
La “Bien de Famille”
En Francia la medida se denominó como
“Bien de Famille” en donde además
de la casa, la medida se extiende y protege los materiales y utensilios si se trata de una familia de artesanos. -
MÉXICO
En este país se establece el patrimonio familiar como el instrumento que busca proporcionar seguridad jurídica a la familia obrera y campesina mediante la afectación temporal de la casa-habitación urbana y la parcela rural cultivable. -
ARGENTINA
En Argentina, se establece que el bien
inmueble que se protege con esta medida de salvaguarda, sólo es apto para aquellos bienes inmuebles: “cuyo valor no exceda las necesidades del sustento y vivienda de la familia del propietario. -
El bien de familia uruguayo
En Uruguay se regula la figura del “Bien de Familia” “El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento del Banco Hipotecario
de Uruguay, fijará anualmente el valor que debe alcanzar como máximo el bien de familia, que se desea afectar. -
EL “Bem de Familia”. BRAZIL
La ley brasilera establece por una parte, el régimen convencional de carácter voluntario y, por otra parte, el régimen obligatorio.