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Primera etapa
En 1821, por motivos de poner todo en orden en cuanto a la Administración Pública se establecen cuatro ministerios (antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra -
Constitución de 1824
Posteriormente en 1824 en la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo 117. -
Constitución de 1857
Para 1857 se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios. -
Constitución de 1917
Venustiano Carranza en 1917 creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado. -
Reformas de 1958
En 1958 se envió un proyecto de una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy (Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana). -
Modificaciones de 1996
1996 se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; de acuerdo con la Administración Pública Federal -
En la actualidad
La LOAPF en su artículo 1° dice la estructura y la organización de la administración Pública Federal, deberá ser centralizada y paraestatal.