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ART 2 DE LEY 11687
Publicar aviso durante 5 días en el Boletín Oficial indicando: clase y ubicación del negocio, nombre y domicilio del vendedor y del comprador y nombre y domicilio del rematador y del escribano. -
ART 3 DE LA LEY N°11687
Entregar nota firmada con los siguientes datos: detalle de los créditos adeudados, nombre y domicilio de los acreedores, montos de los créditos adeudados y fechas de vencimientos. -
ART 4 DE LA LAEY 11687 - OPOSICIONES
A partir de la publicación en el Boletín Oficial, los acreedores tienen 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia. El comprador de encontrará obligado a retener el importe correspondiente a su crédito y depositar dicho monto en cuenta judicial. -
ART 5 DE LA LEY 11687 - EMBARGO
Desde la notificación de la oposición a la transferencia , el acreedor tendrá 20 días para trabar embargo judicial o de potra manera el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta. -
ART 4 ED LA LEY 11687 - OTORGAMIENTO DE DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA
El documento de transmisión sólo podrá firmarse después de transcurridos los 10 días desde la última publicación realizada.El documento deberá extenderse por escrito e inscribirse en el Registro Público dentro de los 10 días de su otorgamiento.