-
Declaración universal de los derechos humanos
Es la primera en establecer que todos los seres humanos poseemos protección, nadie puede entrometerse en la vida privada, en su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o reputación.
Tenemos Derecho al respeto de nuestra vida privada, se garantiza al ciudadano sin importar origen y situación económica sus derechos y libertades -
Ley de Land de Hesse
En la República Federal de Alemania, se pretendía brindar protección a las personas naturales ante la amenaza que representaba el tratamiento informatizado de datos nominativos por las autoridades y administraciones públicas del Estado, los municipios y entidades locales rurales, así como las demás personas jurídicas de derecho público y agrupaciones sujetas a la tutela estatal -
Data Inspektion Board
En Suecia, entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la
información de particulares contando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la
misma -
Privacy Act
Estados Unidos, con una ley de carácter
general -
Ley Federal de Protección de Datos
Contempla las disposiciones generales, su objeto es evitar el detrimento de intereses dignos de protección de las personas naturales afectadas por el tratamiento automatizado de datos que le conciernen efectuados por el sector público y privado; diversas innovaciones, posteriormente acogidas por otras legislaciones. -
Ley de protección de datos de Dinamarca
Articulando dos normativas, una concerniente al sector público (conocida como PARA) y otra al sector privado (denominada, PRA). -
Ley francesa relativa a la informática, los ficheros y las libertades
Esta ley marca el término de un largo procedimiento tendiente a reglamentar las actividades informáticas, consideradas como peligrosas para las libertades públicas y la vida privada. -
Ley reguladora del uso de los datos personales procesados automáticamente.
El Gran Ducado de Luxemburgo.
La aplicación de la Ley es supervisada por el Ministro de Justicia, quien es requerido, en ciertos casos, para oír la opinión de un Comité Consultivo de abogados y expertos en informática nombrados por el Gran Duque. -
Marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
Pronuncia una recomendación indicando las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales, que constituyó el primer instrumento supranacional que analiza a profundidad el derecho a la protección de estos datos. -
Convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal
Se aprobó con la intención de maximizar el amparo y el cuidado de la información privada de cada sujeto, establezcan para su propio territorio las medidas necesarias para que sea efectiva la
protección y nombra autoridades para el cumplimiento de éstas. Exceptúa el manejo y uso de los datos sensibles, como lo pueden ser ideología, religión, origen racial, opiniones políticas, preferencia sexual, salud y condenas penales, según su artículo 6 -
Brasil
Como primer país latinoamericano promulga una Ley de Protección
de Datos -
Argentina
Le sigue a Brasil como país en implementar la protección de datos -
Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea
Se aprueba y es donde se realzó la protección de los datos personales como un derecho fundamental -
México
Iniciativa con la entrada de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la creación del organismo encargado de supervisar la mencionada ley: el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI). Su vigilancia solamente son entidades de la Administración Pública Federal así como también los organismos autónomos como el Instituto Federal Electoral (IFE), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el Banco de México. -
Se presenta al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto
Reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo
referente a la vida privada, apareciendo como se muestra a continuación -
Reforma al artículo 73 de la Constitución
Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares -
Fracciones I y II
Primeras menciones constitucionales expresas. Limitantes
al ejercicio del derecho de acceso a la información -
Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Senadores
Proyecto en el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo -
Declaratoria de aprobación del proyecto de decreto
Cámara de Senadores realizó el escrutinio de los votos de las
legislaturas de los Estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto -
Facultad del Congreso
Facultad del Congreso para legislar en materia de protección de datos personales -
Publicación
Cámara de Senadores realizó el escrutinio de los votos de las
legislaturas de los Estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto, publicándose la reforma correspondiente en el Diario Oficial de la Federación -
Derechos ARCO
Reconocimiento expreso del derecho de las personas a la protección de sus datos personales y al ejercicio de éste -
Transformación como un organismo público
Se produce la transformación como un organismo público
descentralizado de la Administración Pública Federal con autonomía operativa del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, al cual se le nombrará IFAI, para lograr la
publicación del decreto que expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, desde ahora LFPDPPP