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Avisos
Ante una posible transferencia de fondo de comercio se deben seguir una serie de pasos. Primeramente se debe publicar cinco días antes, un aviso en el Boletín Oficial y en varios diarios donde funcione el establecimiento indicando:
Clase de negocio
Ubicación
Nombre y domicilio del vendedor y comprador -
Oposición
Desde la ultima publicación en el Boletín y en el periódico, los acreedores poseen diez días para notificar su oposición a la transferencia, la cual deberá hacérsela llegar al comprador en el domicilio que detallo en la publicación. Ante esto el comprador deberá depositar el monto en una cuenta judicial. -
Otorgamiento de Documento de transferencia
La firma podrá efectuarse luego de diez días desde la ultima publicación en el Boletín y en diarios -
Trabar embargo
Luego de la notificación de oposición, el opositor posee veinte días para el embargo judicial, si pasa este tiempo y no realiza el correspondiente embargo, el comprador puede retirar el dinero de la cuenta. -
Otorgamiento de Documento de transferencia
Ante la oposición, la firma se hará cuando se hubiesen realizado las retenciones y depósitos correspondientes.